Por desconocer la naturaleza esencial de la condición humana, tal como ha sido reconocida y protegida por los Estados Americanos, faltando con ello a su compromiso con el respeto, garantía y protección de los Derechos Esenciales, el pasado 27 de Enero de 2014, se presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una denuncia en contra del Estado de Chile.
La violación aludida quedó de manifiesto a propósito del tratamiento judicial que se le otorgó al doctor Milton Flores Gatica, Médico Psiquiatra de vasta trayectoria profesional, quién en el contexto de una investigación-acción en Desarrollo Esencial Humano y promoviendo una evolución social fundada en el Despertar de la Persona y la recuperación de dimensiones esenciales de la vida presentes en la matriz jurídica, fue procesado y condenado en 2013 por cultivo de cannabis sativa, desconociéndose el contexto en el que sus acciones adquieren sentido y legitimidad jurídica, vulnerando su derecho a la integridad psíquica, la salud y la libertad de conciencia, además del debido proceso, no se le permitió declarar en el segundo juicio oral por ejemplo, y el principio de legalidad penal, vale decir que en definitiva se lo condenó por algo que no era delito.
A todas estas vulneraciones hay que agregar que se impusieron penas improcedentes, de las cuales el tribunal oral se desdijo en dos oportunidades, aludiendo «error de transcripción». Uno de estos errores involucró la obligación de toma de muestra de ADN para incluir al «condenado» en un registro de criminales peligrosos, a lo que él se negó rotundamente, arriesgando una nueva condena por desacato; el propio tribunal, rectificó recientemente ante un recurso presentado por la Defensa, sin embargo la situación aún no se resuelve del todo, encontrándose nuevamente citado al Tribunal de Garantía.
La reivindicación central de la denuncia es el ejercicio práctico y efectivo del Derecho al Desarrollo Espiritual, sin restricciones arbitrarias que limiten, por ejemplo, el uso de la planta de cannabis cuando se emplea con fines sacramentales o medicinales.
Entre las peticiones que se realizan al Estado está el que se promueva el desarrollo de políticas públicas que tiendan efectivamente al desarrollo espiritual de los ciudadanos, tal como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la propia Constitución chilena en su articulo 1° establece.
La denuncia fue presentada por el abogado Ciro Colombara y Branislav Marelic, por considerar que la causa, además de legítima, implica una reivindicación ciudadana en desarrollo a nivel mundial, no sólo en relación a Política de Drogas, sino que principalmente en la comprensión y ejercicio de los Derechos Humanos Esenciales. Y cuenta también con el respaldo de la Defensoría Penal Pública, que representa al doctor Milton Flores en el sistema judicial chileno mientras cumple su condena de 541 días de pena remitida, pero que no puede representarlo en el sistema interamericano por un asunto administrativo. Al respecto el Defensor Nacional Georgy Schubert ha señalado que la Defensoría debiera evolucionar en tal sentido, para un efectivo acceso a la justicia internacional en materia de Derechos Humanos.
Desde Enero a la fecha, esta información ha sido puesta en conocimiento de diversas autoridades del Estado Chileno, incluida la propia Presidenta de la República a través de una carta (23/4), también el Contralor General, el Ministerio de Justicia, Parlamentarios de ambas cámaras, los Intendentes de La Serena, Valparaíso y Concepción y el Instituto Nacional de Derechos Humanos, entre otros, se encuentran informados.
Entre las peticiones que se realizan al Estado está el que se promueva el desarrollo de políticas públicas que tiendan efectivamente al desarrollo espiritual de los ciudadanos, tal como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la propia Constitución chilena en su articulo 1° establece.
El doctor Sergio Sánchez Bustos, Médico Salubrista, Editor de la Revista de Salud Pública del Colegio Médico de Chile, y experto en Política de Drogas, quien habla en representación del Colegio Médico de Chile, señaló en relación a esta denuncia ante la CIDH (11/4)
“El caso del Dr. Flores nos interesa por tratarse de un reconocido médico psiquiatra, investigador del nivel de conciencia o psiconauta que ha trabajado con plantas psicoactivantes desde hace más de 5 lustros. Su vocación por investigar no puede ni debe ser refutada por autoridad política alguna, pues la frontera de la ciencia se establece en las investigaciones de vanguardia como las del Dr. Flores y con ello los límites de lo posible se renuevan en el ritual científico. Esta es la primera razón por la que lo apoyamos. Otra razón tiene que ver con la búsqueda de un cierto nivel de espiritualidad, cuestión que se enlaza, en cuanto es posible dimensionar con las palabras, en la necesaria salud mental de las personas, es pues, un derecho humano adquirido por la humanidad después de centurias de pesares y avatares diversos, el acceder al mejor nivel de salud que sea posible. Nivel de salud definido de acuerdo a las particularidades individuales y culturales de quienes experiencian el vivir de acuerdo a esa norma. El cuidado con ese derecho constituye otra razón de nuestro apoyo.
Finalmente una razón coyuntural cabalga bajo los argumentos esbozados. Tiene que ver con la incongruencia que la ley 20.000 posee y en la que la ciudadanía habita legalmente en la hipocresía y peligros de una ley que permite el consumo, pero sanciona todo acceso a la sustancia controlada, identificando al consumidor con el traficante, castigando al primero y desatando la actividad ilícita por omisión.”
La noticia, que fue dada a conocer a la opinión pública hace unas semanas atrás, retoma vigencia en el contexto del ayuno que el doctor Flores inició el pasado 16 de abril, como medida extrema ante la reiteración de las vulneraciones y la grave indiferencia de las autoridades para dar término a esta situación, pese a que se cuenta con suficientes antecedentes, conocimientos científicos y argumentos para reconocer el valor medicinal y espiritual del cannabis, así como el legítimo derecho al autocultivo para el uso personal, con fines recreativos, terapéuticos o sacramentales.
Lea la denuncia completa en este enlace
https://drive.google.com/file/d/0BweId7nyNPvhZW1OcW5fYUhFODA/edit?usp=sharing
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