Resumen:
El ICCD (Impuesto al Carbono con Devolución) es el instrumento de precio al Carbono que muchos científicos climáticos y economistas impulsan como el mejor primer paso para reducir el Calentamiento Global y funciona así:
Un incremento previsible y establecido por ley, al costo de emitir Gases Efecto Invernadero, estimula la inversión y limpia la economía en el mas corto plazo, mientras que asegura a cada chileno contar con los recursos para manejar la transición y participar en el trabajo de las soluciones.
Fundamentos:
En Diciembre tendremos la 25 Conferencia anual de las Partes (COP 25) de la Convención Marco de la ONU para el Cambio Climático (CMNUCC), una instancia donde los países no logran acordar un mecanismo vinculante que asegure la disminución global de emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI). Es la pérdida de tiempo valioso para combatir el Calentamiento Global (CG) lo que motiva a la juventud para exigir leyes que eviten mayores daños en la actual colisión de la civilización con la naturaleza.
El exceso de GEI casi se ha duplicado desde que se realizo la primera COP para frenar el CG y los científicos ya han medido la aceleración de fenómenos que retroalimentan el calentamiento y el aumento de nivel y acidificación de los océanos, por lo que si las emisiones no disminuyen y se hacen incluso negativas en pocos años, será imposible evitar la extinción masiva que sufrirá la vida en nuestro planeta.
Cuando se nos quema la casa, tal como es el caso con el único hábitat de la especie humana; no perdemos tiempo en exigir que los causantes apaguen el fuego y todos trabajamos para que el fuego no siga alimentándose, por lo que hoy todos debemos apoyar la implementación de un instrumento justo y eficiente para frenar las emisiones.
Las emisiones que genera la producción, uso y disposición final de un producto se conoce como la Huella de Carbono (HC) del producto y esta es mayor mientras mas carbono fósil queme una economía por unidad de producto, o sea, mientras mayor sea la Intensidad del Carbono en la economía.
Toda producción se realiza dentro de una cadena para proveer algo a un consumidor final; quien y a través de su acto de compra, se hace acreedor de las emisiones que haya dejado y que dejará su adquisición.
Mientras mas ingresos tiene una persona, naturalmente mayor es su consumo y según la encuesta CASEN; el 20% de los chilenos más ricos gana y consume lo mismo que el 80% restante, mientras el 1% mas rico concentra el 30% de los ingresos del país.
Los pobres y los jóvenes han emitido menos que los ricos y los adultos, sin embargo, ellos sufrirán con mayor intensidad los daños y esta injusticia violenta a los jóvenes.
El mecanismo justo y simple que puede poner en marcha toda economía de mercado para desincentivar sus emisiones, consiste en que sus combustibles fósiles sean afectados por un impuesto de aumento progresivo; de manera que la Huella de Carbono de los productos de consumo adquiera un costo que deba ser asumido por el consumidor para compensar a todos sus conciudadanos por el daño que causan las emisiones de su compra. Esta compensación se verifica cuando el Estado recicla la recaudación del impuesto, devolviéndola en forma igualitaria a todos los consumidores del país.
Cuando la compensación, aunque pequeña en comparación con el daño acumulativo que producen los GEI, es distribuida en forma igualitaria entre todos los consumidores; solo el 20% que consume mas que el promedio, paga por su exceso de emisiones y el 80%, que emite menos que el promedio, recibe mas compensación que costos.
El modelo del ICCD que puso aprueba la REMI, una institución privada norteamericana que evalúa políticas públicas, demostró que si los precios incluyen una compensación por daños que se reparte igualitariamente entre todos los residentes de una economía, el tamaño del Estado no aumenta como lo haría un impuesto de recaudación fiscal y también mejoran los índices de equidad, empleo, salud, intercambio comercial, ahorro y sustentabilidad.
La adopción del ICCD también incentiva a los socios comerciales de Chile para que adopten esta política pública; puesto que de lo contrario, la devolución del impuesto beneficia solo a los habitantes de la economía donde funciona el ICCD y las exportaciones de los países sin ICCD pierden mercado, porque se hacen mas caras al ingresar a los países que cuentan con ICCD.
