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No hay derechos sin deberes

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Es increíble que en estos días de cuarentena, haya quedado en evidencia que definitivamente tenemos una clase política terriblemente mediocre. No solo porque en estas semanas hemos comprobado que la oposición es vergonzosa en su carencia de ideas siendo que el oficialismo no brilla especialmente por ellas. Sino porque han dejado en clara evidencia que no tienen ni una pizca de idea de qué son los derechos humanos.

Una de las más grandes críticas que se pueden hacer al Instituto Nacional de DD.HH es que se enfoca en exceso en cada mínimo paso del Estado, pero no le interesa en cuestionar las acciones de las personas en materia de derechos humanos. Recordemos el incidente de los ecuatorianos en que desde el Instituto hubo toda clase de recriminaciones a Gendarmería y al Estado en general, pero no hubo una sola mención para  Margarita Ancacoy, la mujer que estos reos mataron a golpes.  Hay una actitud de infantilización de las personas que es una constante en el actuar del Instituto.


Tengo la responsabilidad, como persona, de no solo saber que existen derechos humanos, sino que aplicarlos correctamente, y en correlación, tengo la obligación (imperativa) de respetar ese mismo derecho en otras personas

Pero lo de estos días sencillamente prueba que dentro del Instituto hay graves falencias en comprensión sobre derechos humanos. Todo comenzó con la frase del director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Sergio Micco «No hemos hecho lo suficiente para comunicar (a los jóvenes) una de nuestras verdades: no hay derechos sin deberes». Puedo creer, totalmente, que el Frente Amplio haya cuestionado esa expresión, dado que en todo el tiempo que lleva constituido sus miembros han hecho constante alarde de ignorancia. Pero considero inaceptable que cinco consejeros del organismo (Consuelo Contreras, Debbie Guerra, Yerko Ljubetic, Salvador Millaleo y Margarita Romero) acusen a Micco de desfigurar y atacar «conceptos elementales de la doctrina de los derechos humanos», y menos comprendo que alguien como Carmen Hertz esté de acuerdo con eso. Porque precisamente si algo es elemental en la doctrina de los derechos humanos es precisamente la correlación entre derecho y deber.

Sencillamente es inaceptable que se le ocurra a alguien que esa relación no existe.

Partamos de algo que esos consejeros y Hertz están ignorando (de verdad, no puedo creer que ella lo haga solo porque Micco no le agrada): hay una enorme diferencia entre filosofía de derechos humanos y derecho de derechos humanos. En filosofía de derechos humanos estos son absolutos, ya que su problemática es su entidad, consistencia y fundamento basado en el ideal de la persona humana, pasando a ser universales, imprescriptibles, inalienables, irrenunciables. Derecho de los derechos humanos se ocupa del ejercicio de los mismos tomando como referencia las garantías y obligaciones que figuran en una serie de tratados y otros documentos y, sobre todo, su implementación.

Cuando hablamos de “ejercicio” nos referimos a cómo aplicamos los derechos en una comunidad. Y ahí es donde comienza la confusión generalizada: hablar de “tener” derechos cuando en realidad quieren decir “ejercer” tales. Las personas tienen derechos por ser personas. Punto. Pero eso no significa en absoluto que puedan ejercerlos libremente y como les dé la gana (que es la filosofía del Frente Amplio): hay que aplicarlos de manera adecuada dentro del contexto social. De no hacerlo, se genera automáticamente la obligación de compensación para los casos de infracción.

Vamos a explicarlo con ejemplos: se es persona desde que se nace. No entraré en el debate de qué se considera ese momento, lo relevante es que al nacer y hacerlo vivo, aunque sea unos segundos, se pasa de feto a persona. Entonces, sin importar la edad, todos los nacidos son persona y tienen derechos. Pero un niño no puede viajar por todo el mundo solo. Un niño tiene libertad ambulatoria (facultad de entrar y salir del país; de desplazarse; de residir en cualquier lugar de la república mientras no sea contrario a la ley y que no cause perjuicios ajenos) pero no puede realizar un viaje así. De hecho, si un niño lo hace, los padres incurren en negligencia grave sancionable con pérdida de la patria potestad e incluso presidio. Un adulto puede ir donde quiera… siempre y cuando no tenga enfermedad mental, lo que significa que otra persona es la que toma decisiones por ella, en virtud de la declaración de interdicción.

El rol del Estado en este caso es clave: no es el Estado el que otorga derechos, pero sí es quien puede establecer límites a su ejercicio, tomando como referencia lo indicado en el  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que dispone que los Estados han de «adoptar medidas» hasta el máximo de los recursos de que dispongan para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos. En otras palabras: el Estado debe respetar (abstenerse de interferir en el disfrute del derecho), proteger (impedir que otras personas interfieran en el disfrute del derecho) y realizar (adoptar medidas apropiadas con miras a lograr la plena efectividad del derecho) los derechos humanos.

