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AVP es deficiente sin derechos comaternales – copaternales

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Es decir antes de discutir la mera posibilidad de permitirnos peticionar por el cuidado de nuestros propios hijos en caso del fallecimiento del otro padre o la otra madre, deberíamos contar con el derecho de resguardar y protegerlos en vida, que al parecer no se incluirá en esta etapa de la tramitación legislativa del proyecto de Acuerdo de Vida en Pareja. Por lo mismo nos parece deficiente esta indicación del gobierno.

¿Por qué aún no se incluyen los derechos copaternales /comaternales en la tramitación del Acuerdo de Vida en Pareja?

En La Segunda se publicó una noticia de una indicación que permitiría que uno de los integrantes del Acuerdo de Vida en Pareja pueda pedir el cuidado de los hijos de su pareja en el caso de que éste muera.  Esto es insuficiente y aún nos deja en las mismas condiciones de ser familias de segunda categoría y sin plenos derechos para protegerlas.

Bastaría con poner atención al vocabulario que usa el gobierno para referirse al tema del cuidado de los hijos. El «integrante» o mejor dicho viud@ es el padre o madre de los niños.  Luego de que la familia completa sobrevive a la muerte de uno de los padres, el vuido o viuda tendrá que pedir el cuidado de sus propios hijos a un juez. Es decir, deberá solicitar que le entreguen el cuidado de sus propios hijos y no pedir el cuidado «de los hijos de la pareja”. Esta manera de expresarse deja clara las diferencias que se hacen con respecto a la invalidación de las familias comaternales o copaternales.

Es decir antes de discutir la mera posibilidad de permitirnos peticionar por el cuidado de nuestros propios hijos en caso del fallecimiento del otro padre o la otra madre, deberíamos contar con el derecho de resguardar y protegerlos en vida, que al parecer no se incluirá en esta etapa de la tramitación legislativa del proyecto de Acuerdo de Vida en Pareja. Por lo mismo nos parece deficiente esta indicación del gobierno.

Según el artículo, no se hablaría de «tuición» de los niños, puesto que sólo es aplicable en la legislación sobre el matrimonio.

Decir que la tuición de hijos es sólo un concepto aplicable en la legislación del matrimonio, es mantener que en Chile se reserva el derecho a familia 100% protegida a los matrimonios heterosexuales. 

¿Cuál es la lógica detrás de esta limitación de nuestros derechos como familias diversas?

La lucha por los derechos humanos de nuestros hijos y nuestras familias se asemeja a un juego de Tetris. Las ONGs sólo pueden incidir en las políticas que se estiman son de temas sensibles y valóricos, siempre y cuando exista voluntad política de abrirles ese espacio para discusión. Las ONGs pueden mover sus piezas, siempre corriendo el riesgo de quedar atrapados en un espacio sin poder avanzar, y esto sucede porque aún no existe suficiente voluntad política para generar real confianza con respecto al verdadero avance de plenos derechos humanos LGBTI.
¿Y dónde cabemos nosotras, la sociedad, las personas naturales, y los hijos de familias comaternales y copaternales afectadas por la desigualdad de derechos humanos?

Quedamos fuera del juego, sin voz, ni derechos plenos que nos permitan proteger a nuestros hijos.

Es preocupante que nuestros derechos dependen de estas negociaciones entre gobierno y ONGs.

Si hubiese existido real voluntad por la igualdad se pudo haber ingresado el reconocimiento legal de los hijos de las parejas que contraen el AVP, pero como esta ley incluye a las parejas del mismo sexo, esto aún no ha ocurrido.

¿Ahora qué pasará con la posibilidad de adopción?

¿Con qué límites se tiene pensado adecuar la reforma de la ley de adopción al AVP, cuando los derechos de los niños y de sus padres o madres se limitan sólo a la muerte de la madre o padre biológico y del criterio de un juez en un tribunal de familia?

¿Se podrán realizar adopciones compartidas en casos de parejas convivientes que contraen el AVP o los hijos adoptados sólo tendrían derecho de ser legalmente reconocidos por una de los madres o uno de los padres?

¿Les sucederá los mismo cuando muera el padre o madre legalmente adoptivo que el viudo(a) podrá pedirle a un juez que le permita seguir criando a sus hijos?

Si resulta ser así, los hijos adoptivos al igual que los hijos biológicos en común de familias homoparentales vivirán con la misma ansiedad. Vivirán con el mismo temor e inestabilidad familiar, porque según el gobierno la tuición se reserva exclusivamente para el matrimonio.

Cuando se trata de dos madres o dos padres criando hijos no existe voluntad de velar por el bien superior de los hijos con respecto a sus derechos inherentes. En el caso de nuestros hijos, no se les extienden los mismos derechos que se les garantizan a los hijos de familias heteroparentales.

Es así de violento, y la vulneración de los derechos humanos inherentes de nuestros hijos da impotencia, y da vergüenza que aún existe este nivel de desigualdad por meros prejuicios anti-homoparentales.

Hemos escuchado y visto como se dicen cosas como: yo soy de los que cree que el matrimonio es entre un hombre y una mujer.  Hemos tolerado cuando nos han dicho que no tienen problemas con los gays ni lesbianas, pero sin hijos.  Y nos han llegado comentarios clásicos, más prejuiciosos como, no es normal que dos mujeres crían a un hijo, es antinatural y que los heterosexuales procrean naturalmente y siempre serán una mayoría y nosotras, las lesbianas, minoría. En fin, todos y todas somos libres de pensar lo que queremos, por eso tenemos libre albedrío.

En respuesta a esas formas de pensar, como familia lesboparental no tenemos problemas con las personas que están en contra de nuestro tipo de familia, no hay nada malo con pensar diferente.  Pero no es ético y no estamos de acuerdo con mantener la segregación y la desigualdad de derechos humanos en base a estas ideologías personales. Estas ideologías que si bien pueden ser de la mayoría de la población, no determina que todos y todas debemos vivir bajo una dictadura heteroparental.

De alguna manera esta discriminación arbitraria que se ejerce contra las familias homoparentales por la sociedad es amparada por la desigualdad de derechos humanos en la cual vivimos hoy en día.

Por lo mismo para nosotras como familia no nos parece que el AVP será una ley que nos sirva si no protege a nuestros hijos como corresponde. No apoyamos esta indicación del gobierno de limitar nuestro derecho de proteger a nuestros hijos solamente en el caso a la muerte del uno de los padres.

Es decepcionante que aún el AVP no tiene como concepto la tuición, ni tampoco la comaternidad/copaternidad dentro de esta etapa de su trámite legislativo.

Esperamos que cuando el AVP se discuta en la Cámara de Diputados que la Comisión de Familia se haga cargo de la desigualdad de derechos humanos en que nos encontramos y trabaje por la verdadera igualdad y no una dosificación de nuestros derechos inherentes.

Necesitamos que se reconozca y se respeten los derechos coparentales al igual que los derechos que se les reserva arbitrariamente a las familias heteroparentales.

Necesitamos nada más, ni nada menos que igualdad. 

TAGS: AVP

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