Con indignacion hemos sido testigos de la difusión de un video en donde se ve a funcionarios de Carabineros de Chile el día 8 de Marzo 2011, cerca de las 19:30 horas, efectuando la “detención” violenta, cruel y denigrante de un ciudadano de color por haber cometido, supuestamente, la torpeza de cruzar la calle con luz roja. Si, tal cual. Se le humilló y detuvo por cruzar mal la calle. Implacables.
En el video se lo ve sereno, tendido en el suelo rodeado por tres carabineros, los cuales lo mantienen esposado por un extremo de una mano y por el otro de una pierna. Se escuchan de fondo alusiones a esclavitud por esta medida. Además, se ve que ha sido despojado de su polera con claros signos de haber sido reducido haciendo uso de la fuerza por parte de Carabineros. Tal cual. Se hizo uso de la fuerza por cruzar la calle con rojo.
Ahora bien ¿Corresponde y es ajustado a Derecho este procedimiento policial? A todos luces no. Y que quede muy claro: no.
Veamos. Carabineros de Chile a través de su cuenta oficial de Twitter señalo lo siguiente: “Respuesta oficial al video: Ante la resistencia y negación de identidad del señor Quiñones, legalmente correspondió el traslado a una unidad” El Código Procesal Penal señala en su Articulo 85 que las policías podrán “solicitar la identificación de cualquier persona en los casos fundados, en que, según las circunstancias, estimaren que existen indicios de que ella hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta…La identificación se realizará en el lugar en que la persona se encontrare” Queda claro que Carabineros puede solicitar la identidad de cualquier persona y que este control deberá hacerse en el mismo lugar que la persona se encontrare.
Así mismo se señala que “En caso de negativa de una persona a acreditar su identidad, o si habiendo recibido las facilidades del caso no le fuere posible hacerlo, la policía la conducirá a la unidad policial más cercana para fines de identificación”
Guiándonos entonces por el seudo comunicado de Carabineros, el señor Quiñones se habría negado a otorgar su identidad, por lo que según la ley corresponde conducirlo a la unidad policial más cercana con la finalidad de identificarlo. Pues bien. Cabe preguntarse entonces ¿en que parte de nuestro ordenamiento jurídico se señala que el control de identidad podrá realizarse mediante tratos crueles y degradantes para el controlado? La respuesta es clara: en ninguna. No hay en lo absoluto justificación, ni siquiera por la negativa a entregar la identidad, para ser sometido a los tratos degradantes a los que fue sometido el señor Quiñones.
De suma importancia es que el procedimiento de control de identidad sehaga de la manera más expedita posible según lo preceptuado por el articulo 85 inciso 6. ¿Es posible que mantener esposado de una mano y en el otro extremo de una pierna, en el suelo, rodeado de 3 Carabineros, en la vía publica y rodeado de transeúntes que se percatan de la situación pueda enmarcarse dentro del significado de “expedito”? La respuesta es a todas luces negativa. Nuevamente el procedimiento adoptado por Carabineros no respeta en lo absoluto el mandato legal. Además someten al Sr. Quiñones a un trato vejatorio, cruel y degradante.
El articulo antes mencionado señala que el abuso en el ejercicio del control de identidad constituirá el delito contemplado en el Articulo 255 del Código Penal, que señala que “el que cometiere cualquier vejación injusta contra las personas… para el desempeño del servicio respectivo, será castigado con las penas de suspensión del empleo en cualquiera de sus grados y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.”
Para nadie es un misterio que Carabineros hace mal uso y uso antojadizo de la figura del control de identidad, la cual es usada con la finalidad de detener sin fundamento aparente, privar de libertad ambulatoriamente y luego restablecer este sin justificación alguna. Se hace necesario urgentemente que el legislador revise esta figura para evitar la futura comisión de abusos como del que hemos sido testigo.
Cabe preguntarse finalmente si esta situación totalmente ilegal ocurre en plena vía pública, frente al Palacio de Gobierno, nuestro mayor símbolo de la democracia y Estado de Derecho ¿Qué ocurrirá en calabozos y celdas de las comisarías de nuestro país?
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