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A tres años de su implementación, un análisis crítico sobre la Ley de Etiquetado de Alimentos

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El 27 de junio pasado entró en vigencia la tercera y última etapa de implementación de la ley 20.606, fijando los nuevos límites para azúcar, sodio grasas y calorías, por 100 gr o ml de producto (ver tabla a continuación).

Tabla reducción nutrientes críticos en alimentos sólidos /líquidos, según Decreto n°13 de 2015 del Ministerio de Salud
Nutrientes
1° etapa (junio 2016)
2° etapa (junio 2018)
3° etapa (junio 2019)
(Kcal/100g)
(Kcal/100ml)
(Kcal/100g)
(Kcal/100ml)
(Kcal/100g)
(Kcal/100ml)
Calorías 350 100 300 80 275 70
Sodio 800 100 500 100 400 100
Azúcares 22,5 6 15 5 10 5
Grasas saturadas 6 3 5 3 4 3

Y como ha ocurrido cada mes de junio desde hace 3 años, ello ha reactivado la discusión en torno a si esta ley y sus mecanismos de implementación constituyen una respuesta efectiva a la problemática de sobrepeso y obesidad que afecta gravemente a la población chilena, en especial los niños y jóvenes, y cuyos efectos sobre la salud pública. son a todos luces preocupantes. Habiendo sido parte de la intensa discusión y estando continuamente siguiendo la evolución de su implementación, me permito hacer algunas reflexiones sobre el particular:

-En primer lugar, es necesario destacar que hoy en día no existe nadie vinculado con el tema ya sea desde el sector púbico, la academia, la industria o la ciudadanía que no coincida en el diagnóstico respecto del problema de salud pública que representan los altos índices de obesidad y sobrepeso de la población. De hecho, esta fue una ley intensamente debatida en el Parlamento Nacional y cuya aprobación final contó con una abrumadora mayoría de ambas cámaras. Otra historia fue la discusión del Decreto 13 de 2015 que definió los mecanismos de implementación de la Ley, con las hasta ahora conocidas controversias respecto los plazos y formas para ello, las unidades de medida de referencia, los límites máximos de nutrientes críticos establecidos y las características del etiquetado frontal de advertencia, por mencionar las principales.

-En segundo término, los estudios de FAO, OECD y otras instituciones relevantes coinciden en señalar como determinantes de este fenómeno, dimensiones socioculturales, tales como malos hábitos de alimentación, un consumo excesivo de productos procesados y escasa actividad física, así como a dimensiones socioeconómicas como la desigualdad, especialmente de ingresos, y comerciales por la elevada oferta y publicidad de alimentos altos en nutriente críticos.

-En tercer lugar, que la ley 20.606 sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, representó un avance significativo en cuanto a perfeccionar el marco regulatorio de los alimentos, actualizándolo en función de los desafíos y problemáticas de salud pública representados por los alarmantes niveles de sobrepeso y obesidad de la población. Sus principales alcances fueron, no solo la introducción de rotulado “alto en” para azúcares, grasas, sodio y energía, aspecto por lo que seguramente es más conocida, sino que además instaló requisitos más exhaustivos y precisos de rotulado en relación con el uso de aditivos, los sucedáneos de leche materna y los ingredientes alergénicos (soya, leche, maní, huevo, mariscos, pescado, gluten o frutos secos).


El espíritu de esta ley es contribuir a la resolución de las problemáticas de salud pública, asociadas a sobrepeso y obesidad de la población, protegiendo especialmente a los segmentos de mayor riesgos de la población

Por otra parte estableció acertadamente, restricciones en el uso excesivo de estrategias publicitarias en alimentos a través de promociones y/o ganchos comerciales orientada a menores, la prohibición de venta de productos altos en nutrientes críticos en establecimientos de educación escolar y la implementación, en todos los niveles y modalidades de enseñanza, de actividades didácticas y físicas para desarrollar hábitos de alimentación saludable y advertir sobre los efectos nocivos de una dieta excesiva en nutrientes críticos. Por último, estableció la instalación de un sistema obligatorio de monitoreo nutricional de escolares en todos sus niveles.

El espíritu de esta ley es contribuir a la resolución de las problemáticas de salud pública, asociadas a sobrepeso y obesidad de la población, protegiendo especialmente a los segmentos de mayor riesgos de la población, a través de informar de mejor manera a los consumidores respecto a la verdadera naturaleza, composición y calidad de los alimentos, restringiendo su acceso a alimentos ricos en nutrientes críticos, prohibiendo la publicidad no relacionada con la promoción propia del producto, engañosa o que se valga de medios que se aprovechen de la credulidad de los consumidores, desincentivando el fraude, fomentando hábitos alimentarios más saludables e incentivando el desarrollo de una oferta de alimentos coherente con ello.

