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¿Es la reposición del aborto terapeútico una deuda con la democracia?

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El delito de aborto, recogiendo la tradición de las leyes españolas, fue tipificado en el código penal en 1874 y se ha mantenido sin modificaciones hasta la fecha, penalizando aquel aborto provocado con «fines maliciosos» dejando fuera no solo los abortos que resultaren de acciones indirectas sino que también aquellos abortos directos que los médicos realicen con objeto de salvar la vida de la madre. Y fue ese objetivo, el resguardo inminente de la vida materna, el que guiaría la aplicación del aborto terapeútico en la praxis médica desde aquellos lejanos.


Es curioso que quienes denostan la eliminación del aborto terapeútico por haberse realizado en «dictadura» no digan nada respecto a que fue impuesta por otra «dictadura», como fue la de Carlos Ibañez.

Ese aborto terapeútico, instalado en 1931 durante la dictadura de Carlos Ibañez y modificado por Presidente Frei Montalva, estableció un estricto protocolo que permite pesquizar su aplicación en el tiempo.

Hasta el día de hoy, situaciones como embarazo ectópico, molas, diploides y ciertas trisomias se atendieron fuera del protocolo, tal como reconociera el Dr Ramiro Molina en entrevistas a la Revista Chilena de Ginecologia y Obstetricia

A diferencia del mantra que ciertas personas difunden insistiendo en que la reposición del aborto terapeútico sería una deuda con la democracia por su eliminación en el último año legislativo de la junta militar,  existe evidencia concreta que indica lo contrario. Más allá de señalar la majadería que implica pretender derogar toda norma legal solo por el hecho de haber sido dictada en tiempos de dictadura, revisemos cuatro circunstancias verificadas que animaron el debate sobre el aborto desde que, durante la discusión de la Comisión Ortuzar en 1974, se discutieran las garantias constitucionales y el derecho a la vida.

Primero: El avance en la ciencia médica había convertido el aborto terapeútico en una norma obsoleta.

Segundo: Evitar uso abusivo de la norma, tal como hizo el dr. Anibal Faúndez, quien alterando la costumbre históricamente que se hizo del aborto para casos de grave riesgo de la vida materna, realizó cientos de abortos amparándose en la definición que del concepto de «salud» hizo en 1948 la OMS.

Tercero: La mortalidad materna, principal problema que se quiso enfrentar con la creación de la norma, había bajado ostensiblemente desde década de 1960.

Cuarto: Cabía adecuar la legislación sanitaria al tenor de las garantías constitucionales instaladas desde 1980 y la inminente ratificación de tratados internacionales como Convención Derechos del Niño e Internacional de DDHH, que consagran protección legal de la vida humana desde antes del nacimiento

La verificación de estos hechos nos demuestra que, los esfuerzos realizados por Almirante Merino para insistir en esta norma, no solo se fundaban en sus valores morales, sino en realidades sanitarias verificables, evolución ciencia médica y una actualización de normas legales que hicieron del todo razonable la eliminación de una norma en claro desuso tras 58 años de avance en la ciencia médica.

Es curioso que quienes denostan la eliminación del aborto terapeútico por haberse realizado en «dictadura» no digan nada respecto a que fue impuesta por otra «dictadura», como fue la de Carlos Ibañez.

En estos 25 años desde la eliminación de la figura del aborto terapeútico en nuestra legislación, nada ha impedido la acción médica con el fin de salvar la vida de la madre o la aplicación de acciones terapeúticas que pudieran devenir, como fin no deseado, en un aborto. Si esto no fuera un hecho cierto cabe preguntarse si la existencia del aborto terapeútico es necesario para resguardar la vida de las mujeres en Chile ¿Cuánto ha aumentado la muerte materna desde 1989? La respuesta es «cero, un cero absoluto», respuesta que la obtenemos a partir de la investigación en la Universidad de Chile que nos permite colegir que no existe relación alguna entre la despenalización del aborto y la muerte materna.

Es más una vez eliminado el aborto terapeútico, las tasas de RMM (razón de muerte materna) siguieron bajando hasta 18.7 en 2000 y hasta 16.5 en 2008, situando nuestra salud materna por sobre todos los paises latinoamericanos.

TAGS: #Aborto #DespenalizaciónAborto

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Comentarios

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Fabiola

31 de marzo

Finalmente un artículo con INFORMACIÓN sobre este debate que se ha visto lleno de mentiras y verdades a medias, en el mejor de los casos, de parte del gobierno y de grupos abortistas que insisten en engañar a la opinión pública con cifras falseadas y datos truchos. Muchas gracias.

Josefina Lemaitre

31 de marzo

Excelente columna. Muy clara y se entiende perfecto por qué es innecesario un cambio en la ley actual. Por el contrario, es urgente generar redes de apoyo y atender de forma urgente las causas que llevan a una mujer a pensar en un aborto.

02 de abril

¿ Deuda con la democracia ?…

¿Cuál democracia?…

Mónica

13 de abril

Don Mario ¿Podría dar a conocer sus antecedentes académicos/laborales? Ayuda a sopesar las opiniones escritas y/o comprender algunas de sus imprecisiones.

1.- La mortalidad materna está estancada en la última década y, a pesar de que la mortalidad es baja en el contexto latinoamericano (aunque en Uruguay es 14 por 100000 nacidos vivos), es 2 a 4 veces mayor que en los países OECD, grupo al cual Chile también pertenece. Actualmente en Chile es de 22 por 100000 nacidos vivos (Banco Mundial, 2013). Aún quedan vidas maternas por salvar.
2.- Chile ha ratificado varios tratados de DDHH que incluyen protección a las mujeres y derechos reproductivos que ha sido incumplido por el gobierno como por ejemplo la Declaración Universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, Convención Americana de Derechos Humanos.

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