Constituye este el segundo de tres comentarios que publicaremos de forma continuada, siendo cada uno de ellos, autónomos en su contenido. El primero ha formulado lo que entendemos como el sesgo estructural de la política ambiental actual, este segundo facilita una justificación de porque la naturaleza no puede constituir el objeto de política de la política ambiental, y finalmente el tercero introducirá lo que entendemos constituye el verdadero objeto de la política ambiental que son las relaciones socio ambientales.
Según se argumentaba en el primer comentario, revisando el paradigma de la política ambiental, ésta ha estado caracterizada por perseguir objetivos, que son más bien problemas y estrategias políticas cuya virtualidad como soluciones positivas de esos problemas nadie conoce.
El origen de esta distorsión tiene varias causas. Ya vimos una, la modalidad en la cual es descrito el supuesto problema de política, como una crisis existencial para la humanidad. Pero a su vez, esta misma se puede retrotraer a una razón más compleja, a saber, la propia definición del objeto de política de la política ambiental, y la serie de disfunciones conceptuales que ello ha significado.
Entendemos en este contexto el objeto de política como el ámbito de la realidad, como ésta se defina, que la política pretende influenciar mediante su acción. Así, podemos decir que el ámbito de política de la política educacional podría definirse como el nivel de formación reglada de algún tipo de que dispone la población del país. En ese caso esa sería “la realidad” que la política educacional desea modificar en algún sentido.
Ahora bien, para ese ámbito de política es para el cual nos planteamos, en primer lugar, propósitos, es decir aspiraciones relativas al modo que nos gustaría ver esos ámbitos de realidad en el futuro, y en segundo lugar, objetivos, logros que creemos que podemos alcanzar en ese ámbito en un determinado plazo de acción, y que de alguna forma nos acercan a esas aspiraciones.
La diferencia entre ambas no es baladí, pues las aspiraciones reflejan, al dar cuenta de nuestra ambición, nuestros valores en lo que a ese ámbito de realidad respecta, y constituyen así grandes guías para la acción. En cambio los objetivos constituyen logros muy bien medidos que reflejan lo que pensamos que podemos alcanzar materialmente en un plazo determinado y que como tal constituyen una guía muy operativa para la acción. Sin las primeras nos pondríamos objetivos carentes de perspectiva y sin los segundos actuaríamos sin una guía operativa precisa.
Si nos preguntamos por el ámbito de política de la política ambiental, es decir, por esa realidad o estado de cosas material que la política pretende influenciar, modificar, lo que tendemos a pensar es que el objeto de la política ambiental es la naturaleza, o el medio ambiente, entendido como aquello que es el entorno natural de la sociedad y el hombre. Y aquí es donde se encuentra el meollo de la distorsión de que hemos venido hablando, porque la naturaleza como tal, no es el objeto de política de la política ambiental. Con esto queremos decir que el estado de la naturaleza no puede ser el objeto de la política ambiental.
Dos razones simples nos llevan a afirmar esto. La primera razón, es de naturaleza conceptual y tiene que ver con lo que diferencia las políticas de otros ámbitos de expresión humana, y es que son de naturaleza instrumental. Con esto queremos decir que son herramientas para canalizar la acción social para el logro de una modificación efectiva de estados de cosas, y en eso se diferencian de otras formas de expresión, como la ciencia o la literatura, que no son instrumentos explícitos de modificación de ningún estado de cosas, por mucho que puedan aspirar a que ello ocurra.
Las políticas públicas no son sólo herramientas de expresión de aspiraciones, sino de opciones concretas de modificación de realidades, sean o no exitosas en el empeño. Las políticas públicas no están para soñar, aunque sueños puedan alimentarlas. Las políticas públicas están para transformar, modificar, alterar, estados de cosas, en general indeseados, en un sentido en que la sociedad piensa es mejor. Esa es su función social.
En este sentido una condición sine qua non del objeto de política de una política pública es que pueda ser modulado por la volición social del caso mediante la política pública. Así la política pública puede pensarse como un actor capaz de modelar su objeto de política. Si el objeto de política no pudiese ser pensado como una totalidad modelable, es decir, sujeta a la volición social, entonces, no podría concebirse futuro ninguno para su objeto de política, y sin este, no hay política como tal, pues no sabríamos qué estamos modificando, alterando, en definitiva no sabríamos para que estamos haciendo lo que hacemos con la política pública.
Las políticas públicas solo son eficientes para objetos de política que puedan ser pensados totalizadoramente como sujetos de la volición social mediante la acción de la política pública, es decir, son eficientes para ámbitos de realidad que puedan ser pensados justamente como objetos. En este sentido no hay política pública posible que pueda modelar lo natural, ni todo “lo natural”, ni partes de eso, de acuerdo a algún tipo de volición social. La naturaleza no puede ser el objeto de la política ambiental.
Por tanto, las políticas públicas solo son eficientes para objetos de política que puedan ser pensados totalizadoramente como sujetos de la volición social mediante la acción de la política pública, es decir, son eficientes para ámbitos de realidad que puedan ser pensados justamente como objetos.
Esto significa que la “realidad” como tal difícilmente puede ser el objeto de una política pública, para ello se debe ir acotando esa “realidad” hasta definir un ámbito que pueda ser pensado como un objeto que puede ser sujeto de modelación de acuerdo a una volición social dada.
Una vez explicado esto resulta obvio que “la naturaleza” o “el medio ambiente” no pueden constituir el objeto de la política ambiental. El estado de cosas de todo lo que podamos definir como “lo natural” difícilmente puede ser sujeto de modelación totalizadora acorde a la volición social vehiculizada por una política pública o cualquier otro instrumento.
En otras palabras no hay política pública posible que pueda modelar lo natural”, ni todo “lo natural”, ni partes de eso, de acuerdo a algún tipo de volición social. La naturaleza no puede ser el objeto de la política ambiental. Esto es tan evidente como que ninguna política ambiental en el mundo se puede hacer responsable por el estado de la naturaleza que es de su “competencia”.
Esto no niega que el estado de la naturaleza detone la política ambiental, pero eso es otra cosa.
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Foto: Santiago Schroeder / Licencia CC
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Hernán Durán
Rodrigo,
En los medio en que me ha tocado actuar la naturaleza siempre ha sido considerada como parte del medio ambiente, pero no su totalidad, pues normalmente se habla del medio ambiente natural y construido. es cierto que con esa afirmación estamos hablando de TODO. Pero en realidad, desde el punto de vista ambiental, interesa lo construido en sus relaciones con la naturaleza.
No pretendo, ni osaría hacerlo, cuestionar tu reflexión, simplemente de doy una opinión de alguien que está en la práctica más que en la teoría.
HernanDuran
Estaremos expectantes con la tercera parte.