Pasado tres años de su implementación, cabe preguntarse cuál ha sido el real impacto que ha tenido esta iniciativa. Es por ello que el 24 de junio pasado, la Cámara de Diputados solicitó al Presidente de la República que oficie al Ministerio de salud para que estudie y analice los resultados obtenidos. Específicamente, se pide medir la relación con el consumo de los alimentos por la población; los cambios de hábitos que ha generado; el impacto en los índices de obesidad en los niños, niñas, adolescentes y adultos; revisión y gramaje por las distintas categorías; cuál ha sido su impacto; y, en definitiva, si se han cumplido los objetivos para lo cual fue creada. A  este respecto, si bien muchos podrán opinar que ha pasado muy poco tiempo desde su implementación para ver impactos, no es menos cierto que a esta altura existen resultados que permiten ir configurando una evaluación.

En el ánimo de contribuir a una discusión que aporte al perfeccionamiento de las herramientas regulatorias, a continuación, se discuten algunos de los antecedentes principales que han ido revelando diversos estudios que se han dado a conocer en los últimos años.

-En primer lugar hay que decir que todos los estudios de percepción coinciden en señalar que se trata de una política pública muy legitimada entre la ciudadanía, situación que en los tiempos que corren no es poca cosa, valorándose mucho por parte de los consumidores la disposición de información sobre la calidad nutricional a través del rotulado frontal de advertencia, cuya gráfica y contenidos resulta fácilmente comprensible para la mayoría de las personas que se ven expuesta a ellos al momento de la compra.

-Un segundo aspecto a destacar en los estudios de opinión es una consistente declaración respecto a que el rotulado frontal está siendo considerado al momento de ejercer la opción de compra, incidiendo en los hábitos de consumo, especialmente en segmentos de mujeres jóvenes con niños menores, y probablemente, el dato más relevante es el efecto que estaría teniendo en términos de información y creación de conciencia en generaciones jóvenes, que declaran ser las más informadas y preocupadas respecto del tema.

-Un tercer aspecto de alto impacto de la aplicación de la ley ha sido el retiro de los productos con elevados contenidos de nutrientes críticos de la oferta en locales de venta dentro de los establecimientos escolares, ello ha significado, por una parte disminuir en forma objetiva la exposición al riesgo a una población de más de 3 millones de estudiantes en educación pre-escolar y básicas, lo que sin duda, no solo es sustantivo, sino que ha sido una potente señal al sistema.

-Por último, la prohibición de ganchos comerciales y la restricción a la publicidad para menores de edad, junto con los mensajes de advertencia, son elementos que han contribuido a mejorar la información y disminuir la exposición de los consumidores, especialmente de los de mayor riesgo.

Hasta aquí todo ello sin duda constituye aspectos positivos sobre el efecto de la aplicación de la ley. Sin embargo, al evaluar estos efectos en términos de impacto sobre la prevalencia de sobrepeso y obesidad, los resultados son menos alentadores, e incluso al analizar los resultados del consumo de alimento en el mismo periodo, estos resultan abiertamente contradictorio.

Según los reportes de ventas del retail existe una tendencia sostenida al incremento de las ventas anuales. Si consideramos que:

  • En Chile los alimentos representan entre 70-80% de las ventas de supermercados,
  • Los chilenos se abastecen de alimentos en alrededor de un 70% en este tipo de canales de distribución
  • Con la entrada en vigor de la última etapa de implementación del Decreto n°13, alrededor del 75-80% de los alimentos ofertados en el mercado presenta al menos 1 o 2 sellos,
  • El nivel de reformulación alcanzado es del 25%, concentrándose en algunas categorías como lácteos y en grandes corporaciones que poseen capacidades de I+D propias para ello.

Surgen legítimamente dudas respecto del real efecto que las medidas implementadas están teniendo en la población. Al parecer existe una profunda inconsistencia entre los hábitos que se declaran (siempre políticamente correctos) y los hábitos que se practican (en donde este tema es uno más entre las múltiples variables que inciden n la decisión de compra, que hasta ahora parece no tener el peso suficiente para mover la aguja en el sentido esperado). Ello no es tan sorprendente ni es la primera vez que se aprecia que los estudios de percepción dan cuenta de declaraciones de intenciones que no se reflejan finalmente en la realidad. Hay muchos ejemplos en donde se puede apreciar que la relación entre pensar, decir y hacer no es de una causalidad lineal. Esto en ningún caso ello resta valor a la alta apreciación que se tiene de la ley, sin embargo, deja en evidencia falencias, poniendo una luz de alerta temprana que se debe analizar en profundidad para mejorar el desempeño.

Lo anterior de algún modo se ve ratificado por los estudios más recientes de sobrepeso y obesidad en Chile.

  • El reporte  OECD OBESITY UPDATE 2017 indica que entre 2016 y 2017, el país registró un aumento del 9,3% en la proporción de adultos obesos mayores de 15 años
  • El informe del “Estado de la Seguridad Alimentaria y la Nutrición en el Mundo 2019, de FAO/OMS”, apenas publicado, indica que Chile tiene una de las mayores tasas de sobrepeso infantil de América Latina y el Caribe con un 9,3% en menores de 5 años, cifra que se mantiene sin variación respecto del mismo informe de 2018.
  • El estudio “Mapa Nutricional 2018 de JUNAEB” señala que el 51,7% de los escolares sufren de sobrepeso y obesidad, prevalencia que va en aumento respecto de la medición 2017, en niños de primera infancia.
  • El estudio “Identificación de los efectos del etiquetado de alimentos en el comportamiento del consumidor” de investigadores de ingeniería industrial de la Universidad de Chile y del Instituto Milenio MIPP, no encontró efectos de la regulación en disminución de intención de consumo en categorías como galletas y chocolates, donde existen pocas alternativas sin etiquetado.

