#Política

La Nueva Mayoría y el #VotoExterior: Un traje que les quedó grande

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Partiremos haciendo una afirmación que puede resultar incómoda para la coalición política chilena denominada Nueva Mayoría: se equivocan los parlamentarios y el Ejecutivo al pretender que el establecimiento en la Constitución del voto chileno en el extranjero, de la manera en que lo están haciendo, se trata de un avance hacia la consagración de la democracia. Es incómoda la afirmación porque a pocas semanas de la primera cuenta pública de la presidenta Michelle Bachelet, está la necesidad imperiosa de realizar anuncios históricos, en este próximo 21 de mayo. Y aprobar una reforma constitucional que eventualmente habilita por primera vez en la historia de Chile el voto de nuestros compatriotas en el exterior, constituye un apetitoso acto declarativo.

Pero, la incomodidad ocurre también cuando algo que no se quiere que sea visibilizado o debatido, es puesto sobre la mesa para escrutinio de la opinión pública y ciudadana. Y eso invisibilizado, eso que no se quiere decir para no aguar la fiesta, es lo siguiente: La reforma constitucional que promueve el gobierno de la Presidenta Bachelet, no sólo no es un avance, sino que constituye inclusive un retroceso, en términos de los derechos políticos y ciudadanos ¿Por qué señalamos esto? Porque si la Constitución vigente ya reconoce de manera amplia el derecho a sufragio para todas las elecciones, sin importar si se reside en Chile o en el extranjero, la reforma constitucional que promueve el Gobierno reduce -en el mismo texto constitucional- el derecho a sufragio desde el exterior a sólo las elecciones presidenciales, incluyendo plebiscitos y primarias nacionales.

Y esto resulta paradójico. Si la Constitución vigente creada en una dictadura militar, en un contexto antidemocrático, cuya legitimidad se encuentra seriamente cuestionada, establece de manera universal el derecho a voto ¿por qué la coalición oficialista, que sistemáticamente declara tener convicciones democráticas, reduce en la misma Constitución los derechos políticos y ciudadanos? O dicho esto en términos de trámite legislativo ¿por qué pudiendo establecer en una Ley Orgánica Constitucional el tipo de elección y la regulación del derecho a sufragio desde el exterior, decidió dirigirse a la misma Constitución para generar deliberadamente ahí una situación de exclusión política? No se trata de que el Gobierno ignore esta lectura. Diferentes grupos de chilenas y chilenos organizados en el extranjero han señalado en detalle al Gobierno y a los actuales parlamentarios, sobre el problema de este proyecto de reforma Constitucional. Sin embargo, el Ejecutivo ha presentado esta operación legislativa como indeclinable.

En una columna del 12 de abril de 2014 publicada por el diario electrónico El Mostrador, la actual Presidenta del Senado, Sra. Isabel Allende, se refiere a este proyecto de reforma constitucional (Boletín N° 9069-07) sobre el voto chileno en el extranjero, el cual se encuentra ad portas de ser votado por la Cámara de Diputados con indicaciones en sala esta semana y que, de ser aprobado, volverá al Senado para someterlo a nueva votación. La Senadora Allende (co-autora del proyecto) señala que el voto de los chilenos en el extranjero es un derecho fundamental que amplía la democracia, afirmación de la cual no podemos estar más que de acuerdo. Sin embargo, dice que esta iniciativa otorgará el derecho a voto desde el exterior, afirmación que es incorrecta. Lo que no dice la Senadora es que nuestra Constitución Política de la República ya reconoce de manera amplia el derecho a sufragio a quienes cumplan con los requisitos para ser ciudadano, los cuales no tienen nada que ver con la residencia o no en el extranjero. Tampoco dice que una reforma constitucional no es necesaria para garantizar el ejercicio del derecho a voto desde el exterior. Como no se trata de establecer un derecho, porque ya está consagrado, sino que de “acercar la urna” al ciudadano que está en el extranjero, lo que procedía era debatir y trabajar por la aplicabilidad del derecho y no reducir su definición. Tal como lo hemos manifestado desde un principio, para lograr un mayor fortalecimiento de la democracia bastaría con una Ley Orgánica Constitucional –y/o reforma a la actual Ley N°18.700- que regule un sistema de voto desde el extranjero; la manera de ejercerlo; los tipos de elecciones en los cuales se podrá participar; y en caso de consagrar el voto en parlamentarias, zanjar de qué manera los chilenos en el exterior puedan tener un representante propio en ambas cámaras (por ejemplo, establecer una circunscripción y distrito exterior).

