Ya desde comienzos del mes de septiembre del presente año las comunas de Lo Barnechea y Las Condes cuentan con un moderno sistema de seguridad, que consta de globos aerostáticos dotados de drones, los cuales posicionados a una altura de 150 metros, son capaces de vigilar todo en un ángulo de 360°. Es necesario tomar en consideración que esta medida se ha justificado en las continuas manifestaciones en contra de la delincuencia realizada por los vecinos de estas comunas.
Esta situación plantea un dilema entre la privacidad de las personas y la vigilancia ejercida, en este caso por un organismo público, para disminuir la delincuencia. En este dilema creemos necesario ponderar la privacidad por sobre la vigilancia por los motivos expuestos a continuación.De lo anterior se puede inferir que si eventualmente disminuye la delincuencia en estas comunas, esto se deberá a que estos actos están emigrando a lugares con menor vigilancia y en realidad no se está solucionando el problema sino que solo se estaría remediando un síntoma y no la enfermedad.
El primer argumento en contra de los globos radica en la privacidad de las personas. En este caso estamos viendo que las personas no podrían gozar de la privacidad, por ejemplo, en un departamento al cual el dron pueda ver hacia adentro o en el patio de una casa. En los dos ejemplos anteriores se ve cómo se perturba la privacidad del hogar, lugar que por antonomasia es donde se desarrolla la vida de las personas fuera del espacio público. En este punto cabe señalar que la constitución asegura a todas las personas el respeto y la protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia (Artículo 19, número 4 de la Constitución Política de la República).
El segundo argumento en contra se relaciona con la idea misma de vigilancia y cómo las personas permiten que se les coarte su privacidad por parte un organismo público con tal de sentirse más protegidas. Que las personas pidan al aparato público mayor seguridad es totalmente razonable, en tanto es el Estado quien ostenta el monopolio de la fuerza socialmente organizada y es el único que puede hacer un uso legítimo de éste; sin embargo, hay que tomar en consideración que precio se paga, más allá del dinero gastado por las municipalidades, por la seguridad proporcionada. En este caso vemos que el sistema implementado por las municipalidades ya mencionadas es capaz de hacerles seguimiento a personas en tierra a kilómetros de distancia, ante el cual las personas están completamente indefensas de este «ojo eléctrico» en el cielo.
Por otro lado, respecto del mismo argumento, es necesario cuestionarse por qué una persona debe tolerar que se la vigile en sus quehaceres de la vida cotidiana. Si bien se puede entender, como lo hacen algunos constitucionalistas, que en un espacio público no es posible alegar privacidad, esto no quita que el sistema de vigilancia en su conjunto haga un tratamiento de datos personales al recopilar información de personas naturales identificables, con lo cual la pregunta a realizarse sería ¿qué se hace con esos datos?
El principal argumento que analizaremos a favor de los globos se trata del siguiente planteamiento, “al estar los globos vigilando se desincentiva la delincuencia”. El problema de este argumento radica en que la persona que delinque, sea por necesidad o porque sus circunstancias sociales lo llevaron a que delinquir sea la única forma en que esta persona sabe desarrollarse. Cualquiera de las dos hipótesis nos llevan al mismo resultado, la persona seguirá actuando de la misma forma con la presencia de los globos o sin ésta y el mayor cambio que podría haber sería que se buscarán lugares con menor seguridad para poder actuar. De lo anterior se puede inferir que si eventualmente disminuye la delincuencia en estas comunas, esto se deberá a que estos actos están emigrando a lugares con menor vigilancia y en realidad no se está solucionando el problema sino que solo se estaría remediando un síntoma y no la enfermedad.
Por último debe considerarse que con estas medidas se están produciendo vulneraciones que no cuentan siquiera con los resguardos mínimos, necesarios para la correcta protección de los datos personales de las personas.
De lo anterior se puede concluir que, en realidad, las medidas tomadas por las municipalidades son más bien reacciones ante la presión de los vecinos y como tales carecen de un planteamiento sistemático para solucionar el problema raíz, quedándose solo en la superficie de este. Por último, el carácter reactivo de la medida fue lo que justamente llevó a no ponderar la privacidad y la vigilancia antes de la implementación del sistema.
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