La democracia, en general, es el sistema político que hemos logrado acordar y pactar para reemplazar formalmente al Estado de guerra natural o de todos contra todos que nos planteó Hobbes, hace más de cuatro siglos atrás. Y para lograr terminar con ese Estado de guerra natural hobbesiana se debió acordar un mínimo, una garantía básica de no agresión para desarrollar el debate dentro de la buena fe, para luego consolidar toda diferencia al interior de la democracia bajo la lógica de amistad cívica.
Todo lo anterior, para construirse y consolidarse, se fundamenta en la confianza mutua entre los diversos actores políticos de una sociedad civil, como también con las “estructuras normativas” o mejor conocidas como instituciones. Es decir, para lograr establecer la paz de todos con todos, se requiere formalizar un pacto o acuerdo para instituir en un ente o persona la facultad de tomar decisiones en nombre del bien común, y que para el éxito de tales decisiones o la observancia de los dictámenes se acuerda entregar el total monopolio poder de la fuerza socialmente organizada, sin posibilidad alguna que ninguna de las partes concurrentes a tal pacto pueda, en modo alguno, disputarle dicho poder.
Esta es la base o fundamento teórico para la instalación de un gobierno dentro del contexto de una organización humana, por tanto, política, para establecer un orden primordial para el desarrollo de las relaciones interpersonales, el orden y la paz de todos con todos. Sin embargo, se requiere para la conservación de la confianza, un sistema político acorde con esta. La historia se ha encargado de demostrar que, para que exista confianza en las instituciones y normas, se requieren de ciertos controles y contrapesos, como la transparencia, la libertad de expresión, el derecho a petición, la rendición de cuentas, el equilibrio entre las funciones y órganos del ente o persona a cargo, que para nuestro caso hemos dado el nombre de Estado, y que dicho sistema político es la denominada democracia (o poliarquía, como la llamó Robert Dahl en 1971).
En tal sentido, en una democracia, ya sea directa o representativa, la entrega del monopolio de la posibilidad de ejercer fuerza o violencia en los cuerpos de las personas se fundamenta, nuevamente, en la confianza que todas las partes del pacto o acuerdo entregan al ente o persona de que no ejercerá dicha facultad de forma voluntariosa, sino observando la confianza depositada en la institución (ente o persona) por todas las partes involucradas. Lo descrito de forma abstracta, es la denominada confianza en las instituciones, siguiendo para ello la definición del profesor canadiense David Easton (1965, como se cita en Morales, 2008), quien planteó que puede comprenderse como “una forma de apoyo «difuso» al régimen político expresado en actitudes favorables a la democracia, o como un respaldo «específico» según el desempeño y los resultados alcanzados por el gobierno o las autoridades políticas”, lo que impacta en significativamente en los indicadores de legitimidad de las democracias como sistemas políticos según el profesor Morales (ibidem).
Por otra parte, además de la confianza en las instituciones, para la consolidación de todo lo anteriormente señalado, se requiere que exista un grado de calidad mínimo de la democracia. Es decir, no basta con la declaración expresa o formal de la democracia, ya sea una Constitución (escrita) o por regla consuetudinaria, sino que exista una percepción general de que las autoridades, el Estado en general, responde a las demandas satisfactoriamente, sino que asimismo los gobernados o súbditos de un Estado pueden promover normas o retirarlas, conforme a las reglas de manifestación de la Voluntad General, lo que impacta en lo que se ha denominado por la Ciencia Política como “calidad de la Democracia”.
Según Levine y Molina (2007:23) “(…) la calidad de la democracia viene dada por la medida en que los ciudadanos participan informadamente en procesos de votación libres, imparciales y frecuentes; influyen en la toma de decisiones políticas; y exigen responsabilidad a los gobernantes, y por la medida en que estos últimos son quienes efectivamente toman las decisiones y lo hacen respondiendo a la voluntad popular.” Se puede deducir, entonces, que la habilitación del pueblo en la toma de decisiones (si no en todas ellas, en buena parte) donde la incidencia de la voluntad general sea efectiva, más la transparencia activa en los actos de gobierno y de todo el Estado como regla general, con normas claras y públicas para exigir y lograr de forma efectiva establecer las responsabilidades que correspondan (sean estas de naturaleza política, administrativa, penales o civiles) ante eventuales faltas a las normas y a la ética, por parte de las autoridades como de civiles que se relacionen comercial, industrial, laboralmente o de cualquier otra naturaleza con el Estado.
