En el Chile que tenemos hoy, aquel del mercado neoliberal y bajo mentalidad economicista existe una falacia que mantiene la desigualdad y crea regalías basada en la libertad económica al dejar a las personas libremente desarrollar actividades como si tuviéramos todos las mismas posibilidades de hacer efectivo dicho desarrollo.
Resulta muy pertinente, fruto del descontento social actual, el cuestionamiento de las directrices que sigue el Estado. No han sido pocas las expresiones sociales en los últimos años que hacen creer la necesidad imperiosa de alguna transformación, cada vez mas aparecen situaciones en diversos ámbitos, ya sea educación, salud o territorialidad que llevan a pensar en un cambio de modelo por lo que pareciese ser un descontento hacia el sistema actual, por lo tanto es necesario revisar los elementos que rigen la sociedad actual. En esta ocasión me enfocaré en la libertad económica ya que en sí misma es una herramienta a las que las sociedades actuales le han otorgado un papel determinante en su desarrollo nacional y cobrando un valor mayor cuando se consagra constitucionalmente siendo en esta declaración de principios en donde es importante analizar que se ha estimado pertinente.
La Constitución Política de la República de Chile en su artículo número 19 acerca de las garantías fundamentales en su numeral 21º expresa: «El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, el orden público o la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen.
El Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado los autoriza. En tal caso, esas actividades estarán sometidas a la legislación común aplicable a los particulares, sin perjuicio de las excepciones que por motivos justificados establezca la ley, la que deberá ser, asimismo, de quórum calificado.»
Entonces al momento de analizar la consagración de la libertad económica en la Constitución nos encontramos con que el espíritu que se siguió por la junta militar fue el de estimar que el Estado debía reducirse a su mínima expresión aunque con ciertas atenuantes. Es sobre la base del derecho a realizar cualquier actividad económica como particular sumado a la limitación al desarrollo empresarial del Estado que se han dado las directrices para la actividad económica nacional y es principalmente a través de este principio quese opta por un sistema económico liberal o de economía libre mercado y que a su vez forman parte de un grupo de disposiciones que reciben el nombre de orden público económico (OPE)
En primera instancia se establece la facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad económica con su limitación en la moral, el orden público o la seguridad nacional.
Como los modelos económicos son el resultado de una visión política, se aprecia un Estado que delega a los privados principalmente el motor de la economía nacional por lo que sólo le corresponde regular medidas que garanticen el ejercicio de la libertad económica particular. Lo complicado aquí es que pueden mezclarse dos principios, por un lado la libertad para ejercer cualquier tipo de acto de comercio, lo que se describe explícitamente con su limitación lógica en la moral, el orden público y la seguridad nacional, y por otro lado, implícitamente, se encuentra la igualdad entre los que desarrollen esas actividades económicas. Es precisamente esta “igualdad” la que genera resquemores y hace necesario un análisis profundo, pues si bien es cierto tiende a concretizarse en el numeral 22º de dicho Artículo 19 CPR, el que a su vez es una expresión del Principio de Igualdad ante la Ley, pero para este caso existe una diferencia: se presume la igualdad ante el mercado.
Es decir, en el Chile que tenemos hoy, aquel del mercado neoliberal y bajo mentalidad economicista existe una falacia que mantiene la desigualdad y crea regalías basada en la libertad económica al dejar a las personas libremente desarrollar actividades como si tuviéramos todos las mismas posibilidades de hacer efectivo dicho desarrollo.
Para entender esta lógica es preciso profundizar el último punto. Históricamente siempre se ha dicho por los economicistas que frente al mercado todos estamos en pie de igualdad, pero en la sociedad actual la mayoría de la población solo posee su capacidad de trabajar, siendo esto y sólo esto con lo único que puede participar en el mercado como oferente, es decir, solo de su fuerza de trabajo. Por ello que la igualdad solo es aparente y macroeconómicamente solo podrá ejercerse dicha libertad plenamente por aquel que tenga más posibilidades de otorgar algo al mercado siendo el resto “menos libre” ya sea por no ejercer la libertad (decisión propia) o por que no tiene los medios materiales suficientes para ser competitivo en el mercado (determinado), entonces si es el mercado la fuerza que determina y delimita exigiendo requisitos previos y discriminando negativamente al que no los posea resultaría lógico que el valor de la libertad económica no se encuentra regulado de una forma que garantice una libertad propiamente tal y que va en contra de lo que se presupone que es un contrato social.
Reflejo de lo anterior es la tremenda desigualdad que se vive hoy en día producto de un sistema económico que la permite y reproduce, ese “chorreo” de recursos que hacía creer que el éxito de uno es par a todos, demostrando la realidad el fracaso de un modelo individualista, con una reducción del Estado, primacía del mercado, baja inversión pública y casi sin una política social real y estructurada.
En segunda instancia encontramos la limitación empresarial del Estado, el principio de subsidiariedad que lo supedita en su ejercicio al otorgamiento de una autorización a través de una ley de quórum especial.
La teoría de la subsidiariedad presupone la naturaleza del hombre considerando que la sociedad y las agrupaciones que la componen se crean para que el individuo alcance su propio bien, ergo el Estado actúa solo cuando los miembros de la comunidad dejados a su propio arbitrio dentro del marco legal no pueden satisfacer una determinada necesidad, por lo tanto su observancia se limita al cumplimiento del Estado de Derecho dentro del mercado. Nuestro país antes de la implantación del modelo neo-liberal tenía un sistema político en el que el Estado aseguraba la protección social mediante una serie de beneficios y prestaciones tales como sanidad, vivienda, educación, servicios sociales, pensiones de jubilación, protección del empleo, etc., los cuales eran entregados y protegidos directamente por el Estado en lo que se define Estado de Bienestar.
Como sustento del Estado Subsidiario existe una ideología política de libre mercado la cual se fundamenta básicamente en tres premisas.
– El Estado es esencialmente ineficiente por lo que la actividad económica no debe ser parte de sus atribuciones las cuales deben dejarse en manos privadas que son esencialmente más eficientes.
– Por lo que el Estado debe otorgar el máximo de libertad posible a la iniciativa privada.
– En consecuencia el Estado debe reducirse a las funciones esenciales de defensa y seguridad y solo supletoriamente corregir las distorsiones y efectos negativos provocados por el mercado.
La aplicación de estos conceptos es una especie de camisa de fuerza para el Estado, su consagración constitucional tiene la finalidad de asegurar su intangibilidad política y jurídica a través de un alto quórum para su modificación pero el problema fundamental reside en la primacía del mercado y el capital privado.
El mercado, de por sí, tiene una carga valórica distinta de lo que pretende un bien social ya que en su esencia existe una finalidad de enriquecimiento personal. Si a una determinada prestación la sometemos al mercado para que sea objeto de negocios se produce el efecto de pretender el máximo de utilidades al menor costo y en el menor tiempo posible por lo que bajo cualquier punto de vista debe existir al menos una intervención mínima del Estado. Pero esto se encuentra lejos del principio de subsidiariedad en donde la ejecución de políticas públicas solo responde a los intereses funcionales del mercado, la mínima intervención del Estado ahí donde falla el mercado tampoco es sinónimo de calidad ni acceso por lo que el Estado como proveedor de estos bienes termina siendo irresponsable fruto de que su actuación se subordina a los sectores donde el mercado no encontró ganancias debiendo quedarse con las perdidas.
La relevancia del asunto no es netamente económica, los dos elementos tratados anteriormente permiten deliberadamente la acumulación de riquezas lo que trae como consecuencia directa una desigualdad social corolario de las enormes ganancias que perciben las grandes empresas y la poca o nula justicia tributaria originando una segregación social justificada en una concepción ideológica según la cual es necesario que haya personas con condiciones precarias y otras que tengan un muy buen nivel de vida para que la sociedad funcione. Sin embargo el efecto indirecto es la injerencia que este poder económico puede ejercer sobre cualquiera de los órganos del Estado dejando “eventualmente” al criterio de los poderes fácticos la formación de leyes que los favorezcan y las sanciones de los delitos que les perjudiquen facilitándoles aun más la tarea con una nula regulación del lobby y la falta de una democracia real y representativa.
Es así como lo que dice ser en principio una manifestación de la libertad pareciera ser una fundamentación ideológica para justificar una desigualdad basada en un desprestigio que le atribuye al Estado una mala administración.
Bajo esta premisa que se permite que privados puedan apropiarse de las más rentables y eficientes empresas públicas a través de un estado subsidiario que aprueba la entrega y está dispuesto a desnacionalizar los bienes públicos y naturales a capitales extranjeros que solo miran al beneficio propio, incurriendo en la aberración de permitir dos sistemas de salud y educación, uno público con recursos insuficientes y el otro privado para los que tienen una situación más acomodada. El país necesita poder re encauzar su función pública, que el Estado sea capaz de poder emprender sin límites inversiones estratégicas, ¿si la función principal del Estado es pretender siempre el bien común, no sería lo más cercano a su misión el Estado de Bienestar? Pero como vimos, actualmente pesan más los derechos consagrados en defensa de la actividad de los privados,resultando por lo menos curioso que para privatizar baste con un simple decreto supremo pero para nacionalizar se necesite quórum calificado.
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