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Adopción igualitaria en Colombia vs Adopción discriminatoria en Chile

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En Colombia la Corte Constitucional estableció con una votación de 6 contra 2 que la identidad  sexual del adoptante no es un impedimento para que las personas puedan adoptar a un niño, niña, niñe o adolescente. Según el diario digital Semana  esto es una conquista importante para las parejas homosexuales. Sin duda es un tremendo logro, pero yo iría más allá y me atrevería a decir que este logro es sumamente importante para toda la sociedad. Hoy, la sociedad colombiana es más humana, ya que las familias que no necesariamente adoptan por la incapacidad de tener hijos, sino que por el amor que involucra tomar una decisión tan hermosa como es formar familia a través de la adopción ya no tienen prohibición de hacerlo.


¡Felicitaciones a Colombia por estar aún más cerca de la Igualdad plena! Aquí en Chile aún es un trayecto largo y bloqueado por un conservadurismo que solo le sirve al sector prejuicioso de la clase política de nuestro país y a la población más prejuiciosa de nuestra sociedad, pero el llamado es a no bajar los brazos porque es una lucha que todxs debemos dar para lograr plena igualdad en el futuro.

Como familia estamos increíblemente felices por el avance en Colombia, pero a la vez vivimos en un país que aún no trabaja para erradicar la discriminación en todas sus formas y nos prohíbe la doble maternidad o paternidad, resultando en la prohibición de reconocer a nuestros hijos(as), de adoptar por convivientes civiles, en proteger los derechos filiales de nuestros hijos(as) en común, en tener acceso a contraer matrimonio, más grave aún el Estado le niega a muchísimas personas el derecho a su identidad de género por la vía administrativa y en lo laboral existe una desigualdad que pesa sobre las personas LGBTI. Por estas razones no podemos dejar de tener un pensamiento crítico con la situación chilena con respecto a los Derechos Humanos Universales y que cada vez que vemos al mundo avanzar, nos preguntamos ¿y en Chile cuándo?

En Chile las cosas no funcionan de la misma manera que en Colombia, en Estados Unidos o en otros países donde existen cortes como la Constitucional o la Suprema que pudiesen realizar votaciones que podrían llegar a cambiar la desigualdad en que vivimos. Solo dependemos de la voluntad política de nuestros legisladores a trabajar en base al principio de la Igualdad y la No Discriminación de la Convención sobre los Derechos del Niñx, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que nuestra legislación cumpla con el 1° artículo de la Constitución chilena, porque en lo concreto, no nacemos libres e iguales en dignidad y derechos.

Por primera este año vimos una pequeña luz al ver que la Corte Suprema chilena se pronunció sobre la ausencia de los convivientes civiles que contraen el Acuerdo de Unión Civil en el proyecto de ley de Adopción. Ahora que la corte haya elaborado este informe es positivo, pero ¿será conducente a que los parlamentarios trabajen de una manera más responsable con respecto a los derechos equitativos de los niñxs esperando ser adoptados y de los adoptantes idóneos y aptos para ser padres o madres? ¿Hará que nuestros parlamentarios decidan hacer lo correcto y erradiquen la discriminación arbitraria en la elaboración de nuestras futuras leyes?

Lo pongo en duda porque hay que analizar bien los hechos en lo concreto, porque a pesar de existir la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado Chileno en el caso Átala Riffo e hijas vs el Estado de Chile, el cual obliga al Estado a modificar y a elaborar leyes no discriminadoras, vemos como en la práctica el Estado NO cumple con dicho fallo.

Se ve el incumplimiento en la exclusión de convivientes civiles en las indicaciones del ejecutivo en el proyecto de ley reforma a la Adopción,  se ve en el concepto cerrado de familia encontrado en el proyecto de ley del Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez. Está más que claro como en la ley Acuerdo Unión Civil la Co-madre y el Co-padre LGBTI  no se garantizan los derechos a los hijos a permanecer en sus familias homo-lesbo-transparentales en el caso del fallecimiento o la inhabilitación del padre o la madre biológico(a) sino que queda al criterio de un juez elegir entre la Co-Madre/Co-Padre y los familiares consanguíneos de la madre o padre biológica(o).

A todas luces estos hechos demuestran lo contrario a la igualdad plena y si bien el único premio de consuelo, es siempre decir que el Acuerdo Unión Civil es un paso o es un avance, sin quitarle mérito tengo que decir que duele bastante en lo concreto, no vivir en un país donde exista plena igualdad y libertad para todos, todas y todes.

¡Felicitaciones a Colombia por estar aún más cerca de la Igualdad plena! Aquí en Chile aún es un trayecto largo y  bloqueado por un conservadurismo que solo le sirve al sector prejuicioso de la clase política de nuestro país y a la población más prejuiciosa de nuestra sociedad, pero el llamado es a no bajar los brazos porque es una lucha que todxs debemos dar para lograr plena igualdad en el futuro.

TAGS: #Adopción AUC Ley de adopción

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