Se ha hecho una constante la aparición de discursos familiarizantes con fuertes componentes conservadores y religiosos. Esto, de la mano de personajes políticos y de voces que influencian la agenda de lo público. Lo que moldea en cierto modo la defensa de niños y niñas en lo judicial, sin duda.
Son conservadores, porque alientan a la conformación de una estructura familiar clásica, padre – madre–hijos e hijas. Religioso, dado que la familia clásica está legitimada a partir del hecho religioso. Dios, desde el dogma judeo–cristiano ha fundado la inmutable situación familiar, que no puede cambiar ni sufrir transformaciones. “La familia perfecta” entonces, es lo normal, aquello ideal que debe permanecer como las formas primarias de socialización necesarias para el desarrollo de la persona. Para este razonamiento, todo lo que salga de ese ducto normativo social, es controversial y supone una quebrazón de la estructura.
Este patrón familiar, aceptado por el mundo conservador occidental, queda atrás ante la realidad de las cifras de violencia en contra de la mujer, niños, niñas y adolescentes. Cuando es un integrante de esa estructura familiar el que origina el acto violento. Basta mirar los documentos oficiales de UNICEF, del Instituto Nacional de Derechos Humanos o de las agencias que trabajan contra la violencia en infancia para asombrarse: el agresor o agresora es intrafamilia. Así es, vive al interior de la mencionada familia.
Queda más atrás aún, con casos de familias unipersonales o de la idea de que la diversidades sexuales puedan adoptar niños y niñas; sistemas de acogimiento, como opciones o alternativas de cuidados, en especial a personas vulnerables. Las familias de madres o padres solteros que deben realizar cuidados de calidad para con sus hijos e hijas, la mayor de las veces sin apoyo estatal. Las formas de cuidado indígena desde los derechos colectivos o, lo que todos los días nos enseñan las familias de migrantes. Esta realidad, habla de signos de posmodernidad, de la pérdida de otrora referentes – que buenos o malos, legitimados y legales – han pasado a formar parte de la historia de la familia. Y, que con fuerza demuestra que realmente es mutable, y que los cambios enriquecen esa idea inicial de diversas familias.
Lo complejo se produce al pasar de lo social a lo normativo, o más enmarañado , al caso a caso jurisprudencial, los garantes aparentes no toman en cuenta la fenomenología y la prevalencia de muchas de las vulneraciones, violencias y delitos que padecen los niños y niñas. Todo lo contrario, con sus resoluciones judiciales -en el caso de los Jueces de Familia y Garantía– promueven el acercamiento de los niños víctimas con sus agresores, en el más breve plazo posible, sin respetar garantías mínimas de los principalmente dañados; alterando sus procesos reparatorios y trasladando a los niños a estados psicológicos maltratantes que quizás qué institución pueda atenderles en el futuro.
De la protección se pasa muy simplemente a la revinculación, lo que es más apresurado cuando los padres o familiares cercanos –imputados de algún delito o hechores de vulneraciones de derechos – cuentan con recursos económicos importantes como para solventar estudios jurídicos y, so pretexto del derecho a vivir en familia de la Convención, quieren caprichosamente y sin más trámites vincularse con los niños y niñas víctimas. Como fundamento: los adultos tienen garantías. ¿en Tribunales donde debe prevalecer el interés de niños y niñas se arguye con fuerza el ideal adulto céntrico cosificando nuevamente a la infancia y adolescencia.? Sin dudas, eso está ocurriendo y es más frecuente de lo que parece.
Es verdad, sí. La Convención promete y asegura el derecho de niños y niñas a vivir en familia, sólo léase los artículos 9, 18 o 20 del prestigioso instrumento internacional. Pero, también establece la gran excepción de la revisión judicial cuando existan familiares que no cumplan su rol garante y precisamente violen sus derechos más básicos. En esos asuntos, la separación es necesaria y justa. Lo que no parece racional es que el Derecho cargue la mochila de los niños y niñas víctimas, con obligaciones de vinculación que no son propias del sujeto niño, en tiempos que muchos velamos por la concreción de garantías y libertades propias de su calidad de persona. Una de ellas, la reparación integral y la de no repetición de vulneraciones.
