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Mall Plaza Copiapó

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En su última cuenta pública, el contralor Ramiro Mendoza expresó que había llegado la corrupción porque se conocían los casos SQM, Cascadas, Caval, Penta y otros tantos. Contradiciéndolo, en la edición del domingo 19 de abril de un medio de prensa de circulación nacional, Edmundo Pérez Yoma, ex ministro del Interior y vetusto político, hizo declaraciones en una nota referida a las boletas y campañas, titulada “Todos los que estamos metidos en política sabíamos que así se hacían las cosas” (sic).


Recordemos que este atrabiliario procedimiento, a fines del gobierno de Piñera, se llevó a un Decreto Supremo, para “destrabar” una serie de mega proyectos inmobiliarios que se intentaban emplazar en terrenos que no enfrentaban las vías expresas y/o troncales…

En la misma instó a los partidos y a todos quienes están en el aparato público, a que reconocieran las trampas asegurando “esta es la manera como se financiaba la política. No todos, pero muchos de nosotros tuvimos que recurrir a pedir plata a gente que, para entregarla, nos pidieron boletas” agregando “Chile es un país hipócrita”, lo mismo que este columnista está repitiendo desde hace muchos años.

En el sector de la construcción inmobiliaria, la corrupción ha estado muy presente desde siempre, y si los medios tradicionales, incluyendo a los canales de televisión, han optado por silenciarla, lo entendemos como una práctica de contraprestación en los negocios, porque esas empresas son importantes avisadoras en publicidad. Como los medios digitales no se prestan para ese tipo de impúdicos pactos de conveniencias, a continuación damos a conocer un caso hasta ahora escondido.

Pues bien, todos aquellos que algo sabemos de las regulaciones urbanísticas tanto nacionales, regionales como comunales, tenemos claro que el precio del recurso suelo está determinado por sus usos permitidos -rural y urbano- con sus distintas variantes, y en el caso de los terrenos localizados al interior de los límites urbanos sus valorizaciones en el mercado se fijan libremente de acuerdo a las normas de zonificación y edificación contenidas para ellos en los Planes Reguladores Comunales (PRC) de las 345 municipalidades existentes en el país, aunque lamentablemente no todas éstas tienen estos instrumentos normativos.

Así las cosas, con el propósito de evitar colapsos en las ciudades, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), regulación de alcance nacional,  sabiamente estableció que las construcciones de equipamientos comerciales se clasifican en 4 grupos (mayores, medianos, menores y básicos), dependiendo de sus cargas de ocupación, y fijándose para cada uno de ellos las vialidades que pueden enfrentar, a sabiendas que las vías también están clasificadas de acuerdo a sus características físicas para admitir los distintos flujos vehiculares. Ellas son, en orden de importancia : expresas, troncales, colectoras, de servicio, locales y pasajes.

1.- Los equipamientos mayores, generalmente los malls, solo se pueden situar en predios que enfrenten vías expresas o troncales. 2.- Los medianos, solo se pueden ubicar en los predios que enfrenten las vialidades ya mencionadas y en las colectoras. 3.- Los menores, solo si enfrentan las tres vías anteriores más las de servicio. 4.- Los básicos, si enfrentan las cuatro vías precedentes más las locales. En los pasajes, por ser angostos, hay muchas restricciones.

En el transcurso del año 2011, el arquitecto que tiene a su cargo las edificaciones de malls de Falabella S.A.C.  a través de todo el país, solicitó un anteproyecto para emplazar un mall, es decir, un equipamiento mayor, en un terreno de Copiapó que no enfrentaba ni una vía expresa ni una troncal, razón por la cual en junio de ese año el Director de Obras Municipales de esa ciudad, cumpliendo con su deber funcionario, rechazó de plano esa solicitud.

Pero la influyente empresa del retail, sabiendo que en las esferas superiores de la administración del Estado todo es posible, recurrió ante el Secretario Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda y Urbanismo de Atacama de ese entonces, para que éste, con rebuscadas interpretaciones legales, le permitiera ejecutar su negocio sin importar que el terreno elegido no fuera el idóneo por no enfrentar ni vías expresas o troncales.

Así fue como el 30 de agosto de 2011, ese funcionario público dependiente directo de Rodrigo Pérez Mackenna, entonces Ministro de Vivienda y Urbanismo de Sebastián Piñera, sin ningún pudor, posiblemente asesorado por los ingeniosos profesionales que se desempeñaban en la División de Desarrollo Urbano del Minvu, inventó una fórmula para que la estructura comercial de Falabella S.A.C., con el nombre de fantasía Mall Plaza Copiapó, se construyera vulnerando la explícita disposición contenida en la OGUC. El astuto hombre utilizó la burda receta de la conexión, en términos de que bastaba que el predio se conectara a la Avenida Copayapu, vía expresa, a través de accesos que atraviesan el río Copiapó, argumentando para fundar su decisión que la caja del río es un bien público similar a las vialidades.

Recordemos que este atrabiliario procedimiento, a fines del gobierno de Piñera, se llevó a un Decreto Supremo, para “destrabar” una serie de mega proyectos inmobiliarios que se intentaban emplazar en terrenos que no enfrentaban las vías expresas y/o troncales, estrategia que oportunamente fue objetada por varios decanos de escuelas universitarias de Arquitectura, por el Colegio de Arquitectos y por organizaciones ciudadanas. Como consecuencia de lo anterior, el Gobierno de Bachelet se vio en la necesidad de anular ese burlesco Decreto Supremo.

Ante la acomodaticia resolución del Seremi de Vivienda y Urbanismo de Atacama del gobierno anterior, que le daba carta blanca al mall  incorrectamente localizado, el Director de Obras de Copiapó, cursó el permiso de edificación, y la construcción fue inaugurada a fines del año 2014.

En razón a que este episodio se le dio a conocer recientemente a la Fundación Defendamos la Ciudad, presidida por quien suscribe, la semana pasada se le pidió a la Contraloría General de la República que revisara el actuar de todos los funcionarios públicos que intervinieron tan alegremente en la tramitación del permiso, y también se le solicitó al Ministerio de Obras Públicas (MOP) para que, a través de su Dirección General de Aguas (DGA) y de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH), se revisara lo sucedido con el río Copiapó, contiguo al Mall Plaza Copiapó, en la actualidad inundado .

En resumen, si Falabella S.A.C. hubiera comprado un predio apto, por lo tanto de más alto precio, para su equipamiento mayor, el suscrito no estaría describiendo este caso.

TAGS: Plan Regulador

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Paulo Escobar

08 de mayo

La pachamama les paso la cuenta eso si…

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