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Después del estallido social ¿Asamblea Nacional Constituyente? III Parte

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Buscando las causas profundas del conflicto social que vive Chile.

El proceso de la Independencia. El inicio del conflicto entre el social-productivismo y el mercantilismo.

Nos hacíamos varias preguntas en el artículo anterior, al respecto en lo que sigue trataremos de ir dando algunas respuestas y propuestas. Entre ellas nos preguntábamos ¿Cuántas Constituciones hemos tenido?. Veamos esto y algunas conclusiones preliminares respecto al futuro.

Constituciones en Chile. Una breve Reseña:


Nuestro proceso histórico verdadero, plantea Salazar, ha sido largo, revuelto y alienante, y es por tanto conveniente repasar, aunque sea al paso, las movilizaciones social ciudadanas del pasado y el presente

Después de la Batalla de Chacabuco, es decir una vez derrotados los españoles, se entró de lleno en la fase propiamente constituyente, el problema de elaborar una Constitución que representara a «el pueblo”, cobró vigencia plena. Sin embargo, justo allí, en ese período álgido, se instala la Dictadura de O»Higgins.

Gabriel Salazar, (Premio Nacional de Historia 2006), plantea que «fue un movimiento ciudadano el que derrocó, la dictadura militar de Bernardo O»Higgins y lo obligó a abdicar», planteamiento que contrasta con el cuadro congelado en la historia de la «abdicación del prócer», que nos muestra a un héroe que poco menos que por decisión propia en un gesto de desprendimiento, devolvió al pueblo la piocha del Poder.

Nuestro proceso histórico verdadero, plantea Salazar, ha sido largo, revuelto y alienante, y es por tanto conveniente repasar, aunque sea al paso, las movilizaciones social ciudadanas del pasado y el presente.

Así pues, se plantea que solo en dos ocasiones los ciudadanos han blandido el poder constituyente, oportunidades en que se ha intentado según estos autores rescatar el Poder de manos de los sectores mercantilistas:

1º-  A partir de 1822, cuando se derriba la dictadura militar de O»Higgins para iniciar luego un proceso constituyente, que tras muchas peripecias concluye en 1828. y
2º- A partir de 1918, cuando se decide «sustituir “el fracasado régimen oligárquico-parlamentarista, heredero del Estado portaliano de 1833 y construir soberanamente un Estado Popular Nacional – Desarrollista, a cuyo efecto se autoconvocó la llamada» Asamblea Constituyente de asalariados e intelectuales», realizada en Marzo de 1925.

Es dable anotar que, lógicamente, el poder del dinero y el mercantilismo, a través de Portales en un caso y Arturo Alessandri en el otro, arrebataron este poder de manos de la sociedad civil y la ciudadanía para reinstalarlo nuevamente en los grupos económicos adscritos al mercantilismo.

La Historia, más adelante, nos sigue mostrando intentos de instalar el poder en manos de las posiciones llamadas social productivistas, sin embargo, los acontecimientos económicos internacionales y nacionales una y otra vez, no han permitido que la sociedad civil , a través de un régimen de democracia más participativa permita esto.

Es así como producto de la crisis internacional, Chile se permite, durante un período, entrar en una fase de desarrollo hacia dentro, para volver, posteriormente, a una de desarrollo hacia fuera, que incrementa el fortalecimiento del Mercantilismo frente al Social Productivismo.

Los regímenes políticos de los últimos 50 años así lo muestran.

Así, pues, en la construcción del Estado en Chile, hemos tenido seis Constituciones aparte de reglamentos constitucionales, que serían los siguientes:

Texto Constitucional de 1811:

El “Reglamento para el Arreglo de la Autoridad Ejecutiva Provisoria de Chile” fue sancionado por el Congreso Nacional en 1811, siendo el primer documento normativo que regula el ejercicio del poder político desde iniciado el proceso de independencia en 1810. Se caracteriza por declarar que el único depositario de la voluntad general es el Congreso, así como por declarar la necesidad de implementar la división de poderes.