¿Cómo solucionar un problema psicosociojuridico de tal magnitud? No hay un solo camino, eso sí está claro. La ley está llegando tan tarde como los programas ambulatorios y directos del Estado. No basta con invocar normas internacionales de derechos humanos, porque hay un fuerte conservadurismo familiarizante que más parece una Dictadura Familiar que una democracia para los niños y niñas.
Con sus resoluciones judiciales -en el caso de los Jueces de Familia y Garantía– promueven el acercamiento de los niños víctimas con sus agresores, en el más breve plazo posible
Hay tantos procesos judiciales como administrativos donde los adultos pueden solucionar sus controversias: Regímenes de Relación Directa y Regular, alimentos, cuidado personal, etc. Y, otros, que pueden indagar delitos, participación y penas aplicables al ilícito criminal. En algunos casos, de menor gravedad, los adultos podrán insertarse en procesos evaluativos o reparatorios para superar sus propias crisis y traumas. Analizar sus intereses y principios de adultos, como la presunción de inocencia y otros.
En todas las propuesta enunciadas, e incluso aquellas respecto a lo meramente administrativo relativos a la salud o al ámbito de la escuela, en todas estas, deberá tenerse en cuenta el interés superior del niño, niña y adolescente. No sólo aquel que se manifieste “el querer del niño”, sino el que mejor le beneficie para la satisfacción de las necesidades. Las cifras dirán que existirán 90% de niños, niñas y adolescentes que si querrán vincularse con el que los agredió. Pero ese no es el fin de la políticas públicas de reparación y restitución de derechos, si ese es el ideal, se habrán despilfarrado recursos siempre escasos, en procesos largos y costosos desde lo psicológico y social para la superación de vulneraciones y delitos.
Terapias y Participación de los niños. Las terapias reparatorias integrales se convierten en un camino en que la participación infantil puede manifestarse. De hecho, no será igual la orden judicial de revincularse en el caso de niños y niñas en primera infancia que a los adolescentes que ya pueden decidir si ver o no esa persona que les vulneró, abusó sexualmente o les golpeó.
La otra salida es la autonomía progresiva de los niños y niñas, y la participación que puedan tener ellos, efectivando derechos a ser oídos, más allá de lo netamente verbal, para dar paso a los garantes y profesionales psicólogos y trabajadores sociales especializados, cuando así lo requieran. Otros, tendrán aquellos recursos psicoemocionales para voluntariamente manifestar sus anhelos y expectativas en cuanto las relaciones familiares. Existirán los que, sobreviviendo, lucharán por no repetir las mismas vulneraciones que padecieron en épocas pasadas.
La solución no es binaria, no es blanco ni negro, culpables o inocentes. No se agota con lo decisorial judicial, no. Véase el Informe del Instituto Nacional de Derechos Humanos, que conociendo las condiciones de SENAME, dice que la “revinculación familiar, es un dilema por resolver”. A mi juicio, requiere respeto a procesos reparatorios y psicosociales de largo aliento, que tal vez, según las especialidades del caso, serán acompañados de otros, judiciales o administrativos. Otro razonamiento, nos retrocede a la moderna idea de que la familia es inmutable, y que las víctimas: niños, niñas y adolescentes, la parte más débil del entramado psicosociojuridico, cargue la obligación de estar con aquel que la abusó, golpeó y vulneró, cambiando la Democracia de los niños por una vil y humillante Dictadura Familiar.
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lcortes
Estimada:
Sí se claramente la diferencia entre imputado, formalizado, acusado y condenado. No es el espíritu del artículo enjuiciar a los padres (hombres y mujeres) es realizar una crítica a la revinculación sin las condiciones proteccionales mínimas para los niños, niñas y adolescentes, en especial los que carecen de recursos económicos. También la diversidad de familias.
