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Dueños del hotel Punta Piqueros van a la Justicia en contra del Estado

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Por noticias publicadas en la prensa a partir del 23 de noviembre pasado, supimos que los dueños de este hotel emplazado en los roqueríos del balneario de Concón, sobre el hoy inexistente peñón Oreja del Burro, V región de Valparaíso, interpusieron una demanda civil en contra de la municipalidad de Concón y en contra de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso, debido a que su edificio terminado, que contó con un permiso del 10 de enero de 2011, acogido a la ley Lorca de Viña del Mar, no puede funcionar por fallo de la Corte Suprema. Ante lo cual, recordando que en pedir no hay engaño, ahora esos inversionistas quieren que, con fondos públicos, se les entreguen US$ 95 millones como indemnización, luego aceptando que el hotel no podrá contar con una recepción final por parte del municipio.
[texto_destacado]Sobre esta situación este columnista ha expresado su opinión en algunos medios de expresión, teniéndose en cuenta que, por culpa del director de obras municipales (DOM), destituido por otros motivos, la Corte Suprema acogiendo recursos de la Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar, anuló el permiso de edificación, pues el titular del proyecto inició sus faenas, sin contar con una resolución de calificación ambiental favorable, luego violando flagrantemente el artículo 8° de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
Recordamos que la misma Corporación indicada en el segundo párrafo, intentó llegar a un avenimiento con la municipalidad de Concón y con la empresa inmobiliaria, consistente en modificar el destino del hotel para que allí pudieran operar oficinas, galerías de arte, establecimientos gastronómicos, consultas médicas, equipamientos para emprendedores y educacionales, eliminando 2 pisos en el nivel superior de los 10 edificados, contemplándose la entrega de una alta suma de dinero, por parte de los empresarios, a la fundación Yarur Bascuñán, aliada y financista de esa Corporación.
Ello no prosperó porque la mayoría de los concejales, según la edición del 03/04/2023, de un diario de circulación nacional, «no aceptaron renunciar a sus convicciones ambientales» y además porque se percataron de una artimaña concebida por los interesados en el arreglín para no respetar las reglas del juego contenidas en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Concón, respecto de la altura máxima admitida para ese predio que es de 7 metros, equivalente a 2 pisos y medio. Se debe recordar que en la fecha del otorgamiento del permiso, regían las normas del PRC de Viña del Mar.
La LGUC le entrega completas atribuciones en sus artículos 148° y 157° a los alcaldes y a los Seremis de Vivienda y Urbanismo para que, con la asistencia de la fuerza pública, ordenen las demoliciones de los edificios ilegales y/o de las construcciones que no cuentan con las recepciones finales de obras, pero observamos con perplejidad que, en este escandaloso caso, esas 2 autoridades administrativas se niegan a ejercer sus responsabilidades. ¿Serán tímidos o negligentes? Quizás desean que el edificio sea un «elefante blanco»
Nos declaramos incompetentes para decir cual será el epílogo de este episodio, reconociendo el mérito de la Corporación que llevó el caso a la Justicia, quedando en evidencia que no existe un permiso vigente y que hay un fallo de la Corte Suprema que todavía no se cumple. Se debe tener en cuenta que la reciente demanda civil de los dueños del hotel tendrá, en un tiempo más, un resultado difícil de prever, aunque si llegara a operar la ley, el resultado final debiera ser en contra de sus deseos, pues ellos produjeron un daño ambiental irreparable y de proporciones, el que está tipificado en el artículo 51° de la Ley N° 19.300 de Bases del Medio Ambiente.
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2 Comentarios

Oscar Martínez

Este mamotreto debería estar protegido como monumento a la memoria del robo a Chile, por parte de los empresarios coludidos con la nefasta dictadura que impuso el modelo de latrocinio de la propiedad Estatal, o sea de todos los chilenos y chilenas. En su defecto se podría aplicar la nueva Ley 32461, y echarlos a patadas a unos sinvergüenzas que no se diferencian en nada, de los vendedores ambulantes que se toman el barrio meiggs.

arrobazoho

El Insulto como Medio de Guerra Político en el cambio, Parte II

Ok lo anterior, pero, centrémonos en el efecto híper realista que provoca en los oyentes la verdad dicha con el sentimiento del rechazo a los privilegios y robos de los políticos, o la manga esta de buitres que empobrecen a todo un país para mantener sus rechonchas billeteras…

Porque, todos sabemos que son una manga de ladrones desde que inventaron la política. Sabemos que los alcaldías son tremendos medios de corrupción y robos y no vemos a alcaldes en prisión, o a políticos en prisión por sus obras…

Lejos, más allá de esto, catalogamos a las personas de distintas formas que aportan a lo que pensamos de ellas y sobre lo que decimos y lo que no decimos.

Para el caso que nos duele, tenemos un Presidente Fleto, Mentiroso, Que sabemos que ha usado al sistema para enriquecer a su familia, Que ha llamado a distintas formas de destrucción de los pilares que nos hacen nación, etcétera… en cuyo caso, guardamos silencio para no resaltar sus mentiras sobre que pololeaba con una mujer, para parecer semi normal, pero, el whom simplemente es FLETO…

Otra vez entramos al terreno de qué debemos decir y qué no. La Ley Bíblica nos enseña que no es bueno exhibir «el fletismo» y que es bueno hacer ver al Fleto su fletismo, por si corrigiere su camino, y para no ser culpable de no habérselo dicho, por si corrigiere su camino…

Pero, socialmente no se acepta apuntar con el dedo al fletismo…
¿Es inmoral la corrección?