Es este debate el que debe darse en torno al objetivo de ampliar nuestra democracia. Lamentablemente, el actual texto en discusión, busca reformar la Constitución y zanjar desde ya el tipo de votación -solo presidenciales, plebiscitos y primarias nacionales, excluyendo las parlamentarias- en que los chilenos en el extranjero podrán votar. Ello es lamentable por varias razones: i) La actual Constitución no distingue el tipo de elección, razón por la cual esta reforma, al incluir expresamente ciertas elecciones y excluir otras, traería una limitación y un retroceso en cuanto al derecho a voto y establecería la exclusión política en el mismo texto constitucional; ii) el actual proyecto –de aprobarse- revela la inconsecuencia de muchos parlamentarios que, en su momento, votaron a favor de proyectos de ley que buscaban consagrar, entre otros, la posibilidad de votar en el extranjero por representantes en el parlamento (Boletín N° 3936-06). Muchos de estos legisladores, que en aquel entonces eran diputados, lo siguen siendo en la actualidad o son senadores en ejercicio; y iii) El actual proyecto de reforma contrariaría diversos Tratados Internacionales, Convenciones y Pactos, ratificados por Chile, actualmente vigentes, entre los que podemos señalar: Convención Americana de Derechos Humanos (art. 23 y 24); Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 25 y 26); Convención Internacional sobre la protección de los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias (art. 41), entre otros.

Lo anterior es posible de ser enmendado. El diputado Giorgio Jackson presentó una indicación, la cual fue rechazada en la Comisión al ser aprobada la indicación del Ejecutivo, aunque podría ser “repuesta” esta semana en Sala. La indicación del diputado Jackson, siguiendo con el espíritu del proyecto original, busca llevar la discusión del tipo de elección a una Ley Orgánica Constitucional –que es lo que corresponde en derecho- y evitar que en la misma Constitución se limite el ejercicio del derecho a voto de los chilenos en el extranjero a cierto tipo de elección, limitación que ha pactado la Nueva Mayoría con la Oposición.

La cuestión acá no es avanzar dos pasos y retroceder tres. Chile y sus ciudadanos (todos independientemente de donde se encuentren) exigen un estándar mucho más alto en el camino de concreción de un real Estado Constitucional y Democrático de Derecho. Hacer lo contrario, sólo nos mantiene con una Constitución –en palabras de Karl Loewenstein- como un traje que nos queda grande, o en algunos casos, como un mero disfraz, pero en ningún caso como debe ser: La Constitución como un traje hecho a la medida.

Si la Constitución vigente creada en una dictadura militar, en un contexto antidemocrático, cuya legitimidad se encuentra seriamente cuestionada, establece de manera universal el derecho a voto ¿por qué la coalición oficialista, que sistemáticamente declara tener convicciones democráticas, reduce en la misma Constitución los derechos políticos y ciudadanos?

Ya no se puede culpar ahora a la derecha, quienes – confundiendo el análisis sobre los derechos con el análisis sobre su aplicabilidad- insisten en imponer un vínculo censitario y antidemocrático al derecho a sufragio desde el exterior. Tampoco puede la Nueva Mayoría aludir a las matemáticas, a la dificultad de constituir los quorums requeridos, para justificar la presentación y aprobación de una reforma constitucional que genera exclusión política. La Nueva Mayoría podría contar con los votos necesarios en el Parlamento para alcanzar una situación de sufragio universal. Sin embargo, el Gobierno se ha empeñado en eludir la discusión de fondo sobre qué tipo de democracia queremos y sobre cómo participarán en ella las chilenas y chilenos en el exterior. La Senadora Isabel Allende, el Gobierno de Michelle Bachelet y la Nueva Mayoría saben que en estas lides influye mucho el diseño comunicacional con que se presente una operación político-legislativa. Decir que las chilenas y chilenos en el exterior podrán votar desde el extranjero en las próximas elecciones presidenciales, es un anuncio realmente sobrecogedor. Nadie puede objetar el impacto de un anuncio de esa índole.

