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Medio Ambiente y #ProcesoConstituyente, un hecho político puro y duro

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Revisando la sistematización de los Encuentros Locales Autoconvocados  (ELA) y la participación que tuvieron las personas que se pronunciaron de forma individual en las plataformas institucionales virtuales gestionadas por el gobierno, existen unos resultados determinantes a propósito de la problemática medioambiental.

Recordando los ejes que se utilizaron para organizar el debate grupal e individual, se observa cómo la variable ambiental aparece entre las primeras diez prioridades. En el ELA como en la participación individual se colige lo siguiente: en la variable Principios y Valores aparece priorizado en el segundo y cuarto lugar, respectivamente; en Derechos, aparece priorizado en el sexto y séptimo lugar respectivamente; y en Deberes y Responsabilidades aparece priorizado en el primer lugar en ambos momentos (ELA y el personal).

Más allá de los legítimos cuestionamientos que tiene la metodología utilizada para detonar la participación ciudadana que permite el Proceso Constituyente, que se puede relacionar con cómo los distintos grupos o personas que participaron estaban en una actitud ‘hasta activista’ debatiendo el tema (más el número acotado de participación), lo que queda en la retina, es que la cuestión medioambiental ya no puede ser entendida como un mero accesorio discursivo de un proceso de desarrollo económico productivo, sino que como una categoría central de la cosa pública. El que aparezca tan priorizado en las tres categorías/variables indicadas, consolida la idea de que una democracia es más democracia en la medida que es capaz de entender en profundidad el componente ambiental.

El dato importa, ya que no es una cuestión incumbente solo de ricos filántropos ecologistas o integrantes de un acotado grupo que peyorativamente se le ha indicado redset, o bien de conspiradores que promueven el respeto al medio ambiente como estrategia de contención del desarrollo de los territorios que se ubican en las periferias del sistema económico, en este caso concreto, Chile. Es una cuestión sentida por más gente.

Por lo tanto, se puede inferir que el modelo de desarrollo extractivista/neoextractivista junto con el sistema político, reaccionarán para responder ¿prospectivamente? ante este dato. Debiese implicar gestión de nuevas normas, fiscalización y sanción acorde con los estándares que estaría imponiendo una ciudadanía (o muestra de ciudadana, en lenguaje estadístico) que participa.

La cuestión medioambiental ya no puede ser entendida como un mero accesorio discursivo de un proceso de desarrollo económico productivo, sino que como una categoría central de la cosa pública.

Capciosamente, se podría afirmar que el Proceso Constituyente, emula una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) nacional, actualmente contemplada en el ordenamiento institucional ambiental como sinónimo de inclusión de la dimensión, a propósito de la mejor gestión del medio ambiente en vínculo con la sociedad civil, que por supuesto involucra a los gestores privados sean nacionales o (trans) internacionales, como también para el diseño de la política pública, se espera, a interescala. Unas reacciones ¿podrían ser profundizar en los principios de equidad territorial y justicia ambiental; también transitar de la nomenclatura daño ambiental a la de delito ambiental sin más complejos; y por último resignificar en profundidad los conceptos de mitigación y compensación ambiental, transparentando participativamente sus diseños institucionales y ejecución concreta?

Si antes la cuestión medioambiental era considerada como un hecho político que se traducía en la conflictividad socioambiental, los primeros resultados de esta consulta ciudadana nacional, enmarcada en el proceso constituyente, viene a consolidar la constatación… no considerarla como tal, es un error, entre otros, POLÍTICO.

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