Los consumidores podrán utilizar su compensación en lo que deseen, pero como los consumidores siempre buscan la mejor relación precio/calidad en un mercado competitivo; la industria deberá invertir para desarrollar energía y productos limpios que sustituyan la energía y productos los sucios que son afectados por el creciente impuesto a los GEI.
Para que los GEI sean sustituidos con la urgente rapidez que la ciencia exige, el ICCD debe aumentar anualmente, pero para que esto no perjudique a la mayoría de la población, este impuesto debe consistir en una compensación que se materializa en una devolución igualitaria. De esta forma, el poder adquisitivo de la gente no disminuye y se logra un respaldo popular que impide violentas protestas como las que ocurrieron en Francia, Ecuador y ahora en Chile, donde el diagnóstico transversal después del reciente terremoto social es que los ricos están pagando poco impuestos y los pobres se están llevando la carga del crecimiento económico.
En Norteamérica, esta iniciativa se conoce como Carbon-Fee-and-Dividend o Energy Innovation and Carbon Dividends Act y fue introducida en el Congreso por un grupo de representantes sin el auspicio del presidente Trump. Esta propuesta está ganado apoyo popular a medida que los vecinos del norte gozan de sus beneficios, gracias a la gestión del gobierno de Justin Trudeau en Canadá.
El REMI Report demostró que los beneficios de un ICCD son muy superiores al que exhibe un impuesto al carbono con recaudación fiscal; tal como es el tímido Impuesto Verde de 5 dólares por tonelada de CO2 que solo afecta al sector de generación eléctrica en Chile y que no puede ser incrementado por sus efectos colaterales.
El REMI Report también demostró que si bien el ICCD no afecta al Producto Interno Bruto (PIB) en forma significativa, crea empleos y ayuda a evitar que el PIB caiga irreversiblemente en el futuro por problemas ambientales; ya que la des carbonización de la infraestructura energética requiere de un inmenso esfuerzo económico que no se traduce inmediatamente en mayor PIB.
Con el ICCD, alrededor del 80% de los chilenos recibiría una devolución mayor que el aumento de precios que trae aparejado el ICCD, por lo que su popularidad queda asegurada por la mala distribución de los ingresos.
Según la OCDE y las recientes demandas sociales, Chile debe mejorar su distribución de ingresos para llegar al desarrollo y el ICCD es un instrumento que colabora con este objetivo y reduce las emisiones simultáneamente.
El ICCD también reduce el esfuerzo regulatorio y fiscalizador que necesita realizar el Estado para lograr sus compromisos de reducción de emisiones, tal como negociar y financiar el cierre anticipado de centrales a carbón, puesto que esto se logra principalmente con el aumento del costo de emitir GEI. El Estado solo debe regular el aumento anual de la tasa del ICCD, que actúa como el acelerador del motor de la des carbonización.
El ICCD simplemente no tiene desventajas para la economía y afecta solo a quienes consumen y dañan mas que el promedio, pero justamente en este hecho reside el obstáculo que necesita superarse con altura de miras y poniendo el bien común por delante de los intereses especiales.
La ciencia nos advierte que ya es demasiado tarde para salir de la emergencia climática solo con una reducción drástica de las emisiones; ahora es necesario además, extraer carbono desde la atmósfera y desde los océanos
La devolución del impuesto al Carbono puede ser realizado por la Tesorería Gral. de la República, tal como lo hace con el excedentes de otros impuestos. En este caso se podrían realizar depósitos trimestrales en las cuentas RUT de todos los residentes legales y la devolución a menores de edad podría ser administrada por los padres.
Es imprescindible que el ICCD corra por un carril separado de los otros impuestos que financian al fisco, para que las emisiones disminuyan y se obtengan los beneficios asociados a esta disminución.
La recaudación del ICCD es muy simple y se aplica solo en la primera facturación de las pocas empresas que producen o ingresan combustibles fósiles a la economía y afecta al contenido de carbono del combustible específico.
Las importaciones generales también son gravadas por el ICCD según su precio CIF de arribo a Chile, la tasa local vigente de ICCD y la Intensidad de Carbono (toneladas de CO2 eq. por millón de dólares de PIB) del país exportador. Por otro lado, las empresas exportadoras chilenas no resultan afectadas, ya que reciben la reintegración del ICCD, según un cálculo similar.
