De los dos principios enunciados en el artículo anterior acerca de la concepción de justicia de John Rawls, es decir, el principio de la igualdad de oportunidades, y el principio de la diferencia, será este último el que vamos a indagar acá.
El principio de igualdad de oportunidades
[texto_destacado]Establece que es injusto que una persona nacida en una cuna y en un medio determinado, tenga más posibilidades de vivir una mejor vida que otra nacida bajo otras circunstancias. En ese mismo sentido, que la vida de una persona quede determinada incluso antes de nacer por poseer determinadas capacidades innatas como ser bonito o feo, blanco o de color, perteneciente a un pueblo originario o descender de colonos europeos, etc. son todas ellas circunstancias ajenas a la que una persona podría tener por destino.
Por consiguiente, para evitar que sean esas las circunstancias que determinen las condiciones de vida de una persona, la concepción de justicia de Rawls iguala las condiciones de partida, alineando a las instituciones para que garanticen que las personas puedan lograr satisfacer sus expectativas y proyectos de vida y no depender de “la lotería social”, según el término en usanza de la época.
El principio de la diferencia
El segundo principio, el de la diferencia, se deriva del reconocimiento de que una sociedad justa no es una donde todos tienen exactamente lo mismo, sino una donde cualquier desigualdad es aceptada solo si mejora la situación de los más desfavorecidos, siendo estos últimos aquellos carentes de poder económico, marginados socialmente y sin influencias políticas. O sea, aquellos que bajo ningún concepto podrían entrar al pervertido círculo de los Hermosilla.
Por otra parte, aunque comparte algunas similitudes con la concepción meritocrática de la sociedad, en cuanto a que todos deben tener las mismas oportunidades para desplegar sus talentos y su impulso emprendedor, se distancia de aquella, en cuanto a que, para la concepción meritocrática, las desigualdades se ven como una consecuencia natural, ignorando las circunstancias sociales y económicas que determinan si las personas podrán o no realizar sus proyectos de vida.
Rawls, en cambio, se centra en la justicia distributiva y argumenta que los principios de justicia sobre los que sostiene su teoría “nos proporcionan una vía para asignar derechos y deberes en las instituciones básicas de la sociedad y definen qué distribución de beneficios y qué cargas en la cooperación social son adecuadas”.
Rawls en la escena contemporánea
Aunque desde sectores de izquierda se criticó el principio de la diferencia, por considerar que solo aplicaba los principios de justicia a la estructura básica de la sociedad, o desde el naciente feminismo, que señalaba la falta de atención a la institución de la familia como origen de la explotación de las mujeres; o que se enfocaba únicamente en «las cosas buenas», todas estas cuestiones han sido objeto de amplios debates en el seno del progresismo y la izquierda. Temas de debate que, en especial al tratarse de la igualdad, vienen desde antes la Revolución Francesa, y se prolongan hasta hoy.
En términos gruesos, el Estado de Bienestar o Estado Social Democrático de Derecho, por su universalidad, es la forma de organización social, política y jurídica que mejor responde a los desafíos que tiene planteados el Chile de hoy
Sin embargo, el devenir histórico ha inclinado la balanza a favor de quienes promovemos cambios y transformaciones estructurales en estricto apego a la democracia y al pluralismo político, siguiendo el legado del Presidente Salvador Allende. Planteamiento que significa una ruptura total y completa con aquella concepción de la política que, desde la izquierda, continua justificando -por “razones de Estado” – las violaciones a los derechos humanos, y no reconocer, como Maduro, la soberanía popular como una de los pilares fundantes de todo régimen democrático. Aunque duela y no nos guste su resultado.
No obstante el debate, las críticas del neoliberalismo, personificadas en Robert Nozick, no tardaron en aparecer. En su crítica al trabajo de Rawls, Nozick defiende uno de los fundamentos que, con el pasar de los años, han pasado a ser de los más nefastos de la ideología neoliberal. Esto es, negar que la sociedad sea un ente colectivo, sino una agregación de individuos con sus propias metas y planes de vida regulados por el mercado según su bolsillo. Enseguida, y como consecuencia lógica ha sido el propiciar un Estado mínimo al considerar que no es su función redistribuir recursos para alcanzar objetivos como el de la justicia social. Ideas que en su momento le valieron la admiración de la Thatcher y Reagan.
En teoría, y siguiendo con el razonamiento de los ideólogos del neoliberalismo, entre ellos Nozick y antes que él, Hayek, un mercado libre sin interferencias estatales podría garantizar ciertos derechos sociales a través de la competencia, la filantropía y la Responsabilidad Social Empresarial-RSE.
Rol del Estado, en la práctica
Sin embargo, la realidad ha demostrado que, aun en el mejor de los casos, es decir, que se dieran todas las condiciones para que la competencia fuera efectiva, la colusión y el abuso controlados y la RSE por su parte fuera factor que contribuyera a disminuir los niveles de desigualdad, nada de ello podría reemplazar al Estado como garante de derechos sociales: ninguna tiene la misma capacidad para garantizar la universalidad, la equidad y la suficiencia en la provisión de derechos independientemente de la situación económica de cada quien. Obviamente que, en su forma actual, el Estado subsidiario de Chile carece de capacidades de garantizarlos.
En términos gruesos, el Estado de Bienestar o Estado Social Democrático de Derecho, por su universalidad, es la forma de organización social, política y jurídica que mejor responde a los desafíos que tiene planteados el Chile de hoy. Desde el punto de vista de su formulación política, tendrá que tomar en cuenta el hecho que, el Estado-nación, en su conformación histórica, ha generado particularidades o diferencias en grupos específicos de la sociedad que será necesario considerar.
En efecto, aunque las soluciones universales, como aquellas en salud, educación y pensiones dignas, son un paso crucial a conquistar -junto con asegurar servicios básicos públicos como el agua para consumo humano y la electricidad- aun así podrían persistir desigualdades vinculadas a factores étnicos, religiosos y culturales. Otras reivindicaciones tales como las reivindicaciones de los movimientos feministas y ecologistas, forman parte de lo anterior.
En ese particular sentido, Rawls aporta una clara visión de compromiso con la justicia social y la democracia y puede, consiguientemente, ser rescatada para la construcción de un proyecto político país fundado en el respeto y defensa inclaudicable de los derechos humanos. El principio de la diferencia algo tendrá que decir en esa perspectiva.
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