En la actualidad, no se ha podido implementar en Chile un sistema que garantice los derechos de las personas privadas de libertad. El respeto de los derechos humanos de los internos no sólo se logra teniendo una infraestructura carcelaria idónea, cosa que escasea en nuestro país, sino que también se logra resguardando las dinámicas internas de los prisioneros, las que han de ser vigiladas por funcionarios de Gendarmería, contribuyendo al funcionamiento normal de los establecimientos penitenciarios.
En este sentido, una de las mayores dificultades que presentan a nivel interno los recintos penitenciarios, es la violencia suscitada entre los mismos reclusos, lo cual supone graves problemas de orden y seguridad de los recintos, tanto para los mismos reos como para los funcionarios. El problema se produce cuando los funcionarios penitenciarios intervienen en la esfera íntima de los internos, cautelando elinterés del orden o disciplina dentro de la prisión.
El Reglamento de Establecimientos Penitenciarios (en adelante Reglamento), en su artículo 2 establece el derecho a la intimidad que poseen los internos. Este principio rector de la actividad penitenciaria, es reconocido al determinar que los internos se encuentran en una relación de derecho público con el Estado, de manera que fuera de los derechos perdidos o limitados por su detención, prisión preventiva o condena, su condición jurídicaes idéntica a la de los ciudadanos libres. El inciso 2º del artículo 5 del Reglamento confirma lo anterior, al señalar que Gendarmería procurará la realización efectiva de los derechos humanos compatibles con la condición del interno.
De lo prescrito, se puede desprender que la condición de libertad que posee el recluso antes de lacondena es el derecho que se encuentra privado, sin embargo, su derecho a la intimidad, derecho que no atenta contra el cumplimiento de la condena, sigue vigente en la persona del recluso. En otras palabras, las personas condenadas a penas de cárcel, que se encuentran privadas de libertad, se les restringe ese derecho, sin embargo, el derecho a la intimidad, o a la vida privada, subsiste aún estando dentro del recinto penitenciario.
En México, la Ley Orgánica Penitenciaria de 1979 no contiene una regulación específica del derecho a la intimidad personal y familiar de los presos. Es más, este derecho ni siquiera sale mencionado expresamente en el cuerpo legal. Sin embargo, no existe duda alguna para afirmar que dicho derecho ha de entenderse incluido en el artículo 3 de la Ley Orgánica, cuando se proclama genéricamente que la actividad penitenciaria se ejercerá respetando los derechos e intereses jurídicos de los recluidos, quienes, en consecuencia, podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, económicos y culturales, siempre que no fuesen incompatibles con el objeto de su detención oel cumplimiento de la condena.
El punto de inflexión, se cristaliza cuando los funcionarios de Gendarmería vulneran el derecho a laintimidad que poseen los reclusos, para cumplir con su deber de vigilancia. En este contexto, resulta complejo conjugar, por un lado, el deber de vigilancia de Gendarmería, y por otro lado, el derecho a la intimidad que tienen losinternos. En otras palabras, es confusa la delimitación de estos derechos para que exista armonía, su ponderación resulta tan dificultosa como la determinación en el grado de importancia entre uno y otro.
El derecho a la intimidad es la esfera de protección que garantiza a los internos a estar solos si lo desean, a mantenerse apartados sin ser molestados por intromisiones arbitrarias de Gendarmería. El personal a cargo de la vigilancia y seguridad del penal, no puede intervenir en aquella esfera íntima de la vida del interno, ya que el deber de vigilancia que tienen los funcionarios de Gendarmería sobre los reclusos, llega hasta el límite de no vulnerar su derecho a la intimidad o vida privada.
Sin embargo, el deber de vigilancia tiene un punto límite, el cual si logra ser traspasado no hace másque limitar los derechos de los presos por la Administración penitenciaria, ya que la revisión e inspección que realizan los funcionarios se transforma en malos tratos, tratos abusivos, que generalmente quedan impunes, además de procedimientos internos en los cuales existe una escasa opción de reclamo, comoconsecuencia de la escasa asistencia jurídica que éstos poseen. En palabras del Tribunal Constitucional, este derecho a la intimidad es afectado en su esencia cuando se le priva (a los internos) de aquello que le es consustancial, de manera tal que dejar de ser reconocible.
En resumidas cuentas, el derecho a la intimidad es la esfera de protección que garantiza a los internos a estar solos si lo desean, a mantenerse apartados sin ser molestados por intromisiones arbitrarias de Gendarmería. El personal a cargo de la vigilancia y seguridad del penal, no puede intervenir en aquella esfera íntima de la vida del interno, ya que el deber de vigilancia que tienen los funcionarios de Gendarmería sobre los reclusos, llega hasta el límite de no vulnerar su derecho a la intimidad o vida privada.
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