El permiso de edificación del año 2000 nunca se debió haber cursado porque el mall no enfrenta una vía idónea y este acto administrativo ya está caducado por el imperio de la ley, de tal forma que las obras ilegales en ejecución deben paralizarse a través de un decreto alcaldicio, tal como lo ordena el artículo 148º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.