#Justicia

Covid-19 y Derecho Penal

0 |
COMPARTIR
EN WHATSAPP
COMPARTIR
EN WHATSAPP

imagen

Tras el inicio de la pandemia producida por la propagación del Covid-19 a nivel mundial, el Gobierno de Chile decretó Estado de Excepción Constitucional, facultándolo para adoptar medidas más restrictivas en comparación a periodos de normalidad. Bajo está situación, el Presidente de la República o el Jefe de Zona si tuvo delegación de facultades, puede restringir la libertad ambulatoria, de reunión y el derecho de propiedad. 

No obstante, el Gobierno ha adoptado medidas fuera de dichas facultades, promoviendo una «cuarentena progresiva» que inicia con una cuarentena voluntaria, luego pasa a los cordones sanitarios, y finaliza con cuarentena obligatoria por zonas y, claro está, temporal. Esta última situación se está viviendo en algunas zonas del país, concentrando 07 comunas en la Región Metropolitana.

Ahora bien, en relación al Derecho Penal se suelen mencionar tres disposiciones que pueden llegar a aplicarse en estás situaciones, a saber: artículos 398, 316, 318 y 496 N*1, todos del Código Penal.


El ilícito contemplado en el artículo 318 no le basta la sola infracción a las reglas de salud en tiempo de epidemia, sino que exige que con ello se ponga en peligro el bien jurídico de la salud pública.

La primera de estas disposiciones se refiere a las lesiones, que es poco probable que ocurra. La segunda, también con baja probabilidad de ocurrencia, es la diseminación del virus. El asunto está más bien en las tercera y cuarta de las disposiciones mencionadas.

En efecto, al día de hoy el Ministerio Público ha iniciado más de 60 causas por el delito del artículo 318 del Código Penal, pero creo que este delito merece una reinterpretación.

El artículo 318 establece que «el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales«. 

Es decir, quien infrinja las normas de salubridad en tiempo de epidemia y con ello ponga en peligro la salud pública, será penado con 61 a 540 días de presidio o multa de 06 a 20 UTM. 

He ahí lo relevante del tipo penal, el verbo rector se traduce en infringir las reglas de salud en tiempo de epidemia, siendo el bien jurídico penalmente protegido la salud pública.

Bajo un Estado de Derecho, Social y Democrático, los tipos penales deben estar expresamente descritos en la ley, ser de última ratio, fragmentarios y subsidiarias, proporcionales y que importan una lesión o puesta en peligro del bien jurídico en cuestión, debiendo además interpretarse restringidamente.

Así, el ilícito contemplado en el artículo 318 no le basta la sola infracción a las reglas de salud en tiempo de epidemia, sino que exige que con ello se ponga en peligro el bien jurídico de la salud pública.

La pregunta entonces es ¿Qué se necesita para cumplir dicho requisito? A mi parecer, exigiría que el sujeto se haya hecho el test del Covid-19 y su resultado haya sido positivo, recibiendo entonces la orden de la autoridad de quedarse en cuarentena. 

En caso contrario, si el sujeto no se ha hecho el examen o haciéndolo dió negativo, su conducta no implica un riesgo a la salud pública, sino solo una infracción a la regla de autoridad, configurando la falta del artículo 496 N*1.

A su turno, si el sujeto no sabe si tiene o no la enfermedad, se cae el dolo, y la figura no se sanciona como culposa, con la salvedad que se pueda discutir el dolo eventual, pues también es claro que el tipo penal no exige dolo directo, pues carece de palabra alguna que así permita interpretarlo.

De esta forma, y prefiriendo los delitos de resultado o incluso los de peligro concreto, la figura del artículo 318 es una figura dolosa aplicable solo en aquellos casos en que el sujeto, sabiendose positivo de Covid-19 y teniendo la orden de cuarentena, no la cumple, y con ello pone en riesgo cierto la salud pública. En caso contrario, solo estamos en presencia de la falta descrita por el artículo 496 N*1 del mencionado código. 

Demás está decir, en todo caso, que hay una inconveniencia muy grande en decretar prisión preventiva en estos casos o en sancionar con pena efectiva, pues sería llevar el virus a los recintos penitenciarios, con todo lo que ello provocaría. Parece más prudente solicitar arresto domiciliario total durante el proceso, y pena sustituta una vez llegada la sanción.

Todo lo anterior habrá que verse como se analiza en la jurisprudencia, existiendo, como se dijo, ya mas de 60 casos al respecto. Espero, sin embargo, que la epidemia no nos haga olvidar que estamos en un Estado de Derecho, Social y Democrático.

