Hace varios meses, y últimamente días atrás, los actores que representan tanto a la derecha política como a dirigentes gremiales y grandes empresarios vienen sosteniendo reiteradamente declaraciones publicadas en diversos medios de comunicación, que entre los conceptos de Estado social de derecho y subsidiariedad habría una supuesta compatibilidad o complementariedad.
Honestamente no llama la atención que estas agrupaciones políticas y económicas busquen levantar esta supuesta compatibilidad, pues ideológicamente persisten de forma pertinaz en mantener con rango constitucional el concepto de subsidiaridad estatal, aún cuando ignoran deliberadamente que la idea de Estado mínimo ha sido superada por la realidad, evidenciado por la falta de respuesta adecuada e inmediata para la protección de las personas frente a catástrofes naturales o ante las consecuencias que genera una pandemia, como la que vivimos durante los últimos años gracias a la Covid-19, por señalar algunos ejemplos.
Esta batalla ideológica no es reciente. Ya se pudo observar que esta discusión radical respecto a la naturaleza del Estado se trabó durante el debate de los “bordes” o bases institucionales establecidos para constreñir o limitar la discusión constitucional en este tercer proceso para la redacción de una carta fundamental. Según consigna el diario La Tercera el pasado 28 de febrero, el debate sobre la naturaleza o tipo de Estado es una de “las pugnas ideológicas centrales” (sic). Y sin duda alguna esta discusión es una de las que más roces y pasiones despierta, pues como ya se ha indicado no solo lo es por su dimensión ideológica, sino también porque la forma que la próxima carta fundamental describa y determine la naturaleza del Estado afectará en mayor o menor profundidad intereses económicos muy poderosos, por lo que sus titulares ejercerán todas las medidas y presiones necesarias para mantener incólume la posibilidad de seguir explotando servicios que proveen o satisfacen derechos económicos, sociales y culturales como educación, agua potable, infraestructura pública, etc.
Por tal motivo y con mucho énfasis, desde el primer minuto en las negociaciones para activar el actual proceso constituyente, amplios sectores políticos con intereses involucrados en estas materias (desde la extrema derecha, la centroderecha y parte de la centroizquierda) promovieron que en la discusión relativa a la provisión de bienes y servicios asociadas a los derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales, se habilite la posibilidad de participación de privados, y buscando impedir cualquier tipo de monopolio estatal en cualquier materia, aun cuando la experiencia en ciertos “mercados”, como el de las pensiones, los privados han mostrado incapacidad de provisión satisfactoria, simplemente por una cuestión ideológica más que fundamentada en la evidencia.
Frente a esta difícil misión de presentar como adecuado o atractivo para el electorado la defensa de un Estado subsidiario es que desde todos los sectores políticos y grupos de interés involucrados en la tarea de salvaguardar la subsidiariedad han buscado instalar una pretendida complementariedad o compatibilidad entre el concepto que defienden y un Estado social de derecho. Sin embargo, ¿Es realmente así? ¿Es posible que exista una compatibilidad entre un Estado comprometido con los derechos sociales y la subsidiariedad?
Para responder la última pregunta es menester fijar conceptos. En primer término, la subsidiariedad o, más preciso, el Estado subsidiario es el anhelo de aquellas personas cuyo ideario político o ideología se encuentra más cerca a los pensamientos de la escuela (económica) neoclásica o de Austria, donde salta el nombre de Friedrich Von Hayek como uno de sus principales exponentes, cuyo trabajo influyó fuertemente en la Universidad de Chicago donde formó a profesionales como al economista y premio nobel Milton Friedman, otro símbolo de la llamada corriente o enfoque neoliberal en la Economía. Tanto la escuela de Viena como la de Chicago son fuentes del denominado neoliberalismo, cuyos postulados establecen la necesidad de volver al Estado mínimo o gendarme del siglo XIX, pero con la diferencia que este debe encargarse no solo de promover la participación de privados en todos los ámbitos de la producción o actividad económica y en todas las provisiones de bienes y servicios sean o no fundamentales, y en aquellas tareas o servicios en que los particulares no tengan interés en participar o no puedan hacerlo, recién ahí le cabe la posibilidad al Estado subsidiario actuar.
En Chile esta escuela tiene su base académica en la Universidad Católica, institución que proveyó en mayor medida de los profesionales y técnicos para la desmantelación del Estado desarrollista de la Constitución de 1925 y la instalación del actual modelo neoliberal. La subsidiariedad del Estado fue consagrada como principio rector en primer término en el Acta Constitucional n°2, en el considerando 4°, letra a inciso 2° publicado y sancionado por el gobierno dictatorial cívico-militar en septiembre de 1976 y que luego es recogida implícitamente en las posteriores reformas a la Carta Magna de 1980. En ella se establece básicamente que la subsidiariedad se corresponde como un principio por el cual el Estado reconoce a los grupos intermedios en la relación entre el este y las personas, pero considerándose únicamente las relaciones productivas, no necesariamente políticas.
