Se conoció ya la propuesta al Capítulo sobre Medio Ambiente de la Comisión Experta del Consejo Constitucional. Del espacio “técnico” que preparará las bases sobre las cuales se deberán pronunciar los 50 consejeros y consejeras que se elegirán el próximo domingo 7 de mayo.
Con tan solo tres artículos, en una negociación donde quedó claro que la biodiversidad es lo que menos les importó, se pretende abrazar la inmensidad de la relación de las personas con la naturaleza. En tan solo 79 palabras, buscan dar cuenta de la crisis climática y de biodiversidad, las zonas de sacrificio, la falta de agua y la desertificación que afectan, y en el futuro agobiarán, a Chile.Ya lo decía hace un tiempo, los errores en política no son objetivables, son sólo un problema de mayorías. E intereses. Los intereses en que este proceso amortajado sea visto como pulcro, perfecto, no se fijan en estas nimiedades
“Artículo 1. Toda persona debe contribuir a la protección del medio ambiente, y será responsable del daño ambiental que cause, en conformidad a la ley.
Artículo 2. El Estado debe orientar su acción a la conciliación de la protección de la naturaleza y el mejoramiento del medio ambiente con el desarrollo económico y el progreso social.
Artículo 3. El Estado debe fomentar el desarrollo sostenible, armónico y solidario del territorio nacional, instando a la colaboración privada en dicha tarea.”.
Tal es la propuesta que se conoció hace pocos días.
Ya en la inicial definición del listado de capítulos quedó claro que de experta, esta comisión elegida por cuoteo político tradicional no tiene mucho. Por no decir nada.
En las primeras escaramuzas el capítulo sobre medio ambiente no existía. En la pugna entre izquierda y derecha, esta fundamental materia fue quedando en el camino como simple daño colateral de la gresca entre ambas facciones. Moneda de cambio de intereses partidarios, que van más allá de los generales y/o colectivos. Dispuestos a transar, dejar caer, entregar, negociar, lo que menos les importa.
Aunque tras sucesivos tira y afloja, sí se incorporó este capítulo, bajo el número 13, su título quedó como sigue: “Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo”. Capítulo que se pretende llenar con los tres artículos mencionados. El nombre fue el que proponía la derecha, que liga la protección de la naturaleza con la figura de desarrollo. Ya sabemos lo que ese sector, junto a cierta izquierda, entiende por ello. Un desarrollo embelesado con falacias como que el agua se pierde en el mar y que los océanos son fuente inagotable (sí, INAGOTABLE) de recursos, como si la naturaleza no fuera nada más que insumo productivo. Nada de función ecosistémica para que perviva la vida, nada de alimento para el espíritu, nada de derechos de otras especies más allá de la nuestra.
El texto ofrecido, al igual que la actual Carta Fundamental, reafirma el Estado subsidiario al señalar que éste debe instar “a la colaboración privada” en el cumplimiento de sus fines, manteniendo la premisa de que el bien común no es más que la suma de la búsqueda de los intereses particulares. Todos compitiendo por sí mismos, como asegura la ideología que pone al mercado como órgano rector del bien común.
En todo caso, nada muy distinto del artículo que proponen sobre el agua, nuevamente privatizada: “El agua, en cualquiera de sus estados, es un bien nacional de uso público. Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”.
En el ámbito ambiental del Capítulo 2 sobre “Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales”, la Comisión Experta también ha hecho lo suyo. Su propuesta es un poco más extensa, eso sí. Ochenta palabras:
“1. La Constitución asegura a todas las personas:
Es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza y su biodiversidad.
De acuerdo a la ley, se podrán establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades con la finalidad de proteger el medio ambiente.”.
Las críticas ya han emergido. Y muchas.
Que es muy similar al ya existente Artículo 19 número 8 de la actual Constitución, repitiendo la figura del derecho a vivir en un “medio ambiente libre de contaminación ”. Ya lo explicó el abogado y de verdad experto en derecho ambiental Ezio Costa: “Ni siquiera respetamos los tratados internacionales” dijo, ya que “la Asamblea General de Naciones Unidas, con Chile incluido, aprobó en 2022 el derecho al ambiente sano, limpio y sostenible”.
Un tema no menor, considerando que el artículo 135 de la actual Constitución, que habilita este proceso, señala expresamente que “el texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
Visto esto, uno se pregunta ¿dónde están los medios diciendo que este artículo es inconstitucional? ¿o titulando que los expertos demuestran su ignorancia sobre la Carta Fundamental que pretenden modificar, que ignoran los tratados internacionales? No he visto reportajes desplegando los deficitarios currículos de estudio de los “expertos”, su carencia de expertise en legislación internacional, medioambiental.
Ya lo decía hace un tiempo, los errores en política no son objetivables, son sólo un problema de mayorías. E intereses. Los intereses en que este proceso amortajado sea visto como pulcro, perfecto, no se fijan en estas nimiedades. Como sí lo hicieron con la convención que le precedió. No hay portadas en El Mercurio y La Tercera, paneles en TVN o Canal 13. Tampoco verá a periodistas enrrostrando tal desacierto.
No se transformará en noticia este desliz, por tanto no será verdad colectiva. Una verdad que, de a poco, palabra a palabra, letra a letra, debe de todas formas abrirse espacio para seguir construyendo una mejor sociedad. Tarea que, como hemos visto, continuará.
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