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¿La cárcel color rosa?

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Uno de los difusos compromisos de campaña, de la actual presidenta Michelle Bachelet, fue la de mejorar la ley que establece medidas contra la Discriminación (Ley N°20.609) sin que hasta la fecha, exista una propuesta clara por parte del Gobierno de cómo mejorar esta normativa.


Surge la pregunta de si la penalización de acciones discriminatorias o de incitación al odio ayuda a enfrentar el fenómeno de discriminación, ya tan radicado en nuestro país, o sólo ayudan al aumento del hacinamiento de las cárceles en Chile

A partir de esta premisa, algunas organizaciones de Diversidad Sexual han solicitado al Gobierno legislar a fin de establecer el denominado delito de “Incitación al Odio” y establecer penas de cárcel hacía quienes cometan discriminación o la promuevan.

Este tipo de medidas, a mi entender, resultan del todo contrarias a un adecuado entendimiento de un Estado respetuoso de los Derechos Humanos.

En Chile, como en otros países de la región, en las últimas décadas, una parte importante de la política criminal se ha centrado en endurecer las penas asignadas a los delitos haciendo de la pena de cárcel su principal herramienta. Ello ha traído como consecuencia hacinamiento, malas condiciones carcelarias y una situación generalizada y sistemática de vulneración de los derechos de las personas privadas de libertad.

Según el Informe del Consejo para Reforma Penitenciaria presentado por el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (Ilanud), Chile posee el triste récord de ser el país con mayor tasa de personas privadas de libertad en América Latina.  Entre 1998 y 2014, se pasó de 60.990 a 123.247 personas en el sistema penitenciario, representando un crecimiento del 102.07%.

Otro antecedente a tener en cuenta es el arrojado por la Encuesta Nacional de Derechos Humanos 2013 del INDH que refleja que sobre el ochenta por ciento (80%) de las personas encuestadas declara haberse sentido discriminado en once de las doce categorías sospechosas de discriminación consultadas.

Por su parte la “Primera Consulta Ciudadana sobre la Discriminación en Chile” del Ministerio Secretaría General de Gobierno del año 2013 estableció que el 31% de las personas que respondieron la consulta declara que sí ha discriminado arbitrariamente a alguien, mientras que el 52% de los consultados indicó que sí se ha sentido discriminado/a arbitrariamente.

Ante estas cifras surge la pregunta de si la penalización de acciones discriminatorias o de incitación al odio ayuda a enfrentar el fenómeno de discriminación, ya tan radicado en nuestro país, o sólo ayudan al aumento del hacinamiento de las cárceles en Chile. ¿Una persona castigada con privación de libertad por haber discriminado o incitado a la discriminación, dejará de discriminar una vez cumplida su pena? ¿Se construye una sociedad más inclusiva por medio del castigo hacía quienes discriminan sin que nunca el Estado les eduque en respeto y no discriminación?

Cabe cuestionarse si el Estado de Chile puede justificar la creación de esta figura penal y el uso del ius puniendi en contra de sus ciudadanas y ciudadanos. A mi entender, la respuesta a este cuestionamiento es negativa, ello en tanto la manera en que los prejuicios son establecidos depende del contexto social y de los estereotipos que la misma sociedad ha ido creando. Tales prejuicios y en general la violencia que generan, tienen como causa “la necesidad de marcar diferencias entre colectividades hegemónicas y no-hegemónicas” por el miedo de los primeros de perder algunos privilegios. La unificación y la repetición de los prejuicios creados por la sociedad son una forma de legitimar los actos violentos realizados por algunos grupos específicos. De esta manera debemos entender que el Estado de Chile nada ha aportado en la erradicación de estos prejuicios, no ha ejercido su deber tutelar de la sociedad en favor de establecer medidas o políticas públicas que busquen combatir la discriminación y la segregación en razón de esos prejuicios arraigados en nuestra sociedad.

La criminalización de los delitos de odio e incitación al odio, terminan siendo una discriminación institucionalizada en tanto afecta directamente a los sectores más postergados y segregados de nuestra sociedad, sectores con baja educación que no reciben del Estado las herramientas necesarias para entender la diversidad en sus distintas formas y que, por el contrario, viven, día a día, la segregación económica y educacional.

En otras palabras, la búsqueda de combatir y terminar con el fenómeno de la discriminación no puede dar pie a una criminalización del “otro”, sino al establecimiento de políticas públicas reales que busquen educar al “otro”, entendiendo una sociedad diversa como un valor en la construcción de una sociedad democrática.

Las actuales cifras de discriminación que vive nuestro país, nos deben hacer entender la urgente necesidad de crear un Instituto Nacional de la Discriminación e Inclusión, INADI, (Proyecto de ley que ya fue presentado por el Movimiento por la Diversidad Sexual MUMS al Ministerio de Justicia) que busque eliminar los prejuicios y estereotipos que promueven acciones discriminatorias, ayudando a construir grupos humanos responsables por sus características y respetuosos de sus diferencias, una entidad pública que busque prevenir estos hechos y no una ley que, actuando posteriormente, castigue estos actos los que, muchas veces, son cometidos por quienes no reciben formación en diversidad y son segregados por el Estado.

TAGS: Ley Antidiscriminación

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