Y ello significa que debe establecer límites. Y en derechos humanos los límites se llaman “deberes”. ¿Por qué? Porque la máxima clásica al respecto es “no violes a los demás los derechos que no quisieras te fueran violados.” En otras palabras: nuestros derechos y libertades llegan hasta donde llegan los derechos y libertades de nuestros coetáneos.

Y ahí radica la total credibilidad de la expresión “no hay derechos sin deberes”.

La dimensión de esa expresión es mayor de lo que las personas creen. Vamos a ponerlo con un ejemplo: el postnatal. Es un derecho que, como bien sabemos, costó años que lograra implementarse coercitivamente, y que aún presenta ciertas falencias. Empero, pese a ellas, el hecho es que en el artículo 195 y siguientes del Código del Trabajo se indica claramente que dura 12 semanas y que sólo puede verse alterada por enfermedad derivada del alumbramiento; cuando el parto se produjere antes de iniciada la semana 33 de gestación, o si el niño al nacer pesare menos de 1.500 gramos; en caso de partos de 2 o más niños. ¿Qué significa? Que una mujer, al ejercer ese derecho, tiene el deber de cumplirlo a cabalidad. ¿Qué una mujer quiere volver a trabajar a las 2 semanas desde el parto? No puede. Es más: no debe. En otros países incluso es penalizado, es delito no cumplir el postnatal. O sea, no solo es delito que el empleador obstaculice el ejercicio de ese derecho, es delito que la mujer no lo tome ni que cumpla el plazo legal. Porque el postnatal no es  su beneficio, es instituido en miras al hijo recién nacido. El bien al que apunta es al de protección del bebé que necesita una serie de cuidados y atenciones que influyen en su salud. En rigor, la mujer que alega “yo quiero decidir el postnatal” está violando los derechos de su hijo.

El deber que tenemos todos, y cada uno de nosotros, es de ejercer los derechos de manera responsable, sin que afecte a las demás personas. No basta con disfrutar los derechos, no basta con hacer lo que me dé la gana alegando que nadie puede decirme lo contrario. Tengo la responsabilidad, como persona, de no solo saber que existen derechos humanos, sino que aplicarlos correctamente, y en correlación, tengo la obligación (imperativa) de respetar ese mismo derecho en otras personas. No el Estado, no el gobierno: yo como persona.

Eso explica la existencia de las cárceles. Una persona, en cuanto individuo, no comete violación de los derechos humanos. Lo que comete es un delito. ¿Y qué es en realidad un delito? Porque no solo es una mera infracción de una ley, sino que es el mal ejercicio de un derecho humano. Tengo libertad, pero no para realizar portonazos ni robar a personas en la calle, eso es un atentado contra su integridad física, síquica y un atentado contra su propiedad. Al no ser capaz de ejercer correctamente esa libertad, ya no puedo aplicarla. Gran parte de las sanciones son restricciones a la libertad. ¿El Estado viola mi derecho a ser libre cuando me encarcela? En rigor sí. Pero como yo no soy capaz de respetar a los demás, el Estado debe impedirme actuar: me priva de libertad.

Para poder ejercer plenamente los derechos que tengo, estoy en la obligación de ser responsable y capaz. La capacidad no es que una persona pueda o no hacer algo, es determinar si una persona comprende a cabalidad las consecuencias de su acción, o sea, si asume la responsabilidad de lo que hace.

La postura que están adoptando los críticos que cuestionan a Micco es tremendamente peligrosa, porque alienta la idea que basta con pensar “quiero esto” para constituirlo en derecho. No es cierto. Miremos un poco lo que ocurrió en Chile tras el 18 de octubre de 2019: ¿las personas tienen derecho a manifestarse en las calles? Sí, lo tienen. ¿Ejercieron ese derecho responsablemente? No. El constante bloqueo de las calles violo los derechos de muchas personas, empezando por aquellos enfermos que estaban en ambulancias inmovilizadas en los tacos que se formaron. Pero lo peor es el hecho que muchas de esas manifestaciones sólo se gestaron en base al “yo quiero”, asumiendo como hecho que el que cientos de personas chillaran por algo en la calle basta para constituirlo como  “derecho humano”. El solo exigir lo que nos conviene es mero capricho, hedonismo y egoísmo. Para que una demanda pase a convertirse en tal es imprescindible argumentarla moralmente, darle una dimensión ética. Muy escasas demandas presentadas desde el 18 de octubre cumplen con ese requisito.

