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Ley Emilia y su infructuoso paso por el Congreso

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El 30 de abril del 2013 varios senadores ingresaron un proyecto de Ley que plantea modificaciones a la Ley de tránsito para complementar la que se aprobó previamente en la cámara. La iniciativa buscaba sancionar con mayor firmeza y generar conciencia en los conductores, modificando puntos importantes que esperamos, como ciudadanos, se retomen a la brevedad.

Desde todo punto de vista es una lamentable situación la que se genera a nivel país cuando la «Ley Emilia»  no consigue los votos necesarios en la cámara de diputados, pues en su base permitiría endurecer las sanciones a conductores ebrios que causen daño a personas. No tiene explicación para los ciudadanos la prácticamente “impunidad” en la que se refugian actualmente quienes cometen delito al conducir en estado de ebriedad, existiendo desgraciadamente penas muy bajas para los irresponsables al volante.

El 30 de abril del 2013 varios senadores ingresaron un proyecto de Ley que plantea modificaciones a la Ley de tránsito para complementar la que se aprobó previamente en la cámara. La iniciativa buscaba sancionar con mayor firmeza y generar conciencia en los conductores, modificando puntos importantes que esperamos, como ciudadanos, se retomen a la brevedad.

Entre los objetivos principales de estas modificaciones propuestas en la cámara están sancionar con presidio menor en su grado mínimo  hasta la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla hasta por dos años y multa de 10 a 50 UTM al conductor que participe en un accidente de tránsito en que se produzcan lesiones o muerte, y no entregue cumplimiento a la obligación contenida en el artículo 176 de la Ley de Tránsito, de detener su marcha, prestar la ayuda necesaria y dar cuenta a la autoridad policial más inmediata. Asimismo, tampoco procedía la suspensión condicional del procedimiento ni ningún tipo de beneficio penitenciario y aumentar en un grado la pena al conductor que huya del lugar en que se produjo el accidente de tránsito.

De esta forma se les señalaba a los millones de conductores del país que debían ser consecuentes y responsables a la hora de estar detrás del volante, que conducir no es solo subirse a un vehículo y dar vueltas por la ciudad o carreteras del país. Ser conductor es respetar los derechos y la vida de los demás y si no se tiene ese respeto, la Ley se lo hará notar con mayor firmeza. La sociedad y especialmente los legisladores no pueden dejar que irresponsables y asesinos crean que vencen al sistema de justicia.

En las modificaciones presentadas se sustituía el artículo 176 por otro que establecía que “en todo accidente de tránsito en que se produzcan lesiones o muerte, el conductor que participe en los hechos estará obligado a detener su marcha y en el caso de lesiones, llamar a un centro hospitalario o de atención médica cercana, con el fin de prestar la ayuda que fuese necesaria. En ambos casos se deberá dar cuenta a la autoridad policial más inmediata, entendiéndose por tal a cualquier funcionario de carabineros que estuviere próximo al lugar del hecho, para los efectos de la denuncia ante el tribunal correspondiente”.

Además, se debe recordar que se planteó en su oportunidad una indicación para sustituir el inciso segundo del artículo 176 de la Ley de Tránsito, con la finalidad de establecer que “el conductor que no socorriere o auxiliare a una persona que se encuentra herida o en peligro de morir, cuando pudiere hacerlo sin detrimento propio, será castigado con presidio menor en su grado mínimo, con la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla, hasta por dos años y multa de 10 a 50 unidades tributarias mensuales. Agregando un inciso final, nuevo, para aplicar un grado más de pena, en caso de lesiones de cualquier tipo o muerte, cuando el conductor se da a la fuga”.

Hoy la “Ley Emilia” no seguirá su tramitación en el congreso y por ahora no podrá convertirse en texto legal debido a que la Comisión Mixta de la cámara de Diputados y su informe sobre el proyecto relativo a la conducción en estado de ebriedad, aún luego de ser aprobado por el  Senado, fue rechazado. Así, y de acuerdo a lo que señala la Constitución, “los informes de comisión mixta deben ser aprobados por ambas cámaras, de lo contrario, no hay Ley”. Por lo tanto, para quienes queremos que efectivamente se endurezcan las penas, las alternativas que se presentan son dos: la primera un veto presidencial o, segundo, la tramitación de un nuevo proyecto, materia que ya están estudiando los Senadores.

Se debe dejar en claro que más allá de este revés en la Cámara, este no significa una derrota, podemos aprovechar la coyuntura como una oportunidad, para que en familia se debata este tema y con ello generar conciencia del respeto por la vida de los demás, debemos educar y hacer prevalecer el sentido común, aún cuándo este es el menor de los sentidos.

Debemos asimilar toda la responsabilidad que se nos entrega cada vez que subimos y manejamos un vehículo, ya que no es solo sentarnos detrás de un volante, es más bien un compromiso social y familiar, ello porque cada vez que ocurre un accidente, detrás de él existen personas que sufren en ambos lados.

Creemos todos un Chile más seguro y que respete la vida.

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Rodolfo Moreno

13 de abril

Todo conductor ebrio que termina dando muerte a otro, ha de haber pasado por llegar a la fiesta manejando sobrio, salir de la misma ebrio y transitar un trecho corto o largo en estado de ebriedad al mando de su vehículo.
Ese tipo de conductor lo hace, lo ha hecho y lo sigue haciendo porque tiene la convicción de que no lo pillarán y que nada le pasará.
De hecho, todos los conductores ebrios que son sorprendidos, lo han hecho anteriormente muchas veces sin que nada les haya sucedido.
Y eso les alimenta la sensación de impunidad y de que ellos si pueden manejar con unas copas de sobra.
Sancionar con cárcel y mas cárcel a conductores ebrios que terminan dando muerte a otros, es preocuparse únicamente de la parte del iceberg que se ve y al mismo tiempo ignorar lo que hay debajo del agua.
Son los conductores que salen de la fiesta ebrios y conduciendo su vehículo el objetivo a desnudar y sancionar.
Hay que desincentivar la ebriedad unida a la conducción en sus orígenes.
Hay una solución viable y muy simple, sin aumentar las penas de cárcel.
Se trata del comiso establecido en el Código Penal y Código Procesal Penal, que consiste en que el delincuente pierde en beneficio del Estado los elementos usados para la comisión de un delito cualquiera.
Así, bien podría legislarse decretando el comiso del vehículo respectivo e invariable para todo conductor ebrio, además de las sanciones actuales, incluyendo el comiso para el caso de la suspensión condicional del procedimiento.
Si el comiso se aplicara siempre, siendo indiferente el valor del vehículo e incluyendo los casos de que el vehículo sea de un tercero (los padres, un amigo, el empleador o una empresa de arriendo de vehículos), entonces va a doler donde mas nos afecta a todos: el bolsillo.
Y los terceros ya no van a prestar su vehículo a quien o quienes no les tienen absoluta confianza.
Las empresas de arriendo de vehículos les van a pedir una fianza a sus clientes y nada perderán.
Los padres ya no le pasarán el auto al hijo que va a una fiesta, van a preferir mil veces pagarle un taxi.
Etc., etc.
Este tipo de solución, unido a un mas estricto control policial, afectaría de tal manera a no pocos irresponsables, que en poco tiempo van a disminuir en tal grado los conductores ebrios, que ya no habrá muertos inocentes que lamentar por este tipo de ilícitos.
No es con mas cárcel que se resuelve este problema.
Esta sería una buena solución.
¿habrá votos en el congreso para algo así?

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