En el transcurso de los años, pocos alcanzaban el grado máximo del respectivo escalafón de las Plantas, lo que se denominaba “tope de Carrera”. Ahora bien, desde el punto de vista de la Caja Nacional de Empleados Públicos, al jubilar, el ex trabajador tenía derecho a recibir “la perseguidora” que consistía en una pensión referida a la remuneración reajustada como si permaneciera en actividad de por vida. A partir de ese punto, se tenía una base para proyectar el resto de vida.
Al ingresar a la vida laboral, trazábamos nuestro futuro, las imposiciones previsionales en la Caja Nacional de Empleados Públicos nos daba un soplo de certidumbre, en los encuentros y tertulias conjeturábamos sobrenuestra seguridad previsional, hacíamos ostentación de nuestra vejez asegurada y así pasaron los años aportando a nuestros fondos de pensión.
De pronto, el año 1981 irrumpió aquella maldita y retorcida oferta que no supimos rechazar, nos aplicaron el viejo truco de la zanahoria y el garrote, trasladándonos a un sistema de cuenta individual no solidario denominado AFP.
Información muy insegura acompañaba a este nuevo modelo, despertó rumores sobre varios factores que afectarían nuestros fondos previsionales y, consecuentemente, nuestro futuro de vida.
Me pregunto, si el modelo necesitaba aplicar métodos de prueba y error para optar por algo nuevo y definitivo, entonces me atrevo a afirmar que nuestra generación fue el conejillo de indias elegido, y que las futuras generaciones agradecerán nuestro involuntario sacrificio.
No obstante los diversos factores que hoy afectan nuestras pensiones, pretendo analizar uno de ellos:
La premisa básica es que el examen debe cubrir un largo tiempo, estamos hablando del derecho a pensión, período comprendido en dos tercios de siglo. Es más, toda discusión o legislación al respecto debería incorporar desde el ingreso del trabajador hasta el término de su vida laboral y con proyección de 10 a 20 años. Todo debe cubrir este largo período.
En el transcurso de los años, pocos alcanzaban el grado máximo del respectivo escalafón de las Plantas, lo que se denominaba “tope de Carrera”. Ahora bien, desde el punto de vista de la Caja Nacional de Empleados Públicos, al jubilar, el ex trabajador tenía derecho a recibir “la perseguidora” que consistía en una pensión referida a la remuneración reajustada como si permaneciera en actividad de por vida. A partir de ese punto, se tenía una base para proyectar el resto de vida.
Ejemplo: Para un Técnico, imponiendo en la Caja con grado 9 y trasladado a una AFP, el daño previsional será el siguiente:
Imponible en actividad $ 500.000, pensión $ 200.000. Pérdida $ 300.000 mensuales, al año $ 3.600.000, proyección de vida 10 años, pérdida $ 36.000.000.
Con este ejercicio se puede calcular la pérdida, en este factor un funcionario que gana $ 1.600.000, su pérdida supera los $100 millones. Para tomar conciencia, ¿Cuál es la pérdida para proyección de vida de 20 años? El doble.
En este trance, no nos queda más que sacar lecciones, especialmente los gremios, aprender y prepararse para infinitas luchas que tendrán a futuro, pues esto sigue y continuará. El sistema financiero y los gobiernos, recuerden, no son dadivosos. Pasarán generaciones, hasta que algún “consejo venideros” se dedique a proyectar “presuntos futuros” o, alguien iluminado, con creciente preocupación por sucesos remotos, destaque con la visión de permanencia y llamé a legislar cuestiones previsionales.
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