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¿Por qué una Asamblea Constituyente?

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Analizando las propuestas relativas al compromiso de este gobierno con una Nueva Constitución para Chile que se han hecho desde el mundo político y académico, cabe decir varias cosas. En primer término, para aquellos que sostienen que no es necesaria una nueva Constitución, principalmente sectores de la derecha, sino que bastaría con hacer grandes reformas a esta, están en un profundo error. El error consiste en no darse cuenta (o fingir no darse cuenta) que más allá del origen antidemocrático de nuestra Constitución, ésta está comprometida con un proyecto político y económico, a saber, un sistema híper presidencialista y centralizado, y una economía neo liberal en donde el Estado solo cumple un rol subsidiario (Art. 1 inciso 3° CPR). Pero lo grave y anti democrático es que este sistema está protegido por “los cerrojos” que correctamente identifica el constitucionalista Fernando Atria, que permiten ciertas reformas, pero bloquean totalmente un cambio de paradigma en nuestro sistema político-económico, que es lo que la ciudadanía está exigiendo hoy en día. Así, dotarse de una nueva Carta Magna se hace necesario para establecer reglas claras y que sean acordes al Chile de hoy.


No parece plausible, dado el contexto actual en que nos encontramos, que sea desde el Congreso de donde surja una nueva Constitución, puesto que ante los ciudadanos, esta institución hoy en día está muy lejana a los valores y las exigencias que la gente de Chile parece sentir.

Ahora bien, concluyendo que necesitamos una nueva Constitución, cabe preguntarse bajo qué mecanismo esta debe ser creada. Recordemos que el objetivo planteado por el programa de Gobierno, y apoyado ampliamente por la ciudadanía, es que una nueva Constitución debe emanar de un proceso i) democrático; ii) institucional; y iii) participativo.

La vieja guardia concertacionista, representada por Camilo Escalona y Andrés Zaldívar, han sugerido que se debe crear una comisión bicameral compuesta por 10 senadores y 10 diputados y que esta deberá dar vida a una nueva Constitución. Este mecanismo no garantiza que el proceso sea participativo. Cabe decir que es cierto que la potestad constituyente derivada aloja en el Congreso, pero también es correcto señalar que éste hoy en día está complemente deslegitimado ante los ojos de la ciudadanía, situación que viene a agravarse ante los presuntos hechos de corrupción que se han sabido en el último tiempo, como el caso PENTA, Caval y Soquimich, en donde cada día más políticos aparecen involucrados en este escándalo de financiamiento ilegal de campañas. Es por lo anterior que no parece plausible, dado el contexto actual en que nos encontramos, que sea desde el Congreso de donde surja una nueva Constitución, puesto que ante los ciudadanos, esta institución hoy en día está muy lejana a los valores y las exigencias que la gente de Chile parece sentir.

En razón de lo anterior, otros autores y diversos movimientos sociales han proclamado la necesidad de realizar una Asamblea Constituyente. En este sentido, se vislumbran dos posibles mecanismos. Por un lado, Atria ha sostenido que el art. 128 de la Constitución permite que el presidente puede llamar a plebiscito para algunos casos, pero en virtud de otros casos también un llamado a plebiscito produciría efectos si es que el Congreso Nacional no se opone, es decir, no requiere por la mayoría de sus votos al Tribunal Constitucional. Este mecanismo parece muy astuto e interesante, pero se ve algo forzado, lo cual empañaría este proceso que requiere un amplio consenso. Por esta razón, parece mucho más asertiva la propuesta que ha hecho Revolución Democrática, la idea básicamente consiste en que se agregue un capítulo a la Constitución referido a su reemplazo y que contemple una convocatoria a plebiscito,  que se haga un plebiscito en donde se sometan a votación diversos mecanismos para sustituir la Constitución, si la propuesta de una Asamblea Constituyente resulta ganadora, que se regule y se lleve a cabo a través de la elección de 200 representantes a través de un sistema proporcional, que se haga un programa de información ciudadana, y que finalmente el resultado del texto constitucional sea sometido a un nuevo plebiscito para ratificar la nueva Constitución. De esta manera, se garantiza que el proceso sea i) institucional, puesto que será mediante votación parlamentaria que se agregaría este nuevo capítulo a la Constitución; ii) democrático, porque la ciudadanía mediante plebiscito elegiría la opción de cambiar o no la Carta Magna y mediante qué mecanismo; y iii) participativo, puesto que en caso que sea una Asamblea Constituyente el vehículo elegido, se podrá hacer un debate en donde participen representantes del mundo civil.

Chile está preparado para dar paso a este proceso, para replantear sobre qué pisos mínimos queremos desarrollar nuestra institucionalidad y sistema político, económico y social. No se debe tener miedo a este proceso democrático, puesto que es un paso necesario para superar la grave crisis de desconfianza hacia nuestro sistema político.

 

Tomás Mendoza Villalobos

Estudiante de derecho

TAGS: #AsambleaConstituyente #NuevaConstitución

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Comentarios

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29 de marzo

Si alguien tiene una constitución mejor que la actual que la publique de una vez para que podamos aprobarla después de leer. Aprobar la Asamblea es una cuchufleta para dar por aprobada una constitución sin que nadie la lea, eso nunca se realizará en Chile. Eso es para países que deben constituirse, no para los que están ya constituidos. No se porque siguen perdiendo tanto el tiempo en este cuento tan infantil de la AC.

Saludos

Eduardo Acuña

30 de marzo

concuerdo totalmente Tomas!
A romper el paradigma aunque a muchos no les guste o le asusten los cambios!

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