Así como le ocurrió al señor Mackenna, nadie está libre de una imputación criminal y sólo cuando una persona está detenida desea que existan leyes que protejan sus derechos, defensores que los hagan valer y jueces con la capacidad de reconocerlos.
El conductor de televisión Pablo Mackenna fue detenido en el Casino de la ciudad jardín por, presuntamente, haber abusado sexualmente de una menor de edad. Más allá de haber sido un tema obligado en los programas de farándula y sus panelistas, el caso Mackenna ha servido para ilustrar a la opinión pública acerca de cuál es el verdadero sentido de la reforma procesal penal.
Así, a través de los medios de comunicación se ha (mal) educado a los ciudadanos en la creencia de que todo aquel a quien un fiscal le impute un delito es culpable; que todo imputado, como culpable que es, debe estar preso mientras se dicta sentencia; que los jueces son muy garantistas; y las leyes permisivas pues dejan libres a “asesinos”, “violadores”, “criminales” y demás epítetos con los que se suele sindicar a los imputados.
El sistema procesal penal generalmente funciona como lo mostraron los medios respecto del señor Mackenna, y en buena hora ello ocurrió, lo que probablemente se debió a su imagen pública, que propició una suerte de solidaridad gremial e incredulidad de sus pares respecto de la imputación que se le efectuaba, hecho que es muy excepcional, pues, mediáticamente, la generalidad de los casos penales de interés público son exhibidos desde la presunción de culpabilidad del imputado, concepto del todo errado pero popular.
En efecto, así como ocurrió con Pablo Mackenna, todo imputado debe presumirse inocente, incluso durante la etapa de investigación, hasta que por la sentencia definitiva de un juez, se le condene. Además, así como ocurrió en este caso, todo ciudadano imputado de un delito tiene derecho a un abogado pagado por el Estado para su defensa, tiene derecho a dudar de lo que dice la víctima y el fiscal no tiene por qué creerle ciegamente a ella sino que sus dichos deben ser refrendados por otros antecedentes que apunten en el mismo sentido. También como acaeció en el caso del señor Mackenna, el juez de garantía resuelve la solicitud de prisión preventiva con lo que el fiscal y el defensor le exponen en audiencia y pondera si los antecedentes tienen fuerza como para presumir que será condenado y en tal caso, si la pena que obtendrá será de presidio efectivo.
Si una de las respuestas a esta interrogantes es negativa, rechazará a prisión preventiva y en este sentido debe tenerse presente que si siguiéramos la lógica procesal de la masa opinante y el sistema no resguardara las garantías del imputado, el señor Mackenna debiese haber quedado preso, no obstante la inexistencia de antecedentes incriminatorios.
De esta forma, el caso de Pablo Mackenna nos muestra que las garantías procesales y los jueces de garantía están para proteger a un ciudadano inocente de imputaciones falsas o erradas y no para liberar culpables y por más que haya quienes piensen que este caso hará más difícil la persecución de “pedófilos”, lo cierto es que cada vez que reclamamos para que se restrinjan las garantías de los “delincuentes” y para que los jueces tengan menos facultades, en realidad estamos pidiendo que se mutilen nuestras garantías como ciudadanos. Así como le ocurrió al señor Mackenna, nadie está libre de una imputación criminal y sólo cuando una persona está detenida desea que existan leyes que protejan sus derechos, defensores que los hagan valer y jueces con la capacidad de reconocerlos.
——
Fuente de fotografía
Comentarios