En ese sentido, siguiendo al profesor Pablo Soto Delgado de la Universidad Austral en su exposición titulada “Estado social y su incompatibilidad con el principio de subsidiariedad”, este principio en Chile se fundamenta en las ideas planteadas y defendidas en su momento por Jaime Guzmán, quien en 1965 sostenía que es determinante en el pensamiento católico (revisar la “doctrina social de la Iglesia” y las encíclicas Rerum Novarum de 1891 y Mater et Magistra de 1961), pues en ella se contenía el fundamento para la libre iniciativa y que al Estado únicamente le cabe una labor de suplencia.
No se observa una necesaria complementariedad y menos una compatibilidad entre los conceptos de Estado subsidiario que entrega el neoliberalismo de base católica en Chile con la concepción social y democrática de Estado de derecho
Por otra parte, un Estado social de derecho no implica que este tenga un perfil de suplencia y que solo deba coordinar y/o armonizar las relaciones productivas o los intereses económicos o que provenga de una fuente confesional (dogmático), sino que sus funciones y atribuciones van más allá y no considera, necesariamente, la separación que sí hace el principio de subsidiariedad entre el Estado y la sociedad, o la fe como fuente de legitimación. Para el profesor y ex convencional constituyente Dr. Christian Viera en un trabajo publicado en 2014, quien citando al jurista alemán Claus Offe, sostiene que el Estado mínimo neoliberal (o subsidiario) no logra solucionar la crisis que surge por el evidente abandono de esta a los ciudadanos, y que la evidencia ha mostrado que el Estado social y democrático ha logrado satisfacer de mejor manera los desafíos que presenta la mantención de un nivel de vida que ha impactado positivamente en el capital humano de los habitantes en los que ha operado este tipo de Estado.
Para lograr lo anterior, el compromiso de una mayor intervención estatal en las diversas actividades económicas es vital, así como la garantía al acceso de diversos servicios y bienes para satisfacción de derechos fundamentales, sociales, económicos y culturales, fundamentándose no solo en la posibilidad jurídica de regular mercados o actuar directamente en ciertas áreas de producción, sino primordialmente garantizando tanto los controles institucionales (accountability horizontal, diría Guillermo O’Donnell), así como el control ciudadano a través de la posibilidad de participación efectiva mediante la posibilidad de interpelar directamente a las autoridades o por medio de fórmulas análogas.
Asimismo, las capacidades y tamaño de este tipo de Estado es mucho mayor y, por tanto, el requerimiento de aumentar las posibilidades de recaudación de tributos e ingresos permanentes es mucho mayor, por tanto es gravitante poseer instituciones recaudadoras con facultades sancionatorias para el control de la elusión y la evasión tributarias, garantizándose del mismo modo la transparencia efectiva tanto en los procesos de recaudación como en los sancionatorios, con un fuerte control en todos los niveles y una expresa rendición de cuentas, así como el establecimiento de espacios garantizados de participación ciudadana en las tomas de decisiones de instituciones tanto a niveles locales, regionales y nacionales (gobernanza activa).
Tal como lo plantea el Dr. Viera, y otros autores antes que él, la robustez o fortalecimiento del Estado va en sentido contrario al ideal neoliberal, además que muy probablemente pueda generar más beneficios tanto para el desarrollo económico como humano que el actual modelo, así como a la vez constituirá una fuente de grandes desafíos tanto para políticos, grupos de interés (empresarios, asociaciones gremiales, sindicatos, etc.) como para el pueblo en general, lo que se traduce; necesariamente, en requisitos de mayores estándares de educación formal mínima para la comprensión de los complejos fenómenos asociados a la mayor participación y ejercicio del poder político activo de estos grupos, particularmente del pueblo.
En consecuencia, no se observa una necesaria complementariedad y menos una compatibilidad entre los conceptos de Estado subsidiario que entrega el neoliberalismo de base católica en Chile con la concepción social y democrática de Estado de derecho. Por tanto, el llamado es a quienes defienden esta pretendida compatibilidad, fundamentalmente los partidos políticos de ChileVamos (Chile Seguro para las elecciones del 07 de mayo próximo) y los defensores del modelo neoliberal, que sinceren sus posturas y expresen con mayor honestidad intelectual sus argumentos para mantener un modelo de Estado y desarrollo que deja fuera de los beneficios del crecimiento económico y del progreso a los mismos amplios grupos sociales menos favorecidos, porque el Estado neoliberal o subsidiario carece de la fuerza para garantizarles movilidad social, una de las promesas incumplidas por este modelo y fuente del descontento por la desigualdad y los abusos que llevaron al alzamiento del 18 de octubre de 2019.
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