La administración de justicia se basa en que la libertad de un individuo termina donde empieza la libertad de los demás y si la emisión individual de Gases Efecto Invernadero (GEI) inicia vitales e irreparables daños futuros para todos los individuos, es indispensable que la fórmula que se establezca para minimizar estos daños tenga una sólida base de justicia social.
Los daños por emisiones son reales y el Estado tiene la obligación constitucional de diseñar y aplicar leyes que aseguren la protección del medio ambiente para las futuras generaciones.
Para desincentivar equitativamente, y en justicia, los daños climáticos de la actividad humana, los individuos que emiten menos GEI deben recibir una indemnización proporcional por parte de los individuos que emiten más, pero por razones geopolíticas, esta compensación solo puede tener lugar entre los habitantes de una misma economía.
Si un país establece un castigo económico progresivo a sus emisiones de GEI, estas naturalmente se irán reduciendo, ya que las inversiones en tecnologías libres de GEI resultarán cada vez más rentables en la generación eléctrica, el transporte, la agricultura y la producción de bienes y servicios. Pero el castigo a las emisiones en una economía sucia trae emparejado un cierto aumento de precio en los bienes y servicios, ya que el castigo consiste en el pago de una tarifa por contenido de GEI que se aplica a la entrada de productos sucios a la economía y que es recaudado en la primera facturación de los combustibles fósiles, de la producción de cemento, de las carnes de criadero y de todas las importaciones desde países sin un esquema similar.
Para compensar el efecto en los precios que produce el castigo a los GEI y también para generar actividad y empleo en energías y agricultura limpia, la recaudación por emisiones de GEI debe ser reintegrada total y sistemáticamente por el Estado y este reintegro es un pago de indemnización igualitaria por daños que el Fisco realiza en las cuentas electrónicas de todos los residentes legales del país y no debe entenderse como un regalo, ya que los daños por emisiones son reales y el Estado tiene la obligación constitucional de diseñar y aplicar leyes que aseguren la protección del medio ambiente para las futuras generaciones.
El reintegro transparente e igualitario del total de la recaudación, además de proveer justificación jurídica al esquema, es indispensable para hacer políticamente viable los necesarios y sucesivos aumentos en la tarifa de castigo a las emisiones de GEI, ya que solo con este esquema progresivo y no con limitados subsidios a las energías limpias, se puede lograr un rápido, definitivo y total transito hacia una economía libre de emisiones de GEI. En este esquema basado en la justicia, el costo de la transformación tecnológica es absorbido solo por los individuos que consumen y emiten más GEI en cada país y este costo va disminuyendo en la medida en que disminuye la emisión de GEI en cada economía.
Para que esta solución logre cobertura global se requiere que al menos dos de las tres principales economías del planeta la pongan en marcha inicialmente, esto es China con USA, Europa con USA, o China con Europa; existiendo solo en este último bloque una leve posibilidad de suceder antes de que la concentración atmosférica de GEI, el calentamiento global, el aumento de nivel y acidificación de los océanos se hagan imposibles de frenar; tal como lo vienen advirtiendo repetidamente los científicos, cada vez con mas certeza y urgencia.
Comentarios