Ejemplo práctico
Las importaciones de combustibles fósiles pagan el ICCD según su respectivo contenido de carbono fósil, pero se propone que los productos importados intensivos en contenido de Carbono o en Huella de Carbono; como son los plásticos, los refrigerantes, los cementos o los fertilizantes sintéticos, paguen ICCD según su Huella de Carbono y no según el cálculo anterior, que se hace a partir de Intensidad del Carbono de la economía exportadora.
La ciencia nos advierte que ya es demasiado tarde para salir de la emergencia climática solo con una reducción drástica de las emisiones; ahora es necesario además, extraer carbono desde la atmósfera y desde los océanos. Por esta razón, además del ICCD, serán necesarias leyes que permitan el desarrollo de diversas actividades económicas que secuestren efectivamente carbono; o sea, que devuelvan permanentemente carbono al subsuelo o a un fondo marino hipóxico, donde la falta de oxígeno mantiene el carbono de la materia orgánica por miles de años.
Ya existen tecnologías para secuestrar carbono, pero estas no cuentan con un mercado rentable para convertirse en actividades económicas masivas, por lo que el Estado también tiene la responsabilidad de crear estos nuevos mercados mediante leyes que incentiven el consumo de materiales carbono negativos (secuestran carbono) y prohíban progresivamente el uso de materiales y alimentos que dejen importantes Huellas de Carbono.
El uso de carbón de biomasa para potenciar la fertilización orgánica de suelos agrícolas (Biocharcoal o Biochar) es una actividad que secuestra Carbono y que no se conoce en Chile; a pesar de que reduce el uso de fertilizantes sintéticos importados, su insumo es la gran cantidad de biomasa de descarte industrial que hoy emite metano al descomponerse, mejora permanentemente la producción de suelos agrícolas degradados y además, entrega energía eléctrica renovable en un proceso de producción con muy pocas emisiones de material particulado. Esta es una actividad que podría nacer solo con la aplicación del ICCD, ya que este impuesto haría subir el precio de los fertilizantes y haría mas competitiva, tanto a la electricidad renovable generada en el proceso de producción como al producto Biochar.
La fertilización con polvo de hierro en vórtices masivos de agua oceánica y el bombeo hacia superficie de agua profunda para inducir la proliferación de vida en los crecientes desiertos marinos, son actividades económicas que podrían ser financiadas con impuestos específicos a la industria pesquera con el objetivo de revitalizar las pesquerías amenazadas. La razón técnica de este esfuerzo radica en que el mayor potencial de secuestro de carbono del planeta se encuentra en los océanos, los que hasta poco contenían el 90% de la biomasa terrestre y cuyos remanentes hoy están seriamente amenazados por el aumento de temperatura y acidificación superficial.
El cultivo de algas marinas bajo superficie en aguas profundas, donde las algas que se convierten en la base de una cadena trófica que alberga comunidades de peces hoy inexistentes son aprovechadas sustentablemente para obtener múltiples productos orgánicos; es una actividad económica que crea biomasa mediante fotosíntesis y riego con aguas profundas ricas en nutrientes, para luego de una cosecha y proceso in situ, dejar la biomasa de desecho y su contenido de Carbono en el fondo marino hipóxico. Esta actividad podría ser incentivada por el Estado simplemente prohibiendo y fiscalizando la depredación y el talaje submarino de bosques de algas costeras que sucede hoy a vista y paciencia de todo quien haya caminado recientemente por alguna playa de nuestro litoral.
Incentivar la forestación con algas marinas es eficiente y hace mucho mas sentido en términos de secuestro permanente de Carbono que invertir en la reforestación de bosque nativo sobre tierra, ya que en el océano, los bosques de algas no corren el riesgo de quemarse y convertirse en CO2. El bosque terrestre captura CO2 solo durante su crecimiento, por lo que una vez maduros los bosques terrestres son en gran medida un almacenamiento temporal de Carbono y no se consideran como reservorios de Carbono secuestrado en forma permanente y segura.
