Después de redactar una columna sobre el nuevo mecanismo para la reforma constitucional que necesita Chile, me quedaba todavía un trabajo pendiente: dar al menos una breve demostración de la Constitución que yo al menos considero que el país necesita. Y eso haré a continuación.
Se supone que está demás decir que la nueva Constitución obviamente tiene que ser mejor que la anterior (¿sino para qué la cambiamos?). Es decir, tiene que ser una Carta Magna que sea más democrática y que logre además consolidar un Estado de Derecho aún más pleno. ¿Todo bien hasta ahí, cierto?Son muchas más las ideas que podrían beneficiar y enriquecer a una Nueva Constitución, pero para eso la educación cívica y las instancias que otorgue el proceso constituyente iniciado por el Gobierno, son fundamentales en su labor de motivar a una población que se siente al margen de los procesos sociales y políticos.
Esto se lograría, a groso modo y desde mi humilde opinión, rescatando lo mejor de todos los procesos constitucionales de nuestra historia, alrededor nuestro y en el mundo. Por ejemplo (y partamos): si se observa la institucionalidad estadounidense, al menos rescataría dos cosas; la relección del presidente por un período más, dando la posibilidad de desarrollar de manera más plena los proyectos políticos-sociales, sin permitir tampoco la eterna perpetuación de un caudillo en el poder y las potestades que tiene la Corte Suprema en ese país (la cual cumple las mismas funciones que la nuestra, además de ser también el “Tribunal Constitucional” de esa nación, entre otras facultades).
Estos dos elementos de la Constitución estadounidense son a mi modo de ver los más rescatables, y quisiera además ahondar aún más en su Corte Suprema, ya que si imitamos esa institucionalidad, se evitarían los problemas actuales que tenemos con nuestro Tribunal Constitucional, debido a que la Suprema Corte estadounidense no es un órgano político (a diferencia del TC criollo), sino que tiene, por ejemplo, la facultad de realizar cambios grandes sin la necesidad de una legislación del Congreso, y solo basándose en la Constitución (el mejor ejemplo es lo que pasó recientemente con el matrimonio igualitario allá, el cual fue legalizado bajo la premisa constitucional de la “igualdad ante la ley” básicamente).
De los gobiernos bolivarianos y/o socialistas latinoamericanos, se rescata la plurinacionalidad del Estado, respetándose también institucionalmente las diferentes etnias como además su respectiva cultura/organización (como es el caso de Bolivia). Con respecto al tipo de Estado, sería bueno re-considerar y evaluar la permanencia de nuestro actual Estado unitario centralista, remplazándolo para bien por uno regionalista o federalista, que permita darle más autonomía a las regiones para que manejen sus recursos y que puedan así beneficiar más eficazmente a sus poblaciones.
Y también soy asiduo a la garantización de los Derechos Humanos (incluyendo los sociales) a través de la Carta Magna, a pesar de que una persona más escéptica me dirá: ¿De qué sirve anotar un derecho social en un papel? La respuesta es muy simple, ya que estando anotados en la Constitución, al menos se obligará de esa manera al gobierno de turno velar y trabajar por la garantización de esos derechos que son tan importantes para el correcto desarrollo de una nación (si no cree en su importancia, le remito a revisar el listado de los países más desarrollados de la OCDE).
Volviendo a la conformación y funcionalidad del Estado, se debería re interpretar la función de este y tal vez buscar otro modelo que sea más afín a lo que el país requiere. Posiblemente un Estado de Bienestar al estilo anglosajón (el que tienen países como Irlanda y Gran Bretaña), sea una buena opción, para que así avancemos más rápido hacia la cohesión social que se ha logrado en esas naciones gracias a ese sistema. O también, el Estado de Bienestar alemán (más grande y solidario que el anglosajón) puede ser otra alternativa interesante.
Regresando la discusión a Latinoamérica y enfocando el análisis como también la propuesta en el poder legislativo, hay tres ideas que son innovadoras en estas tierras, siendo dos de ellas propuestas años atrás en el país. Una es la facultad del poder ejecutivo para disolver solo una vez en su gobierno el Congreso, para que así un gobierno que ha realizado una gestión apoyada por la ciudadanía, pueda aprovechar esto buscando la elección de un Congreso que sea más afín a su proyecto político-social. La ausencia de esta potestad del ejecutivo se le criticó posteriormente a Alessandri tras el realizamiento de su Constitución y con mucha más razón después durante la crisis política de los 70’.
Otra es una propuesta que sonó con mucha fuerza durante la Unidad Popular, que es la existencia de un Congreso Unicameral, siendo en su tiempo denominado como la “Asamblea del Pueblo” por Salvador Allende y su coalición. Las ventajas de un Congreso Unicameral son obvias, estando entre ellas un menor gasto fiscal en el aparato legislativo. Y se justifica en el sentido de que gracias al nuevo sistema proporcional, con los diputados que ahora existirán y representarán a la ciudadanía, serán estos suficientes (los senadores ya no serán necesarios). Sin olvidar que todavía tendríamos muchos espacios de análisis y estudio de los proyectos de ley; entre ellos las comisiones en el Congreso, la cámara de congresistas y la Corte Suprema (siguiendo en la línea propositiva del presente texto).Por último, esto se podría complementar con una ley que permita a los parlamentarios aumentar sus sueldos solo a través de un plebiscito en el que se consulte a toda la ciudadanía. Mientras que para bajar su sueldo, solo bastaría su propia iniciativa y actuar legislativo.
Son muchas más las ideas que podrían beneficiar y enriquecer a una Nueva Constitución, pero para eso la educación cívica y las instancias que otorgue el proceso constituyente iniciado por el Gobierno, son fundamentales en su labor de tratar lograr educar/motivar a una población que todavía se siente al margen de los procesos sociales y políticos.
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