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Ley de Participación: Una ley sin reglamentos

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Desde el 16 de Febrero de este año la Ley de Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública (Ley 20.500) es una realidad. La ley, que fue enviada al Parlamento en el año 2004 durante el gobierno de Lagos y dilatada durante los gobiernos de la Concertación, tardó demasiado.

Su objetivo central es fortalecer la participación ciudadana en el aparato público, crear un Registro Nacional de personas jurídicas y establecer Consejos de la sociedad civil en diversos niveles del Estado. Además, aspira a hacer más fácil y accesible el proceso de constitución y registro de la organizaciones. En resumen, busca ser un mecanismo para que la sociedad civil amplíe sus herramientas de participación democrática y facilite la asociatividad.

Un año antes, el 16 de febrero de 2011, la ley fue publicada en el Diario Oficial y le daba al gobierno doce meses para dictar un reglamento que permitiera operar esta ley.

El gobierno estableció reuniones con organizaciones de la sociedad civil ya bastante avanzado el 2011, cuyo objetivo principal era discutir los reglamentos. Las organizaciones entregaron meses más tarde opiniones e indicaciones a los reglamentos elaborados por el ejecutivo.

Hoy, a dos meses de entrada en vigencia de la ley con su articulado permanente, los reglamentos están sin concluir y la ley no puede ser ejercida en plenitud. Tal situación deja en un área gris a las organizaciones que han querido constituirse en los últimos meses e impide la puesta en marcha del Consejo y del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, limitando a estas últimas el acceso a recursos durante el primer semestre.

La nueva Ley le da un rol central en el proceso a los municipios. El Secretario Municipal es la puerta de entrada al sistema de inscripción y es quien recibe formularios y documentos que luego envía al Registro Civil para su inscripción en el registro nacional de personas jurídicas.

Hoy los Secretarios Municipales argumentan que no tienen los reglamentos, ni la capacitación y equipos para apoyar el proceso. Muchos no conocen los procedimientos, no saben de la existencia de la ley, no tienen difusión en sus páginas y poca voluntad de asumir otra tarea más entre las múltiples que desempeñan a diario.

El Registro Civil, por su parte, tiene funcionando el sistema de inscripción e información en su web, además de enviar un oficio a los Secretarios Municipales para explicar el sistema operativo del registro que ellos administran.

Los ministerios ya tienen constituidos sus consejos consultivos de la sociedad civil, de acuerdo al sitio web del gobierno

Las municipalidades deben hacer lo mismo con los Consejos Comunales de la Sociedad Civil y aquí la gran mayoría esta al debe, tanto por el procedimiento realizado en algunos municipios para constituirlo, como por la inexistencia de estos a dos meses del funcionamiento de la ley. Hubo un año para preparar todo y sin embargo las instituciones no funcionaron.

¿En qué están los reglamentos hoy día?

El reglamento que regula la Constitución y Registro de Personas Jurídica aún no tiene la firma del ministro de Justicia y le faltan varias firmas más, incluida Contraloría que puede detener proceso más de lo esperado.

El Reglamento del Consejo que administra y del Fondo de fortalecimiento aún no lo firma el Presidente. El de Federaciones y Confederaciones está en proceso de consulta pública, recién. A todos les falta la toma de razón de Contraloría.

Ante la ausencia de difusión a la ciudadanía, el gobierno argumenta que ha capacitado durante 2011 a Secretarios Municipales a través de la Subdere y que le ha entregado información a los funcionarios públicos vía oficios. Con la única excepción del Registro Civil, no hay ni una sola página web del Gobierno que difunda, explique y reciba preguntas sobre la nueva ley.

Esta carencia de información no parece casual, el desinterés manifiesto por parte de la coalición gobernante hacia la sociedad civil y las expresiones de participación y democratización del estado ha quedado en evidencia en este episodio y en otros en los que se desdeña el rol de la ciudadanía organizada.

Para ACCIÓN esta Ley no refleja el espíritu con el que se empezó a discutir y no cumple con las expectativas de la sociedad civil organizada para potenciar espacios reales de participación e incidencia política. No está a la altura de las necesidades de nuestro país en materia de democracia y desarrollo.

En las últimas tres décadas las ONG chilenas se han desarrollado y han subsistido en un ambiente económico, social, político y jurídico que no ha favorecido su desarrollo. Nuestras organizaciones han estado sometidas a importantes riesgos y constricciones que dificultan y/o impiden su estabilidad, su visibilidad pública, su proyección y su autonomía respecto de los agentes empresariales y del Estado. Los avances institucionales en esta materia han sido discontinuos, ambivalentes y del todo insuficientes.

La sociedad civil chilena requiere que nuestro país implemente mecanismos públicos de financiamiento que garanticen su independencia, sustentabilidad y permitan su desarrollo organizacional. Para ello es vital trascender las precarias lógicas actuales, ligadas a la postulación a fondos concursables para proyectos de corto plazo, ámbito en el que muchas organizaciones ciudadanas han debido desenvolverse desde hace varias décadas.

Se requiere un bloque de reformas contundentes y voluntad política que reconozcan que una ciudadanía fuerte, autónoma y crítica es clave para el fortalecimiento de nuestra democracia.

* Ignacio Iriarte es Encargado de Comunicaciones de Acción AG (Asociación Chilena de Organismos No Gubernamentales AG)

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Foto: Carmen Alonso Suárez / Licencia CC

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4 Comentarios

esilvau

esilvau

Buena la columna! Efectivamente al ley es una deuda pendiente, pero al parecer letra muerta. Los Organismos de Interés Público podrían incidir en la gestión pública, pero quién lo sabe? lo sabe el dirigente vecinal? el ciudadano de a pie? Los organismos públicos no necesariamente alientan la constitución de organismos de interés público, nadie los obliga. En la actualidad no hay recursos para difusión y de formación ni hablar. La ley nació sin recursos. La DOS con suerte incluye en sus cursos a los dirigentes sociales los contenidos, capacitaciones básicas y de poca cobertura.

A participar se enseña y quién sino el Estado es el encargado de esta tarea? El cuerpo de la ley es críptico, no necesariamente todo el mundo lo entiende, por lo tanto es fundamental buscar los mecanismos para hacerla llegar a la gente.

    Francisco Renard

    Hola Ignacio.
    Te ecuento que estamos creando una nueva plataforma online llamda blu, y nos gustaría saber si te interesaría participar..
    Blu es una revista digital que debería ya lanzar su primer numero dentro de los próximos días.
    Si te inetresa, espero tu respuesta
    [email protected]

Ley 20.500 | ammaoct2010

[…] Ignacio Iriarte, Ciudadanía 210412elquintopoder.cl […]

Manuel Sánchez

No sólo la ley 20.500 no cuenta con reglamento. La ley 19.418 tampoco lo tiene.