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Sistema de gobierno o régimen político

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Artículo primero.-  Chile es un Estado social y democrático de Derecho, con un presidente de la república como jefe del Estado y se rige por un sistema de gobierno parlamentario, que se estructura a través de un Parlamento unicameral de representación proporcional, depositario de la soberanía popular, en el que tiene su origen y ante el que responde el gobierno nacional, conformado por un primer ministro y su gabinete.

Las democracias representativas poseen constituciones que constan de dos partes principales: una parte orgánica, donde se establecen las instituciones que determinan la distribución y el ejercicio del poder y otra parte dogmática, que dice relación con los principios, derechos y valores que la Constitución consagra y que es donde se enumeran los derechos y garantías constitucionales. El sistema de gobierno o régimen político de una democracia, dice relación con la primera parte.

Con sus variantes, existen básicamente dos sistemas de gobierno, que son el sistema parlamentario, de origen europeo, pero con la más amplia difusión en el planeta, con ejemplos en los cinco continentes, y el sistema de gobierno presidencial, creado en los Estados Unidos e imitado, principalmente, en el resto del continente americano. 


«Junto con la opción por el sistema de gobierno parlamentario, en la nueva Constitución, debiera eliminarse el Senado e instaurarse un Parlamento unicameral de representación proporcional, donde se dé el juego de mayorías y minorías y de formación de alianzas que caracterizan al sistema parlamentario.»

El sistema presidencial de gobierno es el que hemos experimentado en Chile hasta el presente, no obstante las múltiples constituciones que nos han regido, siempre impuestas por un bando vencedor después de algún conflicto más o menos violento.

El sistema de gobierno presidencial se basa en la total separación entre el poder ejecutivo, encarnado en un presidente de la república, que es el jefe del Estado y, simultáneamente, el jefe del gobierno, por una parte y el Congreso Nacional, por otra. Esto, generalmente, ha llevado al enfrentamiento entre ambos poderes –ejecutivo y legislativo- y a la parálisis legislativa de la administración, porque todos los presidentes han debido gobernar sin contar con mayoría en el Congreso Nacional, con lo cual, el gobierno se ve impedido de cumplir con su programa porque la oposición mayoritaria en el Congreso se lo impide.

Con el régimen parlamentario, este conflicto de poderes desaparece porque el gobierno, por definición, cuenta con mayoría en el Parlamento, que es la sede de la soberanía popular y de cuya fuerza mayoritaria surge el gobierno, conformado por un primer ministro y su gabinete, los cuales forman parte del Parlamento y responden ante él.

En el régimen parlamentario, la jefatura del Estado y la jefatura del gobierno constituyen dos magistraturas diferentes que recaen en personas diversas. En el caso de las monarquías constitucionales, el monarca es el jefe del Estado (Felipe VI en España, Isabel II en Inglaterra, Akihito en Japón, etc.), en tanto en las repúblicas parlamentarias, la jefatura del Estado la ostenta el presidente de la república, como ocurre en Italia, Alemania, India, Israel, etc.. Se realizan elecciones generales para renovar la totalidad del Parlamento cada cuatro años y de esta nueva conformación de las bancadas parlamentarias, surge la mayoría que gobernará a través de un primer ministro, que será el jefe del gobierno hasta la renovación de la legislatura y sin impedimento para ser reelecto en la medida que conserve la mayoría parlamentaria que le da sustento.

De esta forma, el período de gobierno dura lo que dura la legislatura. Sin embargo, si el gobierno pierde dicha mayoría parlamentaria porque ésta le retira su confianza, aquél puede terminar anticipadamente. De esta forma, el gobierno subsiste mientras cuenta con la mayoría en el Parlamento, con lo cual, puede gobernar sin obstáculos institucionales, como los que se dan normalmente en el presidencialismo sudamericano.

Para ello existen los llamados voto de censura y voto de confianza, que se plantean cuando se pone en cuestión el apoyo al gobierno de la mayoría parlamentaria. El voto de confianza lo plantea el gobierno ante el Parlamento para que éste le ratifique su confianza, en tanto el voto de censura nace de la oposición parlamentaria y tiene por objeto que el Parlamento le retire la confianza al gobierno y se la otorgue a quien plantea la moción de censura.

Si el gobierno gana cualquiera de estas mociones, ve ratificada la confianza del Parlamento y continúa gobernando con mayoría parlamentaria, en tanto, si pierde, cae el gobierno, el que pasará a ser reemplazado por la nueva fuerza mayoritaria en el Parlamento.

Junto con la opción por el sistema de gobierno parlamentario, en la nueva Constitución, debiera eliminarse el Senado e instaurarse un Parlamento unicameral de representación proporcional, donde se dé el juego de mayorías y minorías y de formación de alianzas que caracterizan al sistema parlamentario.

TAGS: #SistemaDeGobierno Constitución Parlamento

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paolo

20 de mayo

No entiendo la fijación con el parlamento unicameral, eso de partida va contra el mismo parlamento, debilitándolo, ya que en el juego de poderes el gobierno se entiende con una sola cámara, y no con dos cámaras, siendo en el bicameralismo 3 elementos que intervienen (diputados, gobierno, y senadores). El unicameralismo al parecer se basa en la noción de que el Senado es aristocratico o elitista, esto no tiene sentido en una democracia moderna ya que generalmente representa a las provincias. El Senado ademas puede funcionar como tribunal constitucional, dirimiendo y decidiendo las diferencias entre la camara baja y el gobierno. Si el parlamento es unicameral muy seguramente otra instancia tendría que servir de arbitro, la corte suprema o un tribunal constitucional. Si parece que sobra tener dos camaras es porque hay que diferenciarlas, darles funciones diferentes y tal vez elegirlas por metodos distintos, mayoritaria una y proporcional la otra, elegida por las provincias, etc. Un parlamento de una sola camara es un parlamento minimo, jibarizado, que va a ser fácilmente aplastado por el ejecutivo o por la sociedad civil, responsabilizado de todos los errores, y desprestigiado pudiendo volverse finalmente al presidencialismo como forma de castigo a un parlamento inoperante y donde abunda la pelea de corto plazo, y las peleas pequeñas e impredecibles. En una sola tarde un parlamento unicameral puede dejar a un pais sin gobierno, sin presidente, etc.

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