Sería conveniente que constituyentes leyeran a Daniel Innerarity, quien señala que la política democrática no puede producir cambios en la realidad social sin algún tipo de cesión mutua. Si los acuerdos son importantes es porque los costos del no acuerdo son muy elevados, al asentar el statu quo, particularmente “en asuntos que definen nuestro contrato social o en circunstancias especialmente graves los acuerdos son muy importantes y vale la pena invertir en ellos nuestros mejores esfuerzos. Los desacuerdos son más conservadores que los acuerdos; cuanto más polarizada está una sociedad menos capaz es de transformarse. Ser fiel a los propios principios es una conducta admirable, pero defenderlos sin flexibilidad es condenarse al estancamiento”.
Eso requiere de un sosiego que no parece poder imponerse en algunos, como también desprenderse del “vocabulario soberanista de Carl Schmit” que no reconoce bordes históricos ni políticos. Asimismo, entender que los tres años que han seguido al Estallido Social han estado colmados de inestabilidad y crisis, algo especialmente agobiante para quienes en condiciones “normales” ya viven una vida llena de adversidad. Esas personas merecen ser vistas más allá de una retórica pos materialista que parece desconocer las significativas precariedades que vive mucha gente a lo largo y ancho del país, desconociendo sus particularidades, sus miedos, sus temores, clamores y sus abandonos.
Los debates en la Convención se han visto muchas veces excesivamente polarizados. Algunos colectivos han mostrado una mayor tendencia a poner por delante sus identidades más que una visión de conjunto, haciendo más difícil la tarea de alcanzar acuerdos al insistir en una serie de propuestas maximalistas, como reemplazar la Presidencia, el Congreso y el Poder Judicial con una asamblea plurinacional de las y los trabajadores, como si en Chile existiera hoy en un estado fallido. Por otra parte, la iniciativa de “Pluralismo jurídico”, podría poner en entredicho el principio de igualdad ante la ley, retrocediendo en la doctrina jurídica a niveles previos a Montesquieu, por tanto, requiere una adecuada estructuración y una instancia superior común, ergo, la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema. En caso contrario se estaría certificando un sistema paralelo de justicia indígena, lo que contradice un cuerpo de orden y orientación jurídica interna igual para todos que precisan de coherencia y sistematicidad para cumplir sus objetivos.
Uno de los déficits de la Convención es que no ha logrado grandes acuerdos sobre cuál va a ser el sistema político que modifique o mejore el actual, los constituyentes de la comisión respectiva no muestran disposición al dialogo, ceder en sus posturas particulares y con poca disposición a concordar acuerdos, cayendo en un ideologismo que impide que la Constitución una a las personas y no que las divida. Incluso el político español, Íñigo Errejón, un estrecho aliado del Frente Amplio, planteaba que la nueva Constitución no puede ser sólo de “las izquierdas”.
La propuesta de bicameralismo, al institucionalizar una excesiva debilidad de la Cámara de las Regiones, genera una concentración de atribuciones hacia la Cámara de Diputadas y Diputados como actor preponderante dentro del proceso legislativo, lo que se aprecia tanto respecto de sus relaciones con el Ejecutivo como con la Cámara de las Regiones que se le despoja de un rol efectivo de contrapeso institucional que se espera de toda cámara legislativa dentro de un esquema presidencial, ya que en todo sistema presidencial cada cámara constituye un contrapeso tanto a la autoridad ejecutiva como también a la otra cámara. La propuesta actual es un bicameralismo demasiado asimétrico al entregarle limitadas atribuciones a la Cámara de las Regiones -lo que la transforma en un ente irrelevante- por lo tanto la idea de darle a ésta última la posibilidad de discutir más proyectos de ley, es una opción razonable, pues los chilenos esperan un sistema político que nazca de grandes acuerdos y que no sea la victoria de un sector por sobre otro y, que sea un nuevo Pacto Social en el cual todas las fuerzas democráticas deben sentirse representadas para crear un sentido colectivo (integración integral) con el fin de lograr una integración en pos de la consecución de objetivos comunes (integración material) incluyendo a las fuerzas que detentan el gobierno como aquellas que ahora les toca ser oposición; abierto a la complejidad social, así como un sistema jurídico inclusivo y capaz de variación frente a los cambios de la sociedad.
Una Constitución, como bien lo expresa Ralf Lanau abogado alemán y profesor de derecho público de la Universidad para la Administración Pública de Sajonia de Meissen, Alemania: “La adopción de una nueva Constitución no cambia necesariamente la realidad de los ciudadanos. Es tarea de la legislación promulgar las normas sobre derechos a prestaciones sociales concretas, así como adaptarlas constantemente a las circunstancias económicas, sociales, demográficas y de otro tipo”. Por tanto, no es una plataforma para expresar distintos intereses especiales, donde cada uno establece sus aspiraciones, con un minuciosa redacción barroca, regulando cada detalle ad nauseam -que bien podrían quedar entregadas a leyes comunes- cuando es sólo el marco dentro del cual se determinan “las bases de la institucionalidad, los derechos y garantías de las personas y los cuerpos intermedios, la estructura política del país, su funcionamiento, los órganos de poder, sus atribuciones y las relaciones entre ellos, los sistemas para resguardar la supremacía constitucional, entre otros elementos básicos que configuran la estructura del Estado”.