Reglamento Constitucional provisorio de 1812:

El “Reglamento Constitucional Provisorio” viene a explicitar el contenido del pacto celebrado simbólicamente entre el pueblo y sus gobernantes, donde se le reconoce al Pueblo de las provincias de España el derecho a gobernarse a sí mismo o a través de sus representantes. Sin perjuicio de reconocer a Fernando VII como su Rey (art. 3°), contiene una velada declaración de autonomía a favor del Estado de Chile (art. 5°). Asimismo, incorpora las primeras garantías individuales y la elección de los cabildos.

Reglamento Constitucional Provisorio de 1814

El “Reglamento para el Gobierno Provisorio” refleja la contingencia histórica que enfrentaba Chile en su proceso de Independencia. Concentra el poder político en un denominado “Director Supremo” por el plazo de dieciocho meses, cuya continuidad será luego definida por los representantes del pueblo, reunidos en la Municipalidad y en el Senado.

Constitución Provisoria de 1818

Este texto constitucional es el primero que adopta las formas de la codificación, siendo redactado en una serie de títulos en los cuales se regulan los aspectos más importantes para el ejercicio del poder. En una novedad significativa, comienza dedicando íntegramente un título a “los derechos del hombre en sociedad”, configurando un verdadero catálogo de derechos constitucionales, seguido de sus deberes en sociedad. Siguiendo la lógica de la división de poderes, regula los diversos aspectos de las autoridades representativas, tanto locales como legislativas, junto a las autoridades ejecutivas y judiciales.

Constitución Política del Estado de 1822

Este es ya el primer texto denominado propiamente “Constitución Política”. Contiene una vasta regulación normativa para las diversas autoridades del Estado, así como un catálogo de derechos constitucionales. Tiene una vigencia normativa muy reducida, siendo reemplazada al año siguiente a su promulgación.

Constitución Política del Estado de 1823

La “Constitución de 1823” es conocida como la Constitución moralista, por el contenido de muchas de sus declaraciones normativas: comienza invocando “el nombre de Dios Omnipotente, Creador, Conservador, Remunerador y Supremo Legislador del universo”, para luego trasladar esa carga moral tanto a la regulación del ejercicio del poder como en la protección de los derechos de las personas. Se trata de un texto extenso y muy reglamentado, cuyos 277 artículos tuvieron una corta vigencia normativa, pues pronto fueron reemplazados por las llamadas “Leyes Federales”.

Constitución Política de la República de 1828

La Constitución de 1828 es la culminación de un proyecto liberal que se gestó durante la segunda mitad de la década de 1820, conocida como la “Constitución Liberal”, fue dada por un congreso general constituyente. Junto a un catálogo de derechos individuales, presenta una serie de declaraciones de principio muy características, tales como que el ejercicio de la soberanía es delegado por la Nación en sus representantes y que la Nación adopta la forma de República representativa popular, entre otras. La Guerra Civil que se desencadenó en 1829 truncó este proyecto constitucional, que sería reemplazado por la Carta de 1833.

Constitución Política de 1833

La Constitución de 1833 es la norma fundamental de más larga vigencia normativa de la historia de Chile, la que se empina hasta 1925. Sin perjuicio de lo anterior, las reformas de 1873-74 modificaron significativamente el proyecto conservador original, dando paso a un régimen liberal primero y luego a uno pseudo-parlamentario, después de la Guerra Civil de 1891. Entre sus principales características, se anota su carácter autoritario, que originalmente otorgaba amplias atribuciones al Presidente de la República. Constitución Política de 1833, luego de reformas de 1888.

La Constitución de 1833 es la norma fundamental de más larga vigencia normativa de la historia de Chile, la que se empina hasta 1925. Sin perjuicio de lo anterior, las reformas de 1873-74 modificaron significativamente el proyecto conservador original, dando paso a un régimen liberal primero y luego a uno pseudo-parlamentario, después de la Guerra Civil de 1891. Entre sus principales características, se anota su carácter autoritario, que originalmente otorgaba amplias atribuciones al Presidente de la República.

Constitución Política de 1925

La Carta de 1925 da cuenta del inicio del presidencialismo en Chile. Contiene un catálogo de derechos constitucionales, incorporando