Bajo un Estado con un estándar ético y normativo como el arriba descrito, contribuye a dirigir las conductas tanto del Estado como de las personas, jurídicas o naturales, a elevar la confianza popular en las instituciones públicas y sus normas, lo que impacta directamente en la calidad de la democracia. Es un ciclo vital y virtuoso, donde cada concepto se encuentra imbricado o se ve afectado por el otro y que sin una de sus partes, el sistema político se descompone, cae en crisis y se abre la posibilidad de que la democracia degenere en algún tipo de régimen autoritario.
Es por tal motivo, que durante la jornada del 30 de junio me dirigí al Consejo Constitucional en audiencia pública, donde en 10 minutos se expuso la necesidad de que esta instancia tenga a bien considerar establecer tanto a la “transparencia activa” como a la “rendición de cuentas” como reglas generales constitucionales, cuyos objetivos fundamentales sean garantizar la confianza en las instituciones y la calidad de la democracia, considerándose éstas últimas como principios constitucionales, los cuales deberán permear a toda la estructura estatal, pero también a la sociedad civil, fuente última de la “Voluntad Soberana”.
Es un ciclo vital y virtuoso, donde cada concepto se encuentra imbricado o se ve afectado por el otro y que sin una de sus partes, el sistema político se descompone, cae en crisis y se abre la posibilidad de que la democracia degenere en algún tipo de régimen autoritario
Es importante no olvidar que uno de los motivos del denominado “Estallido social” de octubre de 2019 fue el abuso denunciado por quienes lo perciben y sufren, por parte de quienes tienen los recursos y las “redes” para lograr influir en las autoridades y; por ende, en los actos del Estado, cuya fuente es precisamente la opacidad en la toma de decisiones, la imposibilidad en muchos casos de hacer efectivas las responsabilidades (civiles, administrativas, políticas o penales) de las autoridades y privados involucrados en irregularidades y/o faltas legales o éticas, lo que se traduce en una muy reducida posibilidad de exigir la rendición de cuentas, alentando o poniendo los incentivos perversos que provocan la debilidad institucional que nuestro país evidencia desde hace ya por lo menos 8 años, para resolver esta crisis de confianza devenida en crisis política e institucional.
En consecuencia, debemos exigir al Consejo Constitucional que en esta materia, mantenga lo ya integrado en el texto del anteproyecto previamente discutido y redactado por la Comisión experta en sus artículos 8 y 10, agregándose expresamente a la rendición de cuentas y la transparencia activa como reglas generales constitucionales, como asimismo a la confianza institucional y la calidad de la democracia como principios rectores para la interpretación tanto de la Constitución como para la dictación de toda norma emanada por las autoridades que la Carta Fundamental establezca, además de su observancia por parte de toda la Sociedad Civil y cualquier manifestación de la Voluntad Soberana.
Literatura consultada:
LEVINE, D. y MOLINA, E. (2007). “La calidad de la democracia en América Latina: Una visión comparada”. En revista América Latina Hoy, núm. 45, pp. 17-46.
MORALES QUIROGA, M. (2008). “Evaluando la confianza institucional en Chile: Una mirada desde los resultados LAPOP”. Revista de ciencia política (Santiago), 28(2), 161-186. https://dx.doi.org/10.4067/S0718-090X2008000200007
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unseñorx, anochecon
Fernando Paulsen, le decía que nuestra democracia requiere participación de las universidades y de la gente, porque las ideas nunca provendrán exclusivamente de las personas de la política.
Eso es como un axioma, pero, hay otro más.
La columna sigue las buenas normas de exposición en defensa de la democracia, como adornándola, indicando por sus propias palabras lo que está mal, lo que no funciona como debería funcionar.
Esto es el hecho de la «ausencia de un medio de expresión civil digital»
que cuantifique consensos de las personas y que permita la exposición y debate de ideas donde participe el Estado y los partidos políticos.
Es decir, «si la ciudadanía aporta a la democracia con sus requerimientos», lo hace de forma aislada y sin Organización Civil que la represente ante los demás poderes del Estado; lo hace con marchas, con protestas y esto a mucha gente les parece «tan democrático», pero, ¿no sucede esto porque no hay forma institucional y CONSTITUCIONAL de debatir inteligentemente a nivel país, de forma TRANSPARENTE y abierta, para simular la democracia de las buenas ideas?
Llevo casi 20 años pidiendo un medio de expresión civil digital. Se lo he pedido a todos, pero, todos le temen a la democracia de las ideas
Resumo toda esa clase de experiencia solicitando aquello y otras cosas, tal como un Cuarto Poder del Estado en podercivil .cl
Hay que mejorar la democracia con esas herramientas y seguir la estrategia para crear riqueza y desarrollo en todas las comunas