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Reforma migratoria con apellido haitiano

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Una de las principales críticas a la anacrónica Ley de Extranjería que data de 1975 y que fue dictada en plena dictadura (Decreto Ley 1.094), es su marcado acento en el paradigma de la seguridad interna y la sospecha hacia el extranjero, por lo cual hay acuerdo transversal en la necesidad de impulsar una nueva legislación para una migración segura, regular y ordenada.

Sin embargo, el anuncio de una Reforma Migratoria hecho por el gobierno de Piñera, que implica medidas administrativas que se harán efectivas en apenas un par de semanas e indicaciones sustitutivas al proyecto de ley de migraciones enviado al Congreso durante su primer gobierno y al propuesto por el gobierno de Bachelet, están dejando más dudas que certezas sobre los principios que la impulsan.

Dado que no tiene mayoría en ninguna de las Cámaras, el Ejecutivo está apostando por gobernar por decreto (como lo hizo en el caso del reglamento del aborto en tres causales), lo que parece un intento por evitar el debate legislativo e implementar a corto plazo medidas populistas celebradas por un sector racista y xenófobo de la sociedad chilena. En efecto, mientras se tramita el proyecto de ley de migraciones, por vía administrativa se exigirá a los haitianos Visa consular de turismo simple desde el 16 abril y Visado para fines humanitarios (para reunificación familiar), que deberá ser solicitada en el Consulado chileno en Haití y entrará en vigor el 2 de julio del presente año.

Discriminación por nacionalidad y raza

El punto más preocupante de la Visa consular de turismo simple para haitianos, es que tiene un sesgo de discriminación por nacionalidad y raza. ¿Por qué si hoy las visas consulares de turismo (para cualquier nacionalidad) son de 90 días, la que se impondrá por decreto desde el 16 de abril específicamente para haitianos, es de 30 días? La haitiana es la quinta comunidad más numerosa en nuestro país (con 73.098) según las cifras actualizadas al 2017 del Ministerio del Interior que se confirmarán con los resultados del Censo durante este año, bastante más lejos de Perú (249.389), que se mantiene como la más numerosa, Colombia (126.981), Bolivia (111.011) y Venezuela 84.586).

Pretender regular la migración haitiana exigiéndoles visa consular antes de venir a Chile, podría incentivar canales irregulares de entrada al país, redes de tráfico y trata de personas, como ya ocurrió con el visado que se le impuso a los dominicanos en el primer gobierno de Piñera: lejos de desincentivar su llegada a Chile, la incrementaron por pasos fronterizos no habilitados en un alarmante 4.550% entre 2012 y 2016; y aumentó en un 600% su expulsión del país. Lo mismo podría ocurrir con las visas consulares a haitianos.

Pretender regular la migración haitiana exigiéndoles visa consular antes de venir a Chile, podría incentivar canales irregulares de entrada al país, redes de tráfico y trata de personas, como ya ocurrió con el visado que se le impuso a los dominicanos en el primer gobierno de Piñera.

Frente al actual situación en que las y los migrantes entraban a Chile como turistas y luego cambiaban su calidad migratoria a residentes al conseguir un trabajo, vía administrativa el Ejecutivo eliminará a partir del 23 de abril del año en curso (apenas 10 días hábiles después del anuncio) la posibilidad de solicitar visado temporario en Chile por motivos laborales (creado en 2015 en reemplazo de visa sujeta a contrato de 1975), que es a la que está afecta el 70% de la población extranjera en el país.

En su reemplazo, se crea la Visa Temporaria de Oportunidades que debe solicitarse fuera de Chile, lo que implica que los extranjeros que quieran venir a trabajar deberán conseguir empleo antes de llegar al país. En definitiva, implica volver al uso de la visa sujeta a contrato de trabajo (de 1975), cuya vigencia depende de mantener el empleo y del vínculo con el empleador, lo que se puede dar para abusos laborales (actualmente un importante porcentaje de reclamos de trabajadores ante la Dirección del Trabajo son de personas migrantes, a los que no se les respeta el contrato de trabajo cuando lo hay o, incluso, no les pagan el sueldo). Que la residencia quede subyugada o sujeta a un contrato de trabajo atenta contra mandatos de tratados internacionales que prohíben condicionar derechos de una persona a un contrato. A lo anterior se suma la alta inestabilidad, precariedad y movilidad del mercado del trabajo chileno, que implica que al perder su empleo, al extranjero también se le complica su proceso para optar a la residencia definitiva.

Cabe recordar que la Convención sobre Protección de los Derechos de todos/as los Trabajadores/as Migratorios/as y de sus Familiares, que fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1990 y entró en vigor en 2003, fue ratificada por Chile en 2005 y ello implica para el Estado la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos consagrados en este instrumento. Asimismo, el Comité de dicha Convención recomendó en 2011 al Estado de Chile la urgencia de la implementación a nivel país de las normas de salud, normas sobre ingreso y permanencia de los niños migrantes en situación irregular en los establecimientos escolares, el efectivo acceso a servicios públicos y a beneficios de la política social.-

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1 Comentario

Sergio Medina

Muy buen articulo