El Estado de Chile no ha cumplido. Este martes Chile rindió examen ante el consejo de derechos humanos de Naciones Unidas. De acuerdo a los documentos publicados en el sitio de la oficina del alto comisionado para derechos humanos relativo al Examen Periódico Universal que rinden los países (EPU) y a los relatos de diversos representantes de organizaciones de la sociedad civil chilena y de periodistas presentes en Ginebra, Chile no está cumpliendo con diversos compromisos en materia de derechos humanos. Aquí nos referiremos particularmente a lo relativo al aborto terapéutico.
En la recopilación preparada por la oficina del alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos, se señala que la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) “lamentó profundamente que las iniciativas parlamentarias encaminadas a despenalizar el aborto hubieran fracasado. Reiteró su preocupación por el hecho de que el aborto siguiera siendo un delito en toda circunstancia, e instó a Chile a que revisara la legislación vigente sobre el aborto con miras a despenalizarlo en casos de violación, incesto o riesgo para la salud o la vida de la madre. El UNCT recomendó al Estado que revisara la legislación vigente en línea con las recomendaciones del CEDAW referentes a la despenalización del aborto terapéutico con el fin de proteger el derecho de las mujeres a la vida y la salud”.
Actualmente existen dos proyectos de Ley en el parlamento que fueron presentados por el Movimiento por la Interrupción Legal del Embarazo (MILES) Chile, que cuentan con el apoyo de diversos parlamentarios. Ambos proyectos recogen la aspiración de la ciudadanía para que Chile reconozca el drama que viven cientos de mujeres, así como profesionales de la salud, obligados a actuar fuera de la legalidad vigente. Estos proyectos proponen despenalizar el aborto en caso de riesgo de vida de la mujer, en caso de inviabilidad fetal extra uterina y en caso de violación.
Sin embargo, y a pesar del apoyo de la ciudadanía, el parlamento y el ejecutivo no han tenido la voluntad política de una iniciativa de este tipo que avance en garantizar los derechos de las mujeres. El conservadurismo de las élites se ha impuesto a las recomendaciones de la comunidad internacional y las demandas de los/as ciudadanos.
El Estado de Chile no escucha. Durante la sesión donde Chile rindió examen, Alemania observó con preocupación que la prohibición total del aborto continúa existiendo en Chile. Señaló que las mujeres y niñas son criminalizadas por someterse a un aborto, incluso en casos de violación, incesto o peligro para la salud o la vida de la madre. “¿Qué medidas está adoptando el gobierno de Chile para traer sus leyes relacionadas con el aborto en concordancia con sus obligaciones internacionales de derechos humanos?” preguntó su representante. Suecia, en tanto, consultó sobre las posibilidades que tiene el gobierno de Chile de modificar la actual legislación sobre el aborto, en particular en los casos de violación, incesto o amenazas para la salud o la vida de la madre, para asegurarse que estas sean coherentes con las obligaciones de derechos humanos de Chile.
“Que el aborto siga penalizado en Chile es algo que no pasa desapercibido en la comunidad internacional”, señaló vía twitter el periodista Pedro Cayuqueo. Rolando Jiménez, presidente del Movilh, también presente en Ginebra, transmitió la preocupación de diversos países por la inexistencia de aborto terapéutico en Chile.
El INDH ha señalado en una entrevista en radio Universidad de Chile, a través de su directora Lorena Fríes, que “el aborto será tema, Chile lo dejó fuera y es parte de la agenda del próximo gobierno. Veremos qué tan abierta queda la puerta para avanzar en ello”. En el resumen preparado por la oficina del alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos, que utiliza información proporcionada por distintas organizaciones de la sociedad civil, se señala que en materia de salud sexual y reproductiva, la situación es crítica.
El Estado de Chile no responde. Frente a estas consideraciones, Chile envió a Naciones Unidas un informe elaborado por el ministerio de justicia en conjunto con el ministerio de relaciones exteriores y el ministerio secretaría general de la presidencia. Además, en el proceso participaron los ministerios de interior y seguridad pública, secretaría general de gobierno, defensa, desarrollo social, educación, vivienda, medioambiente, y los servicios nacionales de la mujer, del adulto mayor, de menores y de la discapacidad.
La palabra aborto no existe en este informe. No hay referencia alguna al respecto. En el acápite sobre mujeres señala que “finalmente, en relación al protocolo facultativo de la CEDAW, el proyecto para su ratificación se encuentra actualmente en segundo trámite constitucional (recomendación 3)”. En el punto que se refiere al derecho a la salud y derechos sexuales y reproductivos (recomendación 22), el informe de Chile explica: “El año 2010 se dictó la Ley N°20.418 que fija normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad, estableciendo la política estatal en cuanto a educación sexual y libre entrega de anticonceptivos de emergencia en el sistema público de salud. Así a 2011 un 36% de las mujeres en edad fértil fueron usuarias de anticonceptivos entregados por el programa de regulación de la fertilidad del Minsal».
a pesar del apoyo de la ciudadanía, el parlamento y el ejecutivo no han tenido la voluntad política de una iniciativa de este tipo que avance en garantizar los derechos de las mujeres. El conservadurismo de las élites se ha impuesto a las recomendaciones de la comunidad internacional y las demandas de los/as ciudadanos.