Todos los días me toca intervenir casos complejos, y le puedo aseverar que a nivel reparatorio la inclusión del agresor y de la agresora (padre – madre-abuelos- abuelas – tíos y tías, etc) es necesario y urgente (Lo señalan las normas jurídicas de DDHH) interrumpir el contacto para restituir y rehabilitar a la parte más débil.
En cuanto a las denuncias falsas o las ganancias secundarias tanto de padres como de madres, eso es un estudio a parte, y como dice usted es caso a caso. Y para eso pago todos los días mis impuestos: para que se investigue por la Fiscalía y se castigue el mal uso de la protección a los niños y niñas. Pero los niños y niñas ante las dudas y con antecedentes suficientes se debe proteger. No opera la presunción de inocencia de los padres por sobre el interés superior de los niños, ojo ahí
Y claro, si no hay garantías, ni derechos y si no se cumplen con los principios orientadores de un Tratado ¿ para qué sirven los tratados? ¿Cuáles son sus efectos vinculantes a nivel doméstico? Me imagino que estudió eso?
Por ello, cuando no se cumplen estos: es una dictadura familiar.
atte,
Javi-Al
Cuando uno lee….”Este patrón familiar, aceptado por el mundo conservador occidental….” ¿?, y “ hay un fuerte conservadurismo familiarizante que más parece una Dictadura Familiar que una democracia para los niños y niñas….” se llena de preguntas, ¿que intenta decir el autor de este texto? , durante todo el artículo subyace una línea argumental contra la familia tradicional, queda la sensación que el problema de agresores y víctimas es solo una excusa que sirve para exponer otro tipo de ideas.
lcortes
Estimado:
Sí, porque la prevalencia del maltrato de padres y madres; los índices alarmantes de abusos sexuales infantiles y otros (Ministerio Público, UDP, UNICEF, agencias de Infancia y adolescencia) y eso se da en la familia tradicional.
Es un tipo de familia, eso es lo que propongo. Por ejemplo, una familia de dos hermanos, que tuvieron que escapar de un hogar maltratador y abusador ¿eso no es familia? Al parecer para algunos operadores no, porque se vuelve a vincular con los agresores, sin la debida protección ni terapias, etc. ¿Por que no mantener ese hogar de hermanos con garantes diferentes?
ese el espíritu de la columna,
gracias por sus comentarios, debates y propuestas!
vasilia
¿Entiende que habló de «imputados»?
Imputado, no culpable. ¿Entiende la diferencia?
De hecho, la injusticia es que padres imputados pierden derecho a ver a sus hijos, sencillamente por una acusacion. Pero no ocurre con las madres. La madre puede ser una completa sicopata, y ni aun asi los tribunales impiden el acceso de ella a sus hijos, incluso en circunstancias que los padres presentan pruebas del maltrato que sufren los niños. No diga que no es asi, porque basta dar un vistazo a sentencias para probar lo contrario. Aunque lo habitual es que mujeres impidan que padres y abuelos paternos vean a los niños porque no pagaron la pension alimenticia, cuando la ley dice otra cosa y que siempre termina excusandose de que el padre es maltratador. Ud sabe que eso es pan de cada dia, y que es una vulneracion grave de los derechos del niño.
Asi que no venga con lo de la dictadura familiar. Porque no es así. Hombres maltratados por sus esposas han perdido ante tribunales la tuicion de sus hijos porque ¿como puede ser que un hombre sea maltratado? Pero los hay, y no son pocos o excepciones. Y tampoco olvide que muchos niños y niñas no son abusados por sus padres, sino por la pareja nueva de mama a la que metio en la casa familiar sin preguntarle a nadie porque ella tiene derecho a hacer su vida. Caso a caso. Esto es de caso a caso