El comité de expertos debiera tener la respuesta.
El 7 de enero de 2023, fue publicada en el Diario Oficial Ley Nº21.533, que modifica la Constitución Política de la República con el objeto de establecer un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política de la República. Segundo intento que realiza el país para tener un nuevo proceso y, en consecuencia, una nueva constitución y así dejar atrás la constitución de 1980 elaborada en dictadura. No obstante, el proceso chileno de nueva constitución a sido cual caballo inglés en materia de participación ciudadana y también en participación de los pueblos indígenas. La ley anterior, N° 21.200 que instituyó la convención constitucional estableció mayor participación de los independientes y estableció la participación de los pueblos indígenas mediante escaños reservados. 17 escaños representó a los 10 pueblos indígenas del país en la Convención Constitucional.
El proceso en curso restringió la participación del ciudadano independiente y no establece un sistema de escaños reservados para pueblos indígenas. Para nuestros pueblos estableció cupos supra numerarios, los que, dependiendo de la participación y votación indígena en las elecciones, podría salir uno o dos representante del pueblo mapuche y en el peor de los casos, ninguno. Es una posibilidad completamente plausible que en actual proceso constitucional no esté representado ningún pueblo indígena en el Consejo Constitucional por no alcanzar los 195.000 votos a nivel nacional, votación que se requiere para obtener un escaño indígena en el Consejo. Lo mismo pasa con los órganos deliberativos de la nueva constitución. En la comisión de expertos no previo la participación indígena y en la comisión de admisibilidad tampoco.
La posibilidad cierta de que los pueblos indígenas no estén debidamente representados y la exclusión institucional de los indígenas del proceso, llevó a que un grupo de personas indígenas – expertos en sus derechos- se reunieran y dieran cuerpo a una “Comisión de Expertos (as) Alternativa, que se constituyó día 20 de marzo del presente año, para resguardar los derechos de nuestros pueblos indígenas, y del cual quien escribe, es parte.
¿Qué hace que en pleno siglo XXI, y después de tener asegurado escaños reservados en el proceso anterior, hoy no exista representación y participación de nuestros pueblos indígenas? Racismo estructural dirán los estudiosos. Fue el castigo por haber planteado la plurinacionalidad – dirán otros, ya que a juicio de estos últimos , explicaran que los indígenas “querían dividir el país, y tener su propia justicia”, incluso “gozar de privilegios”, sin entender que la plurinacionalidad era la vía y propuesta política indígenas para resolver el complejo conflicto entre Estado y pueblos indígenas, especialmente con el Pueblo Mapuche.
Probablemente muchos de los que rechazaron el proceso anterior se sientan satisfechos que no exista la representación y participación indígena, sin embargo, si se mirara con sentido de país y con miras a reparar las injusticias del pasado y el malestar de los pueblos indígenas, la exclusión en el nuevo proceso es más bien una victoria a lo pirro, de los sectores conservadores, Chile pierde la oportunidad de resolver de manera pacífica el problema con los pueblos indígenas y establecer un nuevo punto de diálogo. La exclusión ruye ab initio la legitimidad democrática de la nueva constitución. A la larga, es más perdida que ganancia.
Pero el proceso ya está en curso. El Comité de Expertos se instaló en el ex Congreso Nacional el pasado 03 de marzo y entre otras cosas, el día 07 marzo, las universidades de Chile y Católica de Chile dieron el vamos a esta instancia a partir de la cual se desplegarán los cuatro mecanismos de participación en el proceso constitucional que serán: audiencias públicas, iniciativa popular de norma, diálogos abiertos y consulta ciudadana. Para materializar lo anterior se instituyó la secretaria de Participación Ciudadana instancia que será encargada de desarrollar las herramientas para que el proceso constituyente se realice y en cuya dirección están connotadas personalidades del mundo académico. Lo anterior es positivo, deja ver que, no obstante, al acotado tiempo de funcionamiento del Comité de Expertos y de las restricciones legales en que se desenvuelve este proceso, sus actores hacen suya la importancia de dotar de participación ciudadana a la discusión constitucional, que, por su propia naturaleza, debiera ser un proceso de discusión popular, o, mejor dicho, de todos los pueblos. No olvidemos que lo que está en juego no es una reforma a la actual constitución, sino una nueva constitución y en buena ley, el pueblo debiera definir y establecer la constitución con la cual quiera regir su destino.
En lo que respecta a pueblos indígenas nuevamente se ven invisibilizados en cuanto a la participación. Ni la Comisión de Expertos, ni la secretaria de Participación Ciudadana establecen mecanismos diferenciados para la participación indígena
En lo que respecta a pueblos indígenas nuevamente se ven invisibilizados en cuanto a la participación. Ni la Comisión de Expertos, ni la secretaria de Participación Ciudadana establecen mecanismos diferenciados para la participación indígena, lo que es preocupante, ya que, los pueblos indígenas, por ser culturas distintas y de ser titulares de derechos específicos y diferenciados, requieren de mecanismo de participación diferenciada. No es un asunto que nazca de la pura imaginación de quien escribe, sino de sendos instrumentos internacionales de derechos humanos del sistema internacional de Derechos Humanos, tanto general (Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, La Convención Interamericana de Derechos Humanos, etc.) como de los tratados específicos como es el Convenio 169 de la OIT. Tratos internacionales ratificados por chile y que se encuentran vigentes y conforme al artículo 5, inciso 2º de la actual constitución, ponen un límite a la soberanía del Estado.
Piénsese solo respecto del derecho a ser tratados los pueblos indígenas “iguales ante la ley” y no ser “discriminados arbitrariamente” para deducir que Chile y el actual proceso Constitucional está – hasta ahora – en deuda con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y pueblos indígenas.
El Comité de expertos tiene dos grandes desafió en materia de Pueblos Indígenas. En lo inmediato materializar un proceso de participación indígena diferenciada en el proceso de elaboración del borrador de texto constitucional y, reconocer en el texto constitucional a los pueblos indígenas en su calidad de tales, con sus derechos colectivos conforme a los estándares internacionales en la materia, y en principio, sometiendo a consulta indígenas la propuesta que presente al Consejo Constitucional, por aplicación del artículo 6º del Convenio 169 de la OIT.
Esperamos que el Comité de experto este a la altura de estos desafíos que los tratados internacionales de derechos humanos le imponen en relación con nuestros pueblos indígenas que han sido históricamente excluidos negados sus derechos.
Los contenidos publicados en elquintopoder.cl son de exclusiva responsabilidad de sus respectivos autores.
Te invitamos a conocer nuestras Reglas de Comunidad
Oscar Martínez
El comité de expertos, como me hace reír. La risa es remedio infalible. No será en esta nueva constitución en la que se avanzará en derechos. Los supuestos expertos tienen como objetivo consolidar lo robado, lo apropiado gracias al modelo económico impuesto en dictadura. Sabemos a quién a beneficiado, lo sabemos todos. El resto de las y los ciudadanos con poca renta y escasas propiedades, vota por los que mandatan a estos expertos del comité, porque ven que es la única manera de que les caigan unos billetes. Más del 60% voto que no quiere derechos.