Estos antecedentes llaman la atención y ponen otra luz de alerta respecto del efecto real de las medidas implementadas, ya que si bien es prematuro esperar que en un plazo de 2-3 años los estudios muestran una disminución evidente del sobrepeso y la obesidad, si sería razonable esperar resultados que den cuenta al menos un estancamiento del problema, cosa que no se vislumbra.

Buscando entender la razón de estas inconsistencias, es posible que se puedan encontrar luces al respecto al constatar el elevado porcentaje de alimentos que hoy llevan sellos, lo que hipotéticamente podría deberse al menos a dos aspectos a ser estudiados en profundidad:

-Por una parte parece ser una medida regresiva de frente al consumidor, ya que ofrece limitadas posibilidades de optar por sustitutos sin sellos, y cuando ello ocurre, suele ser a precios mayores. Ello junto con representar una discriminación hacia los sectores de menores ingresos, que es además donde se presenta con mayor incidencia el problema, explicaría en alguna medida las disonancias entre los hábitos declarados y la práctica ya que en Chile, si bien los aspectos de calidad han entrado a formar parte de las variables de decisiones de compra de los consumidores, el factor precio sigue siendo predominante en ello. De ahí surge entonces una hipótesis que en definitiva nos indica que no es que no se sepa y/o no se quiera optar por una alimentación más saludables, el problema es que básicamente ello es aún muy caro y la forma de implementación del rotulado no ha contribuido a mejorar esto.

-Por otra, al ser los límites extremadamente exigentes (muy bajos, únicos por nutriente y por 100 gro ml para todos los productos) y no existir ningún tipo gradualidad flexibilidad en la aplicación, la industria tienen pocos incentivos a innovar, dado que en muchos productos,  que esfuerzo tecnológico mediante, se podría avanzar en una disminución importante de sodio, azúcar o grasas, al no lograr situarse por debajo de los límites establecidos, quedarán igualmente rotulados que aquellos de competidores que no hacen ningún esfuerzo de reducción, haciendo imposible diferenciarse en el mercado para que los consumidores puedan discriminar. En consecuencia, se tendrá un producto más caro y menos competitivos. De hecho, se estima que no más del 25% de los productos han tenido algún tipo de reformulación y en general se trata de productos de grandes compañías.

En este sentido, el único incentivo a la innovación se encuentra en el esfuerzo por disminuir el número de sellos, ya que la recomendación de la autoridad es que se prefiera productos con menos sellos. Curiosamente esta es una recomendación técnicamente cuestionable, ya que se trata de una asociación lineal que no toma en consideración al tipo de consumidor ni el nivel exposición a cada nutriente crítico. Este tipo de recomendación puede llegar a ser contra producente cuando nos enfrentamos por ejemplo a productos con un solo sello pero con los más altos niveles de contenido de ese nutriente crítico, versus un producto con los otros tres sellos, pero cuyos respectivos niveles  sean levemente superiores al valor absoluto fijado como límite por 100 gr o ml.

En síntesis, frente a un problema evidente y sobre el cual no hay dudas respecto de la necesidad de enfrentarlo desde las políticas públicas con medidas urgentes e inmediatas, la implementación de la ley 20.606 ha tenido aciertos importantes, especialmente al visibilizar una problemática de salud pública muy significativa, poniéndolo en el centro de las preocupaciones ciudadanas, entregando información para una mejor toma de decisiones a los consumidores y  restringiendo los niveles de exposición de la población, especialmente los grupos más vulnerables. Sin embargo, y a riesgo de ser linchado en la plaza pública por no opinar lo “políticamente correcto”, es cada vez más evidente que, hasta acá, no ha tenido impacto en la reducción de los índices de sobrepeso y obesidad siendo sus principales debilidades la poca incidencia en la traducción de las percepciones, en hábito de consumo saludables, el desincentivo a la innovación para la industria y el efecto regresivo para los consumidores. Todos aspectos necesarios de revisar a objeto de perfeccionarla para mejorar su desempeño y eficacia en su contribución al control de las problemáticas de sobrepeso y obesidad cuál es su objetivo principal.

TAGS: #IndustriaAlimentaria ley de etiquetado de alimentos Obesidad Infantil

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Comentarios

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31 de julio

Qué buen análisis, gracias.
Era lo que yo suponía que iba a pasar.
Y finalmente, en mi rango etáreo, 55 años, mientras más sellos más rico!! Jajajaja

Ximena Contreras

08 de diciembre

Y que se piensa o cuales son las criticas a la Política Nacional Alimentación y Nutrición impulsada en año 2017.

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