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Acerca de los fallos de la Corte Penal Internacional

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Ayer, 6 de noviembre de 2014, la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, entregó los resultados de la investigación hecha por este organismo en el caso del ataque de fuerzas militares israelíes de élite a la conocida como «Flotilla de la Libertad de Gaza», el 31 de mayo de 2010. Esta investigación se abrió en el año 2013, a petición del pequeño estado africano de Unión de las Comores, involucrado en los hechos.

Según la fiscal, tras un «análisis jurídico y concienzudo de la información disponible, hay una base razonable para creer que se cometieron crímenes de guerra bajo la jurisdicción de la CPI en uno de los buques, el Mavi Marmara, cuando las fuerzas israelíes de defensa interceptaron la Flotilla de Libertad de Gaza», pero que «después de evaluar cuidadosamente todas las consideraciones relevantes, he concluido que el potencial caso o los potenciales casos que surgiesen probablemente a raíz de una investigación sobre este incidente no serían de una gravedad suficiente para justificar acciones adicionales por parte de la CPI».

¿Qué caso fue el que analizó la fiscal? Vamos a recordar: Israel impuso ilegalmente un bloqueo a la zona de la Franja de Gaza desde el año 2006. El bloqueo dejó a 1.400.000 de hombres, mujeres y niños palestinos atrapados en la Franja de Gaza. Recordemos además que 75% del territorio de Gaza estaba totalmente destruido y que no hacía mucho habían sido atacados en una operación que sí es un crimen de guerra, conocida como Operación Plomo Fundido, en el que murieron 1.300 palestinos civiles.

Una serie de organizaciones humanitarias de diferentes países europeos, intentaron organizar envíos de ayuda, pero Israel constantemente los impidió, hasta que en el año 2010, la ONG turca Insan Haklari ve Hürriyetleri Yardim Insan Vakfi» (Fundación de Ayuda Humanitaria Derechos Humanos y Libertades) o IHH, organizó lo que se conoció como la Flotilla Libertad. Esta ONG era y sigue siendo miembro consultivo del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas. Y la flotilla, que viajaba bajo bandera de las Islas Comores, comenzó su viaje con ocho embarcaciones en los que iban 70 personas de más de 36 nacionalidades diferentes.

La madrugada del 31 de mayo de 2010, aproximadamente a 64 kilómetros de la costa israelí, mientras la mayor parte de la tripulación de los barcos dormía, fuerzas de élite israelí abrieron fuego contra las personas que estaban en el barco «Mavi Marmara”, que no estaba bajo bandera turca, sino bajo bandera de Comores. En palabras simples: tiraron a matar contra personas desarmadas no al abordar sino antes de hacerlo, a pesar que los tripulantes ondearon banderas blancas, como ratifica la decisión de la CPI. En el ataque murieron 9 personas, 23 quedaron graves y una moriría después por esas heridas, y 31 heridos de menor consideración. Posteriormente, los demás barcos y tripulantes fueron escoltados al puerto de Ashdod, donde fueron retenidos y sometidos a torturas y tratos degradantes e inhumanos, como denunciaron Hedy Epstein, una mujer de 90 años sobreviviente del Holocausto, y miembro de la tripulación de la Flotilla y la Premio Nobel de la Paz 1976, Mairead Corrigan Maguire, y que se probó con un grupo de investigación del Consejo de Derechos Humanos de la ONU de septiembre de 2010, en el que se acusó a Israel de crímenes de acuerdo al artículo 147 de la Convención de Ginebra como asesinato premeditado, tortura, trato inhumano, de causar gran sufrimiento y  heridas graves.

¿Por qué la fiscal habla de crimen de guerra? Eso no está del todo claro. Los barcos estaban bajo bandera de un país con el que Israel no está en guerra, partieron su viaje desde países con el que Israel no está en guerra, y estaban tripulados por personas de países con los que Israel no está en guerra. Lo que ocurrió fue un crimen de lesa humanidad. Es probable que la fiscal haya tomado la decisión pensando en librarse de un engorroso proceso, ya que para tratar realmente el incidente como crimen de guerra, necesitaría que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas lo calificara como tal, y eso no iba a pasar.

Esta decisión de la fiscal Fatou Bensouda, aunque no compromete a la Corte en futuras causas, repone una vieja polémica del derecho internacional: considerar que un crimen internacional lo es no por el acto en sí, sino por el número de muertos.

Pero lo inaceptable es que se diga que “este incidente no serían de una gravedad suficiente para justificar acciones adicionales por parte de la CPI». Y ello porque la fiscal pretende «priorizar crímenes de guerra cometidos a gran escala o ejercidos con un plan o una política», siguiendo la línea de lo que dice el Estatuto de Roma. Si consideramos el ataque como un crimen de guerra, efectivamente no fue a gran escala, pero sí fue “ejercido con un plan o una política”. Hay una política de invadir con armas barcos extranjeros en aguas internacionales y hay órdenes de abordar y detener, usando la fuerza, a quienes circulen hacia Gaza. Eso tiene un nombre y es un delito: piratería. Algo que la fiscal debería saber muy bien, porque es Master en Derecho Marítimo Internacional y Derecho del Mar.

Esta decisión de la fiscal Fatou Bensouda, aunque no compromete a la Corte en futuras causas, repone una vieja polémica del derecho internacional: considerar que un crimen internacional lo es no por el acto en sí, sino por el número de muertos. Y eso es contradictorio con el objetivo de la Corte, que es juzgar a los individuos responsables de los más graves delitos que afectan al mundo entero, tales como genocidio, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad.

Si había indicios que se cometió un crimen, la fiscal debió investigar. Israel no iba a ser condenado (no es miembro de la CPI) pero habría podido develarse la realidad de los hechos, y probablemente haberse probado que Israel actuó correctamente o que actuó incorrectamente. Ahora, la idea que queda es que Israel es un Estado criminal, que nuevamente ha quedado impune (lo que no ayuda a ganar simpatías), y que la CPI es impotente para investigar los actos de Estados poderosos o influyentes. Mala decisión de la fiscal.

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3 Comentarios

Flor hortensia mellado

Los acabo de conocer pero, si son el quinto poder ayudenme a denunciar lo siguiente: mi hermano fue vulnerado dentro del hospital Dr Hernan Enrique Aravena de Temuco y la investigación de la fiscalía fue pura burocracia. El hospital nunca nos ha dado ninguna explicación. Le encontramos dos heridas: un corte cicatrizando y una punción a la altura del riñón procedimiento que nunca fue necesario.

william ojeda

BUEN DIA ESTOY HACIENDO UN TRABAJO DE TESIS SOBRE LOS FALLOS DE
LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, TENDRA EN CUANTA HASTA ESTA FECHA CUANTO
FALLOS DE SENTENCIA TIENE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

    GIULIANA

    buenas.. buscando información me encontré con esta pagina. también yo estoy buscando fallos de la Corte Pena internacional. pero hasta hoy día no he podido encontrar alguna que este en español, solo en ingles. si UD encontró sabe de algún sitio que facilite la búsqueda le estaré muy agradecida si puede pasarme el link o dirección de la pagina para ver los fallos de la corte.
    desde ya muchísimas gracias!!!!