Por estos días en los Municipios de Chile se lleva a cabo la discusión del Presupuesto Municipal 2019. De manera general podemos definir el Presupuesto Municipal como un instrumento de estimación financiera de los ingresos y gastos de un municipio para un año, compatibilizando los recursos con los objetivos establecidos.
La Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 5 literal b), que una de las atribuciones esenciales de las municipalidades para el cumplimiento de sus funciones es “Elaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto municipal”. Junto con lo anterior esta Ley indica en su artículo 6 que el presupuesto municipal anual es uno de los cinco (5) instrumentos con los que debe contar la gestión municipal.
Este presupuesto, en donde la Secretaría Comunal de Planificación tiene un rol fundamental en su elaboración, deberá presentarse al Concejo el Presupuesto Municipal por parte del Alcalde (art. 56), debiendo el alcalde requerir acuerdo del Concejo para aprobar el Presupuesto municipal y sus modificaciones (art. 65, a).
El pronunciamiento del Concejo Municipal sobre la aprobación del Presupuesto Municipal se realiza siguiendo lo establecido en el artículo 82 literal a) de la LOC de Municipalidades:
“a) El alcalde, en la primera semana de octubre, someterá a consideración del concejo las orientaciones globales del municipio, el presupuesto municipal y el programa anual, con sus metas y líneas de acción. En las orientaciones globales, se incluirán el plan comunal de desarrollo y sus modificaciones, el plan comunal de seguridad pública y sus actualizaciones, las políticas de servicios municipales, como, asimismo, las políticas y proyectos de inversión. El concejo deberá pronunciarse sobre todas estas materias antes del 15 de diciembre, luego de evacuadas las consultas por el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, cuando corresponda.” (Art. 82 a, LOC 18.695)
La Ciudadanía: La gran ausente en la discusión
La ciudadanía debe tener mayores espacios de información y de participación durante el proceso de discusión y aprobación del Presupuesto Municipal
Si bien la normativa vigente contempla un pronunciamiento del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC), en rigor, durante el proceso de aprobación del Presupuesto Municipal no existen espacios para que la ciudadanía se informe al respecto, o bien para que la ciudadanía pueda consultar, sugerir o presentar observaciones tanto al contenido mismo de la propuesta de Presupuesto, como al proceso mismo de aprobación.
Me parece entonces que la ciudadanía debe tener mayores espacios de información y de participación durante el proceso de discusión y aprobación del Presupuesto Municipal, por ello propongo cuatro (4) acciones:
Son cuatro medidas simples que no requieren modificación legal alguna, sino que requieren de una voluntad política orientada a aumentar los niveles de información, de participación ciudadana y de transparencia, en un proceso vital para el Desarrollo Comunal: La definición del Presupuesto.
Los contenidos publicados en elquintopoder.cl son de exclusiva responsabilidad de sus respectivos autores.
Te invitamos a conocer nuestras Reglas de Comunidad