Durante el último tiempo hemos sido testigos de cómo los trabajadores y trabajadoras del sector privado y los funcionarios del sector público, han salido a la calle a exigir sus derechos, y al parecer, a nadie le importa. Tal vez, estamos entusiasmados con las cifras de “pleno empleo” que nos ofrece el gobierno, cifras que no muestran cuáles son las reales características y condiciones de esos trabajos, porque si las condiciones laborales de los chilenos y chilenas fueran tan buenas, por qué hoy hay miles de trabajadores en huelga reivindicando mejores condiciones de trabajo. Algo no coincide.
Muestra de lo anterior es ver a los trabajadores de Starbucks en huelga, Integramédica en huelga, H&M en huelga, Asmar en huelga, Pascua Lama se votó la huelga y están en el trámite de buenos oficios, supermercados Monserrat acampando en el río Mapocho. Los funcionarios municipales también llevan semanas en huelga o “paro” como le gusta decir a algunos medios del grupo Edwards, y hoy se suman en solidaridad los gremios de la CUT y la ANEF. Probablemente haya también otros trabajadores, menos mediáticos, pero igual de valiosos luchando por mejoras laborales. Algo anda mal, ¿o no? La pregunta que ahora cae de cajón, es por qué llegamos a esta situación y cómo podemos resolverla.
La respuesta a la primera interrogante la encontramos en la herencia de la Dictadura, especialmente, en la obra de José Piñera: el Plan Laboral. Piñera y los Chicago Boys nos dejaron un modelo de relaciones laborales enfermo y muy lejos de países desarrollados.
El Plan Laboral permanece intacto en lo fundamental, pues la Concertación durante años sólo introdujo reformas amarillentas y meros “saludos a la bandera” para no incomodar a un poder económico feliz de que los derechos laborales sean funcionales al sistema neoliberal. Así, la actual legislación laboral reconoce la negociación colectiva como un procedimiento extremadamente reglado, donde se regula prácticamente todo detalle, si bien existe negociación colectiva no reglada, la única que entrega alguna garantía en la obtención de resultados es la negociación reglada.
Por otro lado, se entiende la negociación colectiva como un mero instrumento para que trabajadores y empleadores puedan negociar condiciones comunes de trabajo y empleo por un tiempo determinado, por ende, el Código del Trabajo (CdT) desconoce la naturaleza de derecho fundamental que tiene la negociación colectiva. Contrario a esto, la legislación laboral, tanto el CdT y la Constitución la limitan sólo a los trabajadores del sector privado, excluyendo a los funcionarios públicos. La paradoja: los funcionarios públicos en la práctica ejercen su derecho a negociar colectivamente con mejores resultados que los trabajadores del sector privado. Además, se circunscribe la negociación sólo a nivel de empresa, rechazando la idea de una negociación supraempresa, que se reconoce, pero es una fantasía. Se reconoce también, titularidad para negociar a grupos de trabajadores reunidos solo para estos efectos aun cuando existen sindicatos, lo que vulnera abiertamente la libertad sindical.
Por si fuera poco, se priva a ciertas empresas y trabajadores de ejercer un derecho fundamental, a veces sin justificación real. Además el reconocimiento es limitado sólo para fijar condiciones comunes de trabajo y remuneraciones por un tiempo determinado, rechazando la negociación de cualquier otro tema de interés para los trabajadores o empleadores, es más, se excluyen abiertamente materias como las que limiten las facultades de gestión y administración del empleador.
Ahora bien, el tema que más aterroriza al poder económico es el derecho a huelga. El CdT lo reconoce como un mecanismo excepcional sólo utilizable cuando fracasa la negociación colectiva, es decir, para negociar o renegociar un instrumento colectivo, y no como un mecanismo de presión para iniciar las negociaciones. Además, se desconoce en un principio el carácter de derecho fundamental, aunque de una lectura más detenida de la Constitución podemos concluir que de manera implícita se reconoce tal carácter. No debemos olvidar que la Constitución excluye a los funcionarios públicos de ejercer este derecho, alejándose de lo que la OIT ha establecido respecto a los servicios esenciales en sentido estricto, aunque nuevamente en la práctica son los que mejor lo hacen. Este reconocimiento como derecho fundamental también está presente en tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile.
No se trata de hacer la revolución bolchevique, se trata de entender que la tremenda desigualdad de nuestro país pasa también por el modelo laboral actual, se trata de reivindicar un sistema de relaciones laborales acorde a los criterios de la OIT. Sólo eso. Sólo se trata de tener una legislación laboral propia de cualquier país que aspira a ser una nación desarrollada, buscando siempre un trabajo decente, pues como dice la OIT, no puede haber crecimiento económico sin equidad.
El problema es que nuestro legislador opta por el reglamentarismo extremo, a diferencia del derecho comparado que opta por un correcto abstencionismo, es así como el legislador chileno establece en la ley cada detalle, procedimiento o situación necesaria para llevar a cabo la huelga, determinando plazos, reglas y medias que favorecen al empleador en desmedro de los trabajadores, haciendo el derecho a huelga irreconocible y vaciándolo de contenido, logrando que este derecho no tenga una eficacia práctica real.
Sin duda lo más reprochable es la posibilidad del empleador de reemplazar a los trabajadores en huelga cumpliendo ciertos requisitos, terminando de destruir este derecho. Por otro lado, no debemos olvidar la lamentable disposición en la Ley de Seguridad del Estado que tipifica como delito la huelga, criminalizando la protesta laboral, criminalización aumentada por los medios de comunicación y amenazas de las autoridades de gobierno de aplicar esta ley agravando los conflictos. Por ende, se debe revisar y reformar prácticamente todo lo relativo al derecho a huelga.
En este análisis general queda demostrado que la legislación laboral heredada de la dictadura está destruyendo a los trabajadores, quienes por sueldos miserables venden sus fuerzas para poder mantener a sus familias. La solución pasa por tener la voluntad política de cambiar lo anteriormente comentado, así se debe reconocer la negociación colectiva y el derecho a huelga de manera amplia, que permita una redistribución de las riquezas y combatir así la desigualdad. En un modelo de relaciones laborales sano, el legislador sólo establece un piso mínimo y se abstiene de regular todo, pues deben ser los trabajadores y empleadores los que fijen las reglas y condiciones que ellos estimen conveniente, ya que son ellos los intervinientes del dialogo social.
Soy escéptico, por lo que no creo que esos cambios vengan desde la clase política, una muestra de aquellos son las mínimas propuestas de la candidata de la Concertación sobre el mundo laboral, considerando que ella lleva la delantera. Es triste ver su nula preocupación por estos temas. Por lo tanto, deben ser los trabajadores y el movimiento sindical los que logren aunar un discurso potente que ponga el tema laboral sobre la mesa, e impulsar las reformas que con urgencia se necesitan.
¡Tranquilos! No se trata de hacer la revolución bolchevique, se trata de entender que la tremenda desigualdad de nuestro país pasa también por el modelo laboral actual, se trata de reivindicar un sistema de relaciones laborales acorde a los criterios de la OIT. Sólo eso. Sólo se trata de tener una legislación laboral propia de cualquier país que aspira a ser una nación desarrollada, buscando siempre un trabajo decente, pues como dice la OIT, no puede haber crecimiento económico sin equidad.
Los contenidos publicados en elquintopoder.cl son de exclusiva responsabilidad de sus respectivos autores.
Te invitamos a conocer nuestras Reglas de Comunidad