TAGS: #Coronavirus #Cuarentena Derecho Penal

Los contenidos publicados en elquintopoder.cl son de exclusiva responsabilidad de sus respectivos autores.
Te invitamos a conocer nuestras  Reglas de Comunidad

Comentarios

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Quedan 1500 carácteres.

#NuevaConstitución

VER TODO
Para la ciudadanía la rotonda sin salidas es como vivir el castigo de Sísifo, destinados a llevar una pesada roca política a la cima de la montaña, solo para verla rodar montaña abajo y volver a repeti ...
+VER MÁS
#Política

De vuelta a la rotonda política

Para la ciudadanía la rotonda sin salidas es como vivir el castigo de Sísifo, destinados a llevar una pesada roca política a la cima de la montaña, solo para verla rodar montaña abajo y volver a repetir el ciclo interminable de esfuerzo y fracaso

Que existe agotamiento en múltiples sectores, difícil es de negar. Y eso incide en la viabilidad política actual. Pero eso no significa que el dilema constitucional esté cerrado
+VER MÁS
#Política

El mito del cierre definitivo del proceso constituyente/constitucional

Que existe agotamiento en múltiples sectores, difícil es de negar. Y eso incide en la viabilidad política actual. Pero eso no significa que el dilema constitucional esté cerrado

A pesar de los obstáculos y desgastes, el compromiso adquirido para modificar la Constitución debe ser respetado y llevado a cabo para reconectar con las expectativas y necesidades del pueblo
+VER MÁS
#Política

¿Nos jodimos todos?

A pesar de los obstáculos y desgastes, el compromiso adquirido para modificar la Constitución debe ser respetado y llevado a cabo para reconectar con las expectativas y necesidades del pueblo

El pueblo de Chile, está hastiado de la reyerta de baja monta, no quiere ver más discusiones bizantinas, alejadas de sus problemas cotidianos. Los chilenos y chilenas favorecen los acuerdos, pero esos no ...
+VER MÁS
#Política

Las lecciones del plebiscito

El pueblo de Chile, está hastiado de la reyerta de baja monta, no quiere ver más discusiones bizantinas, alejadas de sus problemas cotidianos. Los chilenos y chilenas favorecen los acuerdos, pero esos no se han visto por ningún lado

Nuevos

Expandir la duración de las elecciones puede mitigar la saturación de los centros de votación y reducir las barreras logísticas (...)El debate debe ir más allá de la logística; debe incluir una visi? ...
+VER MÁS
#Política

Elecciones en dos días: participación e integridad

Hoy sumando el tema de la inseguridad por los altos niveles de delincuencia, ha seducido a grandes  sectores de la  población, los engañan con el argumento que el esfuerzo y trabajo individual los hará ...
+VER MÁS
#Política

La nueva derecha

Es el momento de actuar. No podemos llegar tarde a esta urgencia que, en los últimos meses, ha quedado en evidencia. Y somos todos, cada uno de los actores políticos, sociales, académicos y gubernamental ...
+VER MÁS
#Política

¿Quién le pone el cascabel al gato?

En Chile, existe hoy día 21 partidos con representación parlamentaria, a lo que hay que sumar un gran número de independientes. La dispersión y fraccionamiento de las fuerzas políticas, atentan contra ...
+VER MÁS
#Política

Ganarle a la dispersión

Popular

Existen en Chile experiencias concretas respecto a la participación de trabajadores y trabajadoras en los directorios de empresas de las que se puede aprender y ampliar
+VER MÁS
#Política

Cóbrenos la palabra

Hoy sumando el tema de la inseguridad por los altos niveles de delincuencia, ha seducido a grandes  sectores de la  población, los engañan con el argumento que el esfuerzo y trabajo individual los hará ...
+VER MÁS
#Política

La nueva derecha

Lo que necesitamos como sociedad, es que gobierno y oposición, actúen con responsabilidad. El flagelo de la delincuencia, afecta todos los aspectos de nuestra vida, y era que no, produce severos efectos e ...
+VER MÁS
#Internacional

El legado de Cúcuta

La tónica ha sido, desde que tengo uso de razón, al menos en Chile, que quien conquista el centro, gana las elecciones. El centro político es la vedette a quien cortejar, querer, mimar. Y no pocas veces ...
+VER MÁS
#Política

Políticos mirándose el ombligo