En un lugar del Maule, de cuyo nombre no me acuerdo, se intentó una vez tomar en serio a los habitantes de una comarca que se situaba muy, pero muy cerca de un centro de eventos musicales, con baile y venta de alcohol. La responsabilidad de la autoridad de la comarca era someter a la consideración de un concejo de representantes elegidos por el voto popular la renovación de la patente que habilita a ese centro y a cualquier otro similar a funcionar. De esa forma se producía la discusión cada seis meses en ese concejo y lo habitual es que se renovaran todas las patentes a todos los locales.
Para poder renovar, se exigía un informe favorable de la unidad respectiva municipal, denominada de patentes, en cuanto al comportamiento general del local que fuera, en cuanto a sus compromisos con la municipalidad y su impacto en el entorno. Sucedió entonces que en esta comarca hubo cartas de agrupaciones de vecinos y vecinas que ponían en evidencia su descontento con el centro de eventos. Sus niños no podían dormir por el ruido, sus mujeres se sentían inseguras porque además de los eventos esto implicaba una gran afluencia de público, movimiento de vehículos estacionados por todo el sector, líos a la salida de los eventos. Bastaba un evento masivo anunciado para llenarse de incertidumbre y temor, para todas y todos esos vecinos de alrededor. No había paz en la comarca, ni siquiera había voluntad de poder conversar con los dueños del centro de eventos o para creer en sus medidas paliatorias.
Cuando el concejo municipal tuvo que evaluar esta situación, se reunieron con ambas partes, es decir, los dueños del local y su equipo, los vecinos y vecinas afectados por el impacto de los eventos musicales. Llamaron también a la policía para que cuente su versión, pero no concurrieron. Asistieron también los SEREMI del medio ambiente y salud y en otros momentos dialogaron con la unidad jurídica de la municipalidad. La empresa ofreció medidas de control de ruidos, presentó un proyecto que decían sería efectivo para bajar los decibeles y estar dentro de la norma ambiental. Se recabaron hartos antecedentes y finalmente la votación estuvo muy reñida: cinco votos a favor de renovar la patente y cinco en contra. El alcalde de la comarca apoyó al centro de eventos y fue aprobada por tanto la renovación por un voto de diferencia.¿Cuál es la subjetividad y la objetividad en el juicio de una o un concejal, ante hechos y qué tan documentados están esos hechos para esgrimirlos como razón, de manera que un tribunal de justicia los estime o desestime ante la eventual reclamación del local afectado?
Para el siguiente semestre tocaba la misma discusión, pero esta vez se sumaron algunos antecedentes más. Como por ejemplo, que el proyecto de mitigación de ruido fue rechazado por la Super intendencia medio ambiental. Así mismo la misma institución inició un proceso sancionatorio porque en una medición oficial realizada en el terreno estaba efectivamente sobrepasada la norma de ruidos.
Entonces los argumentos a favor y en contra de renovar la patente al local giraban en torno a si había una razón de peso, comprobable, verificable y definitiva para rechazar o aprobar por segunda vez una patente a lo menos, polémica. ¿Cuál es la subjetividad y la objetividad en el juicio de una o un concejal, ante hechos y qué tan documentados están esos hechos para esgrimirlos como razón, de manera que un tribunal de justicia los estime o desestime ante la eventual reclamación del local afectado? La misma reclamación ante la justicia se puede entender desde los vecinos y vecinas de la comarca si es que se sienten afectados por la aprobación de la patente.
Se realizaron tres votaciones. En la primera no concurrió el alcalde. De diez concejales, dos votaron a favor de la renovación, tres se abstuvieron y cinco votaron en contra. Los mismos cinco de la vez anterior. Un alto funcionario de la Municipalidad proclamó el rechazo de esta patente y así lo entendió también el dueño del local que decidió iniciar la acción judicial de presentar un recurso de protección contra la Municipalidad de la comarca, su Alcalde y el concejo municipal. Sin embargo el caso tuvo un vuelco, porque la unidad jurídica señaló que en la primera votación no se habían logrado los seis votos del rechazo. Es decir la mayoría se lograba con seis y no con cinco votos por lo tanto, había que repetir la votación. Fue convocado el concejo nuevamente y se obtuvo la misma votación, pero con un voto más favorable a la renovación, el voto del alcalde que esta vez sí concurrió.
La municipalidad había hecho a partir de dudas en la primera votación una consulta a la Contraloría Regional, para saber qué criterio debía preponderar en un caso como este, donde se manifiestan votos a favor y en contra, más abstenciones pero nadie obtiene mayoría según el quórum. Había dos interpretaciones bien respaldadas: Una, que al no haber mayoría y al haber pasado un tiempo determinado se podía entender que el concejo municipal no manifestaba voluntad de aprobar o desaprobar y por lo tanto la propuesta de renovación de patente se daba por aprobación tácita y la otra, que sí se consideraba un pronunciamiento del concejo y su voluntad del momento que existe la votación, por lo que no cabe aplicar la aprobación tácita y por tanto la patente se entiende como rechazada.
Por eso fue necesaria realizar la tercera votación, a juicio de la municipalidad, porque tenían la respuesta de la contraloría proclive a la segunda interpretación, así que se repitió la votación, quizás en la expectativa que cambiara la relación de fuerzas pero se obtuvo otra vez el mismo resultado y por lo tanto con esa segunda interpretación el alcalde respondió a la pregunta de una de las concejalas, porque no se estaba proclamando el resultado y lo que más hacía falta en este caso era una claridad: La patente se entiende por rechazada.
Lo más insólito es que además del recurso de protección interpuesto por la empresa que estaba en curso, la empresa interpuso una demanda civil contra todos y cada uno de los concejales que rechazaron la patente.
¿Cómo quedará la votación de ese concejo municipal en aquella comarca para futuras decisiones como esta, después de la doble judicialización ocurrida tras estos tensos debates por aprobar o rechazar esta patente? Es la pregunta para cualquier democracia local que se precie de tal.
Comentarios
25 de octubre
Creo que la ley de alcoholes tiene muchas mas complejidades que las descritas, como por ejemplo saber qué tipo de patente (giro autorizado) es la que se estaba sometiendo a renovación. De igual manera, la ley de alcoholes siempre se interpreta de manera restrictiva, entendiendo el impacto que tiene la venta de alcohol en la salud de los vecinos y vecinas de las distintas comarcas, mas allá del «beneficio» económico que un lugar de esparcimiento (con venta de alcohol) puede generar en una comuna. Del texto desprendo que el titular de la patente no terminó de mitigar los efectos que generaba su actividad comercial (y de venta de alcohol).
Ante lo descrito sobre el Concejo, me queda la impresión que la democracia en contextos rurales es super frágil y los votos, abstenciones (y presiones) son mucho mas influenciables que en el ámbito urbano.
Creo que las distintas democracias locales se deben a sus vecinas y vecinos, procurando tener un ambiente libre de contaminación, la legislación permite que se creen normativas que regulen su territorio. La ley de alcoholes permite tal facultad a los concejos. Espero que la democracia aparezca en la mencionada comarca y logren resolver dicha controversia con mayor deliberación.
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27 de octubre
A los habitantes del Maule y otras comarcas de Chile se les propuso cambiar la constitución para que los derechos de los ciudadanos estuvieran por sobre los del empresario inescrupuloso, RECHAZARON. Así que ya se resolvió el problema, que siga el baile. El empresario es sagrado y si interpuso una demanda civil contra todos y cada uno de los concejales que rechazaron la patente, está en su derecho.
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17 de mayo
Triste, pero cierto