Todos sabemos que para que un órgano tenga real poder de decisión, debe estar acompañado del manejo de recursos. Al quitársele esta atribución al CORE y entregársele al Intendente (designado) estamos concentrando poder en una autoridad y quitándosela a quienes fuimos electos por votación popular como representantes del territorio para dar poder a las regiones.
Acabamos de ser testigos de la primera elección directa de Consejeros Regionales en nuestro país, una elección que, se supone, viene a profundizar la descentralización y a generar más autonomía a los territorios y un mayor contacto de la ciudadanía con sus autoridades regionales y sus decisiones.
Lamentablemente, el lindo discurso no vino aparejado de la importancia que este hito en nuestra democracia debió tener, ya que no se informó a la ciudadanía sobre esta elección. Se jugó a bajar el perfil y en la campaña comunicacional del Gobierno se utilizó un segundo en señalar que “se elegirán consejeros regionales”. Esto sin explicar funciones, atribuciones y rol en general.
Mucho se ha desinformado al respecto, sobre todo en medios de comunicación que señalan que los COREs electos no sabrán cuáles son sus funciones ni atribuciones, debido a que hay un proyecto de Ley que las modifica que está en tramitación. Y es en este punto que deseo profundizar:
1. Cuando existe una Ley vigente, esas son las atribuciones vigentes, por lo que es falso decir que no las conocemos. Están perfectamente explicadas en la Ley 19.175 sobre Gobierno y Administración Regional.
2. El proyecto de ley en discusión en el Senado, que fue aprobado en general en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, según consta en el Boletín 7963-06 relativo al fortalecimiento de la regionalización en el país, también conocido como traspaso de competencias, posee una gran trampa en el artículo 78, que le quita a los Consejeros Regionales la facultad de resolver la inversión de los recursos que se asignen a la región, según lo dispuesto en los artículos 76 y 77 de dicha Ley, sobre la base de la propuesta que formule el Intendente. Esta facultad se la traspasa al Intendente, que recordemos aún es designado.
3. En la práctica, esto hará que el CORE sólo se pronuncie sobre marcos o programas, es decir cifras globales, y no tenga capacidad de priorizar inversión, como por ejemplo decidir dónde se construirá un consultorio o a qué comunas hay que priorizar para que tengan alcantarillado y agua potable. Siendo los recursos limitados, ¿no debieran ser las autoridades electas popularmente y que tienen un mayor conocimiento del territorio quienes tomen esas decisiones?
4. Algunos se escudan en algunos escándalos que han sido develados por la prensa, para la disminución de facultades. Yo me pregunto, ¿no es mejor aumentar la fiscalización y que ahora la ciudadanía esté mirando a unas autoridades que conoce y antes desconocía?
5. Todos sabemos que para que un órgano tenga real poder de decisión, debe estar acompañado del manejo de recursos. Al quitársele esta atribución al CORE y entregársele al Intendente (designado) estamos concentrando poder en una autoridad y quitándosela a quienes fuimos electos por votación popular como representantes del territorio para dar poder a las regiones.
En síntesis, si se aprueba el artículo 78, por muy buenas intenciones que haya, el avance en materia de descentralización será música, y nos convertiremos en concejales de la región (sin menospreciar tan noble función, que por años han luchado por tener reales atribuciones en sus comunas), sin poder de decisión y representación real.
¿Así queremos avanzar? Ojalá los parlamentarios tomen conciencia de esta situación antes de emitir su voto, porque los ciudadanos que votaron por los Consejeros Regionales no estarán muy contentos de saber que las autoridades que ellos eligieron ahora no podrán apoyar el desarrollo de sus territorios, porque los atan de manos.
La descentralización no puede esperar.
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