Si la ley de ICCD incluye también la emisión de CO2 en la fabricación de cemento a partir de carbonato de calcio fósil, se logra incentivar la industria del carbonato de calcio sintético. Esta tecnología captura CO2 en chimeneas industriales y lo combina con calcio, imitando la forma en que los moluscos desarrollan sus conchas, para producir arenas y ripios de carbonato de calcio sintético que pueden ser utilizadas obtener productos cementicios carbono negativo como el concreto, que se obtiene mezclando áridos (60-75%), cemento (10-15%) y agua (15-20%). El carbonato de calcio sintético se puede utilizar tanto para reemplazar los áridos, como materia prima para fabricar el cemento mismo, por lo que su potencial de secuestro de carbono es enorme.
Todas estas tecnologías requieren un ICCD, para desarrollarse y lograr ser actividades a gran escala, económicamente competitivas y generadoras de empleo y bienestar.
Si los países no legislan pronto sobre el ICCD y evitan así que la emergencia climática se descontrole, no quedará otra opción que destinar gran parte de los recursos para financiar la captura directa de CO2 atmosférico para luego inyectarlo en formaciones de basalto que existen en todos los continentes y dejarlo allí secuestrado como carbonato de calcio. Esta tecnología tiene hoy un costo de USD 600 por tonelada de CO2, pero se espera baje a unos USD 100 por ton CO2 hacia el 2025. A 100 dólares por tonelada, el costo de secuestrar el trillón de toneladas de CO2 que deben retirarse de la atmósfera para reducir su concentración desde las actuales 450 ppm (partes por millón) a las 300 ppm, que es necesario llegar para restaurar el clima, sería de 3 trillones de dólares anuales durante 30 años. Es un costo altísimo, pero financiable si se considera que el gasto militar global es de USD 1,9 trillones anuales, que el producto global es de USD 80 trillones anuales y que de no empezar a asumirlo, será imposible detener la sexta extinción masiva que ya está en marcha.
Por su importancia relativa, detrás de la cantidad de GEI que emiten los combustibles fósiles, la ley de ICCD también deberá incluir en una etapa posterior, la emisión de metano en los productos de origen animal y la emisión de CO2 en la fabricación de cemento a partir de carbonato de calcio fósil, como ya se ha mencionado. Cada tonelada de metano que dejan los productos de origen animal tiene 21 veces mas efecto invernadero en 100 años que una tonelada de CO2, esto es, sin contar la emisión de CO2 de la deforestación para habilitar praderas para alimentar a los 50 billones de animales que cría hoy el hombre.
La sencillez del ICCD deja atrás a los Mercados de Carbono y sus complicados Mecanismos de Reducción de Emisiones y además, permite a cada país decidir la tasa inicial del ICCD y también su aumento anual.
La recaudación y el efecto del ICCD en los precios se reduce a medida que cumple con disminuir las emisiones en la economía y este motivo también impide usarlo para financiar los gastos permanentes del fisco.
El ICCD es un instrumento sin color político, que puede nivelar la cancha del mercado al establecer un precio creciente para las emisiones de GEI, la mas grave y permanente externalidad negativa de la actividad humana.
Ahora que Chile está diseñando su Ley de Cambio Climático ad portas de la COP 25, es el momento de considerar el ICCD para que este instrumento legal quede construido alrededor de un mecanismo justo, solido y sustentable para aumentar en forma segura y progresiva el costo de emitir GEI; ya que la capacidad de mitigar emisiones y de brindar Justicia Climática son los principales parámetros de evaluación para una Ley de Cambio Climático.
Mas información y estudios:
www.citizensclimatelobby.org
https://energyinnovationact.org
https://www.remi.com
www.f4cr.org
https://www.clcouncil.org Organización que promueve el ICCD en USA y que ha logrado el endoso de mas de 3500 economistas, 27 premios Nobel, los 4 últimos Fed Chairs y los últimos 15 Chairs de Council of Economic Advisers.
https://climateactiontracker.org Organización que registra el cumplimiento de reducción de emisiones que comprometieron voluntariamente los países (NDC) en la firma del Acuerdo de Paris y donde Chile aparece con cumplimiento Altamente Insuficiente.
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