Por consiguiente, el exceso de normatividad en una Constitución, la transforma en un instrumento que petrifica el debate político al pretender imponer una sola visión sobre cómo resolver los conflictos sociales y políticos inherentes en una sociedad pluralista y democrática. Además, ello significaría repetir el dogmatismo ideológico de la Constitución de 1980 que estableció “cerrojos” infranqueables para impedir que las futuras generaciones pudieran modificarlas, lo que va a contrapelo al deber ser de una sociedad pluralista en la cual ninguna normativa política puede considerarse como un proyecto perfecto y concluido o el “fin de la historia” de Fukuyama. Por eso, el exceso de normatividad que pretenden establecer algunos colectivos de la CC, lejos de incentivar la deliberación política al interior de la polis, están bloqueando los procesos de cambios en el futuro, al no responder adecuadamente al devenir socio-político del país.
El exceso de normatividad en una Constitución, la transforma en un instrumento que petrifica el debate político al pretender imponer una sola visión sobre cómo resolver los conflictos sociales y políticos inherentes en una sociedad pluralista y democrática
Otro de los desafíos de la Convención, tiene que ver con qué sistema electoral queremos diseñar. Al pretender homologar ante la ley a los movimientos sociales y los partidos políticos se entrega un status partidario a cualquier tipo de organización “social”, lo que no solamente se hiperfragmenta la política, sino que puede ocasionar que cualquier gestor de poderes ilegales informales llegara a la política, como aconteció en Perú y las consecuencias se ven ahora. Se requiere mayor representación, pero eso no pasa por homologar los movimientos sociales con los partidos políticos, pues generará el efecto inverso donde las demandas no podrán ser procesadas, entonces, lo recomendable es cómo vincular distintas formas de organización, pero sin confundirlas, para posibilitar que el Congreso pueda procesar demandas y ello sólo se logra con un sistema de partidos agregadores de intereses que sea acotado pero plural y pueda gestionar una relación fluida entre Ejecutivo/Legislativo, creando, simultáneamente, los incentivos para generar mayorías parlamentarias, lo que implica mejorar los partidos políticos, no debilitándolos al equipararlos a los independientes que solo terminará atomizando aún más el espectro político, lo que tendría un efecto negativo en la gobernabilidad de toda reforma sustantiva.
Otra línea de discusión va a ser encontrarle un espacio de representación de los pueblos originarios y, por ende, cómo se materializan los escaños reservados que se les asignen. Si va a haber una Cámara Territorial, cuyo objetivo es conseguir una representación que no sea la proporcionalidad poblacional, ese sería el lugar más lógico que estuvieran los escaños reservados de pueblos originarios y, de esta manera, se constituiría en una auténtica cámara de representación social, como lo ha planteado Noam Titelman, uno de los fundadores del Frente Amplio.
Si los diversos colectivos más dialogantes no llegan a un consenso sobre las reformas más fundamentales y, se imponen en los debates un ejercicio centrífugo, no reconociendo la validez del otro, darán munición a quienes instarán a los votantes a rechazar la nueva Constitución en el plebiscito de salida. La ciudadanía espera un texto constitucional que, evaluado como un todo, establezca un orden jurídico político que configure las bases de una democracia participativa, garantice un estado de derecho, pluralismo político, derechos sociales y libertades básicas con equilibrio de poderes, permitiendo deconstruir a la sociedad chilena en concordancia al cambio epocal y debe, por ende, dejarse abierto para que los protagonistas del futuro puedan tener la libertad de modificar o reconstruir ese pacto social, ya que no debe ser utilizada para ajustes de corto plazo, lo que obliga a tener una mirada larga y de país, lo que implica flexibilizar las posturas mesiánicas y maximalistas de algunos.
Por consiguiente, es necesario dialogar con todos (as) y entre todos (as), sin posturas híper ideologizadas ni tratar de imponer normas estrambóticas basadas exclusivamente en criterios exclusivamente identitarios. Es perentorio volver a poner el caballo delante del carro y así posibilitar que la nueva Constitución no sea “partisana”, como lo ha planteado el Presidente Gabriel Boric.
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Pato
Recuerdo haber escuchado decir a todos los defensores del status quo que la norma de los dos tercios para aprobar los artículos garantizaba el diálogo, los acuerdos y los consensos. Resulta que ahora eso les parece insuficiente, incluso cuando una parte importante de los artículos se han aprobado por mucho más que dos tercios. La deshonestidad y el desprecio por los procesos democráticos, en algún momento les va a pasar la cuenta
abechtold
Para que una Constitución funcione, tiene que tener la aprobación de los grandes grupos que ejercen poder. En este caso, tanto izquierda como derecha tienen que aprobarla. Por ende, generar una Constitución que la derecha no está de acuerdo, va a ser desmontada apenas se pueda. Porque el triunfo es cuando tu adversario asume la nueva realidad como propia; eso si pasó con la Constitución del 80….la Concertación la asumió, y mas aún, puso su firma sobre ella; y no por imposición, sino porque EFECTIVAMENTE la Constitución del 80 era muy ad-hoc a los tiempos en que gobernó la centroizquierda.
Entonces, cuando los Stingo&Cia declaraban sin mas que lo único que le queda a la derecha es asumir que la Constitución la escriben ellos, lo que están generando en el fondo es la perecibilidad de esta. Balazo en el pié.