Que Sergio Micco no es la persona idónea para dirigir el Instituto es algo que incluso el mismo Micco sabe. Que el Instituto, desde que entró en funcionamiento, ha mostrado serias falencias y carencias de personas realmente idóneas tanto para dirigirlo como para trabajar en él es un hecho. Pero el que haya una polémica por no querer aceptar el correlato de derechos-deberes significa que tenemos un gravísimo problema en materia de derechos humanos. Gravísimo, y que explica que tengamos tantos actos de irresponsabilidad social, como son las fiestas en cuarentena, los delitos cometidos en toque de queda, la gente aglomerándose pese a las advertencias, etc.  Laissez faire, laissez passer, siempre y cuando me convenga. Vaya concepto de derechos humanos es el que manejan ciertas personas.

Vivimos en sociedad. Les guste o no, vivimos en sociedad. No tenemos alternativa. Miremos lo que está pasando: muchas personas están sufriendo una profunda depresión por no poder interactuar con otras personas directamente. La tecnología no está supliendo esa necesidad animal de estar con otros. Y vivir en sociedad significa respetar. Respetarnos en cuanto personas. Eso significa que cuando ejercemos un derecho, tenemos que pensar en cuanto puede afectar a otros. No en cuanto “me” beneficia, sino en si tiene repercusiones en otras personas. Micco ha dicho muchas barbaridades en el tiempo que ha dirigido el Instituto, pero el negarse a entender y, peor, cuestionar que los derechos de los demás se convierten, a menudo, en deberes para nosotros y viceversa es inaceptable.

TAGS: #DerechosHumanos #INDH Derechos

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07 de mayo

Marcela, entretenida e interesante tu columna, pero antes de opinar quiero preguntarte algo ¿cuantas veces la editaste? Siento que dejaste harto afuera y aglomeraste demasiadas ideas dentro, no lo digo en mala, pero como que sentí eso, espero lo tomes como una crítica positiva.

Respecto al INDH solo puedo decir que esta ideologizado y politizado, perdiendo su norte. Incluso me atrevo a decir que la CUT y la ANEF están en las mismas, pero esto es un fenómeno esperable, casi inherente a la ausencia de autonomía moral de nuestra sociedad.
Me explico, quienes gustamos de dialogar en política, somos capaces de estar de acuerdo y en desacuerdo con el otro, sin perder nuestra visión, pero dentro de la esfera política/gobierno eso cambia, y el mismo modelo te obliga a abanderarte, prohibiéndote valorar a quien no esté dentro de tu grupo de pertenecía.

Sergio Micco es operador político, y eso no está malo cuando velas por los intereses de tus correligionarios, pero cuando estás detrás de un fin superior, es pésimo.

Durante el gobierno pasado Bárbara Figueroa se alineó con un gobierno que no le dio nada mucho, únicamente porque el PC era oficialista.

Carmen Hertz, defiende una democracia que no coincide con ningún modelo político que ella valora y si, su experiencia personal es valiosa, pero no objetiva, sino selectiva.

A lo que apunto, solo alguien con un código moral sólido, hablemos del Padre Felipe Berrios por ejemplo, podría hacer que el INDH sea útil.
Éxito!

26 de mayo

Perdon por tardar en contestar

Y sí, deje muchas cosas fuera, por falta de espacio. Ya sabras que la discusion sobre este tema es intelectualmente compleja, con autores como Kelsen, Mills, Bobbio y otros de ese calibre involucrados que dedicaron su vida a tratar este tema. Pero mas que lo que me falto, el hecho es que escribi esta columna con enojo. Cuando tenemos una Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre , no puedes entrar a discutir el correlato de derechos-deberes. ¿Quien hace eso? Ah, si, un grupo de niñatos que leyeron un folletito y creen que saben de derechos humanos.

Yo sí creo que el Instituto es necesario. Pero me cuesta muchisimo defender su actuar. Son demasiado ignorantes.

J.A.

05 de junio

Interesante e informativa columna, y en cierto sentido concuerda con la sensación, con la percepción que se tiene de estos temas. En esencia estamos huérfanos, no tenemos organismos que velen por nuestros derechos, entre ellos nuestros derechos humanos más allá de los tribunales de justicias, que son caros, lentos y engorrosos. Todos los organismos que se crean para ese fin , en principio con las mejores intenciones, con objetivos nobles y probablemente cargados de esperanzas en sus estatutos, son colonizados, conquistados como trofeos de guerra y con ello se transforman en herramientas funcionales a las estrategias ciertos grupos que ya conocemos, pasa lo mismo con los sindicatos, es triste pero es la realidad.

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