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Política nacional de zonas extremas

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La condición de aislamiento y las menores oportunidades de acceso, a bienes y servicios, de calidad y precio similar al centro del país, son de carácter permanente, no importando quien gobierne

Amigos y amigas, estamos próximos a cumplir un año, desde que el presidente Gabriel Boric, anunciara en la sede de la Junta de vecinos población Santos Mardones de Punta Arenas, una noticia muy anhelada por los habitantes de las zonas extremas del país. En efecto, el 5 de mayo de 2022, y acompañado de vecinos, dirigentes sociales y autoridades comunales y regionales de Magallanes, informó del lanzamiento de una política nacional, de carácter permanente para zonas extremas. De este modo, el presidente avanzaba en el cumplimiento de un compromiso de campaña, con los habitantes de las regiones de Magallanes y antártica chilena, Aysén, Arica Parinacota, y la provincia de Palena.

El ejecutivo recogió el trabajo desarrollado en el plan de zonas extremas PEDZE, iniciado en 2014, durante el gobierno de la presidenta Michelle Bachelet, el cual, por su alcance y profundidad, fue extendido en su vigencia, tanto por el gobierno del presidente Piñera, como por la actual administración. La condición de aislamiento y las menores oportunidades de acceso, a bienes y servicios, de calidad y precio similar al centro del país, son de carácter permanente, no importando quien gobierne. Así lo entendió el presidente Boric, y durante este período, en base al dialogo sostenido con gobiernos regionales y municipios de todo el país, se ha elaborado la política nacional de zonas extremas. El ejecutivo dictó el decreto N° 43 de 25 de enero de 2023, que fija el reglamento de la política nacional de zonas extremas, el cual se encuentra actualmente en tramitación en Contraloría general de la república.

En forma preliminar, ya que aún no se publica en el diario oficial, podemos anticipar que la política nacional de zonas extremas, recoge el avance de los planes de zonas extremas iniciados en 2014, y que se encuentran vigentes hasta diciembre de 2023. Además, incorpora criterios para identificar territorios como zona extrema: Distancia de 1.500 kms. entre la capital regional y la capital nacional. Condiciones territoriales especiales, como Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández. Y territorios que sean parte de los planes de zonas extremas. El propio decreto puntualiza que territorios cumplen con estos criterios, y son considerados como zona extrema en este instrumento: Las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Aysén del General Ibáñez del Campo y de Magallanes y la Antártica Chilena, el Archipiélago de Juan Fernández y la Provincia de Isla de Pascua, como también, la Provincia de Palena y comuna de Cochamó, estas últimas pertenecientes a la región de Los Lagos.

En cuanto a la gobernanza, se establece que el gobierno regional lidera el proceso de formulación e implementación del Plan de Desarrollo. En tanto, los órganos de la Administración del Estado que operen en el territorio de zona extrema, deberán prestar la colaboración que requiera la gobernación regional, dentro del ámbito de sus competencias y atribuciones, para el diseño e implementación del Plan.

Al igual que en la construcción del PEDZE, en la política nacional se incorpora participación ciudadana, y mecanismos de transparencia, para la información adecuada del estado del plan en cada etapa. Se define, asimismo, que una vez cumplidas todas las etapas en la elaboración del plan, la propuesta de Plan de Desarrollo de Zona Extrema, debe ser remitida por el gobernador o gobernadora regional a la Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE). Para este efecto se debe remitir, la cartera de iniciativas, la aprobación del consejo regional y la documentación que formaliza los compromisos financieros o de apoyo técnico de los sectores para su evaluación técnica. La SUBDERE evaluará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento, para la elaboración, contenido y antecedentes del Plan, luego de lo cual aprobará el Plan de Zona Extrema mediante resolución.

Otro elemento fundamental, que la política nacional de zona extrema, incorpora del PEDZE, es la evaluación técnico financiera en el Ministerio de Desarrollo social (MIDESO), el reglamento establece que las iniciativas de inversión pública, ingresadas al sistema nacional de inversiones, deberán evaluarse bajo un enfoque costo eficiencia, hasta la publicación de una nueva metodología que la reemplace. Este factor es muy relevante, ya que, en las zonas extremas, el enfoque tradicional de evaluación costo beneficio, hacía inviables muchos proyectos.

Una innovación incorporada por el reglamento, que se vio como muy necesaria, durante la ejecución del PEDZE, es la posibilidad de modificar la cartera de inversión. Esto es de particular importancia, sobre todo en aquellas iniciativas de inversión de más largo aliento, por cambios en las necesidades que motivaron la iniciativa, o cambios relevantes de la realidad regional. Se podrá efectuar cambios en los siguientes casos:  a) Cuando la iniciativa contenida en la aprobación del Plan de Desarrollo inicial no sea viable técnicamente o exista una mejor alternativa para dar solución al problema que busca abordar. b) Cuando se presente alguna contingencia que obligue a priorizar un elemento adicional al considerado inicialmente por el Plan. En todo caso, los cambios en la cartera deben ser coherentes con los objetivos y metas propuestos en el Plan de Desarrollo, y considerando la disponibilidad presupuestaria según su fuente de financiamiento. Asimismo, los proyectos y/o programas deberán contar con la respectiva recomendación satisfactoria en el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Toda modificación propuesta deberá ser solicitada a la SUBDERE con los antecedentes de respaldo correspondientes.

Se establece la evaluación de los Planes de desarrollo, para medir los resultados y avances, las que efectuará la SUBDERE, en tres momentos. Inicial, para aprobar el plan de desarrollo y su puesta en marcha. Intermedia, al quinto año de ejecución desde la entrada en vigencia del plan, o con el 50% de la ejecución presupuestaria del proyecto. Y una evaluación final, al décimo año de ejecución desde la entrada en vigencia del plan. En esta se identificará logros y resultados, y tendrá por objeto entregar antecedentes para una actualización o un nuevo plan de desarrollo.

El decreto 43 que fija el reglamento de la política nacional de zonas extremas, está en análisis en la división jurídica comité municipal de la CGR. Los habitantes de las zonas extremas, esperamos con ansias, la concreción de esta política permanente, para no depender de la voluntad de los gobiernos de turno, en la decisión de nuestro propio destino.

TAGS: Plan Zonas Extremas

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