“Sernam atiende a embarazadas y madres adolescentes de escasos recursos a través del programa AMA. Además, el centro especializado de atención y apoyo a la maternidad recibe llamados y entrega atención gratuita a cualquier persona que tenga algún conflicto con temas ligados a la maternidad y paternidad”. Tampoco hay mención al aborto. Tras la interpelación a los países, la representante del Sernam presente en Ginebra, Paula García Huidobro, en los últimos minutos de su presentación dijo: “Por último, en materia de aborto, nuestra constitución política protege la vida del que está por nacer, por lo que toda acción positiva para interrumpir un embarazo se encuentra prohibida por nuestro código penal. Sin embargo, en aquellos casos excepcionales en que la vida de la mujer corre peligro, nuestra legislación permite que los médicos realicen todos los tratamientos necesarios para salvar la vida de las mujeres aún como consecuencia necesaria o secundaria se afecte la vida o integridad de los hijos”.
Desde la llegada a la democracia en Chile, el Estado ha tenido respuestas insuficientes en general frente a los temas relacionados con los derechos sexuales y reproductivos, en particular frente al aborto. Nuevamente constatamos la ausencia de respuestas claras frente a una situación crítica para las mujeres, en particular la criminalización por el aborto, sobre todo en mujeres de los sectores medios y de escasos recursos.
Chile no respondió una vez más a la comunidad internacional y tampoco ha dado una explicación a sus ciudadanos/as sobre este derecho que existió en nuestro país entre 1931-1989 y que no ha logrado reponerse en democracia.
* Por Alicia Sánchez y Claudia Dides. Centro de Estudios Sociales y Opinión Pública, Universidad Central de Chile.
——-
Foto: Wikimedia Commons
Los contenidos publicados en elquintopoder.cl son de exclusiva responsabilidad de sus respectivos autores.
Te invitamos a conocer nuestras Reglas de Comunidad
José Manuel Olano Merino
Mi comentario: 1) Derecho humano al aborto NO EXISTE, así mismo tampoco es algo de RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL . Lo que sucede es que organismos dependientes de la ONU han realizado interpretaciones de instrumentos internacionales de los cuales ninguno establece «derecho humano al aborto» partiendo de que ninguno de carácter global establece en qué momento comienza la vida o se considera persona humana a alguien, de esa manera una interpretación extensiva con método sociológico que perfectamente cae en hacer una interpretacion en favor de.. a gusto de.. etc. Dichas interpretaciones se traducen en RECOMENDACIONES las cuales en primer lugar no constituyen derecho internacional como tal, segundo que NO SON VINCULANTES. Por lo tanto ningún Estado esta obligado a adecuar sus leyes para despenalizar el aborto, asímismo tampoco se cae en un «incumplimiento» como usted lo plasma en su artículo. 2) Ningún instrumento internacional establece un derecho humano al aborto, así mismo las interpretaciones que se han realizado no cumplen con las normas establecidas de forma expresa en La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados y ese sí es vinculante. 3) El espíritu de los instrumentos y también de manera expresa en cieros artículos SÍ se protege el derecho a la vida Declaración de los D. H art. 3, Convención D del Niño en su perámbulo, y en América la Convención A. de D.H, art.4.1 de la cual que ha hecho una interpretacion erróea, entre otros instrumentos I. También Las distintas conferencias sobre población y desarrollo quedó expresa la definición de salud reproductiva y NO INCLUYE EL ABORTO como parte de esta. 4) Aborto legal no es equivalente a salud, seguridad ni desarrollo. La comunidad científica internacional con distintos estudios federaciones, asociaciones, colegios y facultades de medicina de Portugal, Meryland EEUU, Inglaterra, España etc,. han establecido que aún con todos los protocolos, con equipo y persolan medico adecuado siempre se quiera o no hay serias consecuencias físicas, psicológicas las físicas incluso a largo plazo dejan la proliferacion de cáncer de cérvix, de útero, de ovarios, y las psicológicas esta reconocido el estress post-traumático del aborto, asi neonatólogos, ginecólogos, pediatras, psiquiatras etc. han establecido que los avances científicos han sido los suficientes en tratamientos y procedmientos alternativos al aborto en casos de maformacion o peligro de salud de la madre en sonde ya el aborto ya no posee cabida. El Aborto NO ES NECESARIO mas bien debe buscarse facilitar el acceso de ese avance científico a toda la gente. 5) varios enigmas científicos ya han sido resueltos. Desde la semana 8 el feto ya siente dolor…comprobado¡ y desde la semana 3 el embrion aununque pequeño ya ha dado inicio al desarrollo de órganos que son CARACTERÍSTICAS HUMANAS, por lo tanto raya en lo ridículo no considerarlo como persona¡ ES UNA PERSONA HUMANA, para la ciencia lo es, porqué no para el derecho???, asi para el aborto por violación para eso esta la adopción.. sencillamente es absurdo pensar en aborto cuando perfectamente puede darse en adopción ahora mientras lleva ese ser dentro de sí puede tener una terapia, es mejor evitar el aborto que solo empeora la situación por sus efectos que por eso lo considero COMO UNA FORMA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER que lesiona su integridad física, mental emocional, moral, etc. Derechos que SÍ estan reconocidos internacionalmente.