Lo que no dirá el anuncio, en caso de ser aprobada la reforma que promueve el Ejecutivo, es que se establecerá la exclusión política en misma Carta Fundamental. Al establecer que las chilenas y chilenos en el exterior no podrán tener representación en el Parlamento, se supeditan el derecho y la democracia a los intereses particulares de los que disputan por alcanzar o mantener el poder. Los mismos legisladores de la Nueva Mayoría, junto a algunos parlamentarios de la Oposición, desean establecer que sus compatriotas en el exterior no podrán elegir a alguien que los represente en el mismo Parlamento en que ellos operan y dónde deciden los destinos de nuestro país. Buen negocio para los parlamentarios; mal negocio para la democracia. Y maquillar de mala manera mediante una reforma constitucional una operación de exclusión política, sólo servirá para una bonita foto para el discurso del 21 de mayo de la Presidenta. Pero será de aquellas fotos que, pasada la fiesta, luego de los brindis y de la borrachera, ya con la resaca, avergonzarán una vez más por su pequeñez política y por la deslucida imagen de los gestores celebrando el triunfo de la exclusión ciudadana.

Autores:
Gustavo Fuentes Gajardo, abogado (Santiago de Chile)
Oscar Vivallo Urra, psicólogo y politólogo (Berlin, Alemania)
Como respuesta de la Coordinación “Haz tu Voto Volar” a la Sra. Isabel Allende, Presidenta del Senado de la República de Chile.

 

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8 Comentarios

Germán F. Westphal

Quienes hemos participado activamente en el grupo de Facebook por el voto chileno desde el extranjero sin condiciones ni restricciones, siempre denunciamos desde un principio, tan pronto como las senadoras Allende y Alvear presentaron su proyecto de reforma constitucional, lo que hoy se denuncia en esta columna. También indicamos —sin ambigüedades— que lo único que cabía era abortar tal proyecto. Sin embargo nunca se nos hizo caso y se recibió y alabó dicho proyecto como un avance perfeccionable en circunstancias que por su naturaleza de proyecto de reforma constitucional que cercenaba el derecho a sufragio de los ciudadanos chilenos en el exterior no era ni es susceptible de ninguna mejora. Quienes así procedieron son tan responsables del estado actual de trámite del proyecto en cuestión como la coalición que lo impulsa.

https://www.facebook.com/groups/Por.el.voto.chileno.desde.el.extranjero/

Veronica

Interesante , Oscar. ¿ Cuando vuelves?

pamelillus

dice que se está doctorando. Si fue con Becas Chile, está obligado a volver por el doble de tiempo que estuvo fuera. Claro que no sabemos cuando.

La gran mayoría de chilenos en el extranjero es por trabajo o estudios.Ni siquiera quienes están fuera representando al país en alguna embajada como diplomático de carrera podía votar en las condiciones existentes. Los que siguen pegados con lo del 73 y los exiliados, les aviso que los que están fuera desde ese año perdieron la nacionalidad, por lo tanto no podrían votar.

pamelillus

(y que no hayan retornado en los 80 cuando hubo ese retorno)

Javier Merrill

Una vez más, la letra chica y la finta, la mezquindad y el interés personal. ¡Tenemos que refundar el país con una Asamblea Constituyente de verdad! ¡Que tiemblen los egoístas y sinvergüenzas!

Paloma Baño Henríquez

No logro entender (entender, en serio) cuál puede ser el argumento para oponerse a que chilenos en el exterior voten en parlamentarias, si se está aceptando que voten en presidenciales. Entiendo la interpretación de esta columna (que confunden análisis sobre derechos con análisis sobre su aplicabilidad), ¿pero en serio no hay un argumento propiamente tal que respalde ese aspecto del proyecto de ley?
En cuanto a las municipales, asumo que el argumento para excluirlos es que lo que allí se elige son autoridades locales, cuyas decisiones sólo afectan a quienes viven en esa localidad. Si es así, entonces en el mismo envión en que se les niega derecho a voto en municipales a los chilenos que no viven allí debería otorgárseles ese derecho a los extranjeros que sí viven allí. ¿O es muy tonto?

mariogerardo

mariogerardo

El artículo dice «Si la Constitución vigente creada en una dictadura militar, en un contexto antidemocrático, cuya legitimidad se encuentra seriamente cuestionada, establece de manera universal el derecho a voto…» Pregunto, ¿Porqué entonces los chilenos en el extranjero no votan ?

    oscar-gabriel-vivallo-urra

    oscar-gabriel-vivallo-urra

    Porque no se ha reformado la Ley Orgánica Constitucional (de Votaciones Populares y Escrutinios / N° 18.700), para habilitar el ejercicio efectivo del voto ya consagrado en la Constitución vigente.