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Gobernadores Regionales electos: ¿Resuelven el problema de la centralización?

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Chile, desde su independencia, se ha regido, bajo el modelo de una república indivisible, con un Estado unitario (BCN, 2019)[1]. Es así, que recién en el año 2013 en materia de descentralización y particularmente, en representación popular, se aprueba la reforma constitucional que posibilita la elección directa de Consejeros/as Regionales, conocida como la ley N° 21.073 (BCN, 2019). No obstante, esa medida tuvo un aporte casi nulo en materia de descentralización del poder, puesto quien dirigía las inversiones y el quehacer orgánico de los/as Consejeros/as Regionales, era el Intendente y su equipo político, es decir una figura nombrada por la o el Presidente y no por la ciudadanía.


El proceso de descentralización ha agudizado contradictoriamente el poder y la visibilidad del nivel central expresado en regiones, provocándose en la práctica un contrasentido de la descentralización

Para palear este déficit de descentralización de poder, es que surgen otras reformas constitucionales, mediante la dictación de las leyes N° 21.073 y 21.074 que, respectivamente, regulan la elección del/la Gobernador/a Regional y establecen un procedimiento de transferencia de competencias desde el nivel central a los gobiernos regionales. Con esta acción se pretendía poner fin a la presencia del Gobierno central en las decisiones del Gobierno Regional. Pero, ¿Fue realmente así?

La respuesta es no, como resultado de dichas leyes, estas fueron parte de un acuerdo político, puesto que se requería un quórum de 2/3 de ambas cámaras, y como resultado de esto, se creó la figura del Delegado/a Presidencial tanto a nivel regional como provincial, manteniendo la presencia en la decisión política regional del nivel central y quedando pendiente la discusión de la descentralización financiera y de mayores competencias en temáticas tan importante en las decisiones de política local, como lo son, el desarrollo urbano, movilidad y medio ambiente entre otras. En suma, se creó un cargo nominativo, con muchos votos, más que un senador/a, pero con escasas competencias.

Desde su aprobación en el año 2017, el Gobierno de turno, sumado a factores de baja representatividad ciudadana, un estallido social, y una constante decisión de postergar las elecciones[2], definitivamente no consiguió comunicar de buena manera que, mediante elección popular, se votaba a la nueva máxima autoridad regional. Es así, que, en el año 2019, según un estudio de la Universidad de Talca, sólo el 33% de los consultados conocía la nueva Institucionalidad[3], con lo que se tradujo en un amplio desconocimiento ciudadano, ratificado en la encuesta IPSOS de mayo del presente año, que reafirmó que sólo el 43% sabía que se votaba por cuatro cargos distintos en la mega elecciones, incluyendo el cargo de Gobernador Regional (IPSOS,2021).

Por su parte, un estudio de la Universidad del Bio Bio del año 2020, al ser consultados por las tres prioridades que debía tener el programa de trabajo del futuro gobernador, el 69,1% mencionó la reactivación económica; el 61% la calidad de vida de sus habitantes; y el 45,6% apuntó a políticas medioambientales (UBB,2020). En definitiva, tres menciones que ninguna de ellas, tienen las competencias directas para poder llevarlas a cabo.

Asimismo, en materias tan importantes como la protección civil o la seguridad ciudadana, estas quedan a menester del Gobierno central, pero aún, lo más preocupante, es lo que ocurre en materia medio ambiental, puesto que la Contraloría interpretó que serán los Delegados Presidenciales los encargados de presidir las comisiones de evaluación ambiental (CGR, 2021). Así, proyectos emblemáticos para las regiones serán definidos desde el poder central.

Concluyentemente, tal como plantea el académico E. Montecinos, el proceso de descentralización ha agudizado contradictoriamente el poder y la visibilidad del nivel central expresado en regiones, provocándose en la práctica un contrasentido de la descentralización (Montecinos, 2020), lo que reafirma aun más la crisis de representatividad y aleja la real equidad territorial que se requiere post crisis económica y pandémica.

[1] Boletín N° 13.815-05: Proyecto de ley, que fortalece la descentralización financiera de los Gobiernos Regionales.

[2] La Tercera, 10-06-2019: UDI y Evópoli plantean al gobierno opción de aplazar elección de gobernadores. https://www.latercera.com/politica/noticia/udi-evopoli-plantean-al-gobierno-opcion-aplazar-eleccion-gobernadores/693205/

[3] Universidad de Talca 30-03-2019 Encuesta UTALCA revela desconocimiento ciudadano sobre la elección directa de gobernadores.  http://derecho.utalca.cl/html/extension/bodega/noticia572.html

TAGS: #GobernadorRegional Descentralización

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Comentarios

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pablo portales

30 de agosto

La elección de gobernadores regionales es una estación en el largo proceso de la descentralización. Cuentan con la legitimidad ciudadana, ya no dependen del presidente de la república. Esto quiere decir que ahora corresponde organizarsus equipos diseñar un plan con particiàción de ls fuerzas vivas de la región y preparar la otra estación la discusión y decissión de sus competencias, es decir, las capacidades de la región para ejercer su autogobierno sustentado en competencias y recursos para gobernar el territorio. La solución del problema de la centralización lo decidirán la regiones autogobernadas junto a la sociedad civil en sus territorios y disponiendo de competencias y recursos.

paolo

30 de agosto

Intentar algo con la actual constitución es perder el tiempo. A quién se le puede ocurrir votar una ley o crear un gobierno por 2/3. No es lo mismo que redactar una nueva constitución por 2/3. Respecto a la descentralización, no es lo mismo descentralizar un Estado presidencial que uno parlamentario. En un Estado presidencial existe: un presidente, con su gabinete; un gobernador o intendente, con su gabinete; un alcalde, con su gabinete. Como la caja de Klenzo, todo se reproduce de manera fractal: si en la capital hay un presidente; en la capital regional hay un intendente; y en la municipalidad hay un alcalde. En cambio, en un Estado parlamentario: si en la capital hay un parlamento; en la capital regional hay un parlamento regional; y en la municipalidad hay un concejo municipal. Por esto, en un Estado presidencial la descentralización tiende al federalismo: Argentina, Brasil, Mexico. Porque la existencia de una autoridad regional colisiona con la existencia de una autoridad nacional. Por esos los paises federales tienen capital federal; policia federal; policia regional, etc. Porque todo se compartimenta. Como quienes han estado en el poder no han querido cambiar a un regimen federal: pero tampoco a un regimen semiparlamentario o semipresidencial; simplemente el problema se ha hecho insoluble. Saben que elegir directamente al Intendente llevaría al federalismo; y les aterra, pero la solución semipresidencial los aterra más, asi que simplemente: no hacen nada.

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