Las ferias libres, en cuanto encadenamiento comercial estratégico en la economía popular del país (variable clave del canal agroalimentario, pesquero, carneo, bazar, entre otros), vienen reconociéndoseles como tal, desde hace varias décadas, sobre todo, tras la recuperación de la democracia. Sin embargo, gozan de una contradictoria condición, que puede resumírsele de la siguiente manera son “visibles e invisibles a la vez”.
Son muy visibles porque territorialmente ocupan calles o espacios acondicionados para su quehacer comercial, siendo insoslayables en el paisaje urbano o rural. Son muy visibles, además, porque le resuelven las necesidades alimenticias, a bajo/justo precio a importantes grupos de vecina/os asentada/os en barrios populares/medios, mayoritariamente. Son visibles, además, porque gozan de la legitimidad social por parte de las comunidades que las acogen, sirviendo de plataforma en más de una oportunidad para que una/o u otra/o candidata/o busque visibilizarse en época electoral. Son visibles porque en torno a ellas, en más de una oportunidad rotan campañas sociales o intervenciones culturales, entre otras (también son visibles por otras incomodidades sociopolíticas, dado su vínculo perenne con las comunidades diversas).
Son “invisibles”, porque, sin perjuicio de que se haya avanzado en alguna política pública referida a la definición estratégica autoimpuesta por el gremio, como es su “modernización”, vía la Asociación Nacional de Ferias Libres (ASOF), no ha dado el ancho tal acción para transformarlas en un actor reconocido en su importancia, funcional al desarrollo económico local en aquellas comunas donde se encuentran vigentes (no por voluntad de la ASOF, quien sistemáticamente ha gestionado espacios, alianzas y colaboraciones diversas para profundizar en la materia, con municipios, universidades agencias del Estado, otros). Desde ahí, muy excepcionalmente, se les involucran en los planes de desarrollo comunal, o bien, en los planes de ordenamiento del territorio, esto es, cómo pensar lo urbano, además, de su fortalecimiento en cuanto canal comercial. Al no considerársele en esa dimensión más general, pierde oportunidad el Estado nacional, como el local, para intervenir y mejorar su diseño de política pública en otros sectores de la gestión pública.Es de esperar, que este rango constitucional que se le entrega al rubro comercial consignado, permita su ingreso a los sistemas de ordenación del territorio, planes de desarrollo nacional, regional y local
Sin embargo, en esta coyuntura nacional constitucional, devenida en clivaje sociopolítico de la historia política del país, permitiendo un nuevo contrato social (si es que se aprueba el texto final), ha colocado al rubro en rango constitucional, permitiéndole una cobertura nunca antes imaginada, menos vivida, junto con otros que se ubican en la banda comercial de cercanía con las mayorías populares/medias. Tal situación ocurrió en la Comisión de la Convención N° 3 denominada como “Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal”, la cual promovió la norma en el pleno y es parte del borrador vía artículo N° 37 (sin armonización), que indica:
El Estado fomentará los mercados locales, ferias libres y circuitos cortos de comercialización e intercambio de bienes y productos relacionados a la ruralidad.
Es de esperar, que este rango constitucional que se le entrega al rubro comercial consignado, permita su ingreso a los sistemas de ordenación del territorio, planes de desarrollo nacional, regional y local y que vaya acompañado por la promulgación de ley que tantos años se ha gestionado, gobierno, tras gobierno sin encontrar el eco suficiente (funcional al fortalecimiento de este canal comercial, asociado, además, a las economías rural-campesinas agrícolas, mineras y pesqueras, entre otras). La oportunidad también permite renovar los esfuerzos y acciones que se han esculpido a nivel dirigencial, que valorando esta especificidad que aparece en el texto constitucional, debiese entenderse como el justo premio al tesonero trabajo que la/os integrantes de este canal de comercialización, han delimitado en tiempo y espacio en su función social, sin perjuicio de su móvil económico-comercial familiar.
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