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Falta de estándares para relacionarnos con los pueblos originarios en contextos políticos complejos: residencia, cárceles y tierra

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En medio de un conflicto que se agudiza día a día, en medio de una pandemia que ha sido implacable con los más necesitados de nuestro país, las autoridades han mostrado un desconocimiento inusitado respecto a la filosofía indígena, y con esto, se ha socavado cualquier intención de avanzar en la resolución pacifica del conflicto que existe en la Araucanía con los mapuches. Esto era evidente de parte del ejecutivo, pero en los últimos días se ha unido el legislador, que ya tiene un historial de intervenciones lamentables en temas indígenas, y el poder judicial, cuyos jueces han desconocido tratados internacionales de Derechos Humanos respecto a los pueblos originarios, que están ratificados por Chile y se encuentran vigentes. El problema de las últimas declaraciones de las autoridades radica en entender ¿cuál es la relación de los pueblos originarios con sus tierras?

El machi, Celestino Córdoba, presentó una acción de amparo para poder cumplir su condena en su Rewe, lugar sagrado de unión de lo terrenal y lo divino. No está pidiendo ser absuelto, pide poder cumplir su condena en el lugar sagrado en el cual él cumple su función religiosa/espiritual como machi. Esta solicitud fue rechazada en primera instancia y recurrida ante la Corte Suprema, quien con fecha 13 de agosto de 2020 ha confirmado dicha negativa. Esto no sería problemático, si no fuese por el hecho que la Corte Suprema en su (falta de) argumentación no utiliza el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo que establece normativa específica sobre los Pueblos Indígenas y Tribales, con respecto a las penas que deben cumplir, instando para tener en cuenta las características propias de dichos pueblos y que ojalá dichas penas no sean privativas de libertad. El voto de mayoría, solo se queda en consideraciones de tipo procesales o de forma, que nada dicen respecto a la petición de fondo. La prevención, voto que está de acuerdo con la negativa, pero por motivos distintos, usa la normativa internacional, haciendo una apreciación jurídica incorrecta al señalar que el machi está detenido “cerca de su lugar habitual de residencia” y con eso no hay ninguna vulneración a sus derechos. Solo el voto en contra del ministro Brahm toma en cuenta las diferencias culturales, en cuanto se le deje visitar el rewe por 48 horas, entendiendo las normas internacionales aplicable al caso, aun cuando sea por un periodo corto de tiempo y no por toda la condena., lo que también podría ser discutible, pero al menos es un paso adelante.

A la luz de este fallo, un grupo de legisladores plantearon al ejecutivo crear cárceles que solo reciban personas pertenecientes a los pueblos originarios con espacios especiales para que la celebración de ritos y festividades. ¿sería esto suficiente para cumplir el Convenio y satisfacer la relación de los indígenas con la tierra? Las diferentes filosofías indígenas de Chile y del mundo plantean una relación del individuo y el grupo intrínseca con el lugar en el que viven, la tierra y el ser humano son vistos como un solo ente que se nutre de esta dualidad. Instalar una cárcel en cualquier lugar del sur, centro o norte de Chile, o cumplir condena “cerca del lugar de residencia” no resuelve el problema de la pertenencia a la tierra y las implicancias que tiene para los pueblos originarios.

Por estas decisiones y propuestas, queda de manifiesto que nuestras autoridades, y población no indígena en general, deben hacer un esfuerzo por entender las condiciones culturales, sociales y políticas que son distintas en los pueblos originarios. En particular, entender que la relación con sus tierras, no cualquier tierra, es sagrada, en una relación de unicidad y trascendencia que es difícil de entender para quienes no somos indígenas. Las autoridades tienen el deber de educarse desde el desprejuicio para poder crear políticas públicas que se ajusten a la realidad nacional, incluyendo la filosofía indígena, como parte integrante de nuestra identidad como chilenos y chilenas. Es de esperar que el acuerdo reciente alcanzado entre el machi y el ejecutivo abra un camino para lograr este entendimiento.

Queda de manifiesto que nuestras autoridades, y población no indígena en general, deben hacer un esfuerzo por entender las condiciones culturales, sociales y políticas que son distintas en los pueblos originarios

Por Katherine Becerra Valdivia

Abogada y Doctora en Ciencia Política por la Universidad de Missouri

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