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La justicia en Chile

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Qué es la justicia? La respuesta a esta primera interrogante, es controversial. Para mi, existe una postura que, en  la teoría, explica mejor este concepto. Las relaciones de amistad entre las personas, son sin duda una una postura verídica, sus bases sientan un orden jurídico y social justo. Un ejemplo de ello es lo ocurido post terremoto, cuando las personas se unieron de manera formidable, para equiparar de modo justo las condiciones de quienes que perdieron todo en ese fatídico desenlace; eso es amistad.

Lamentablemente, solo hechos extraordinarios  mueven esa amistad con miras a lo justo.

Hoy, creo que estamos muy lejos de llenar este concepto; para nosotros la justicia es simplemente jurídica, una tarea del Estado con el fin de resguardar nuestros derechos en desmedro, si se puede, de un derecho ajeno.

Existe en los medios un gran afán en decir que este concepto tan rico se reduce a lo que la ley pueda regular en materia judicial o ecónomica, que sin duda es un gran paso para un país más justo, si es aplicado de buena manera. Pero no podemos desconocer la amistad, que debe ser llevada como estandarte, desde la clase gobernate hasta el último eslabon de la sociedad.

Parece que nuestros gobernantes de hoy no saben nada de amistad. Lo único que evidencian sus actos es un egoísmo individualista por querer resolver todo de una manera eficiente, criticando lo anterior y obviando las promesas de unidad nacional.

Con esos ejemplos es imposible que la sociedad sea más amable, y cumplir de este modo la promesa de campaña de coinstruir un país más justo.
 

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Pedro Osvaldo Aburto

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2 Comentarios

Glauco Torres Rojas.

Breve e interesante planteamiento, contra la justicis burocrtática.
Glauco.

Arturo

La justicia busca la armonía social. Ese es el fundamento.
Entonces, siempre cabe preguntarse que es la armonía social, y normalmente se encuentra la definición en vivir la vida sin perjudicar al del lado. Por lo tanto, el punto central en todo esto es cuanto de lo que hace alguien perjudica a otro.
El perjuicio puede ser directo o indirecto; o muy indirecto. Podemos hablar de perjuicio psicologico el que una persona este feliz y otra, al verlo, se sienta infeliz; esta última puede argumentar que la felicidad del primero lo hace infeliz.
Por lo tanto, finalmente, la justicia solo se puede trasladar a ciertos ambitos, no se puede aplicar en todos los casos. Normalmente se aplica a casos donde el daño es evidente, normalmente medible, y en algunos casos, reparable.
El querer aplicar conceptos de justicia sobre los daños super indirectos es complicado, y además puede ser injusto en si: obligar a la persona feliz que sea menos feliz para que el infeliz se sienta menos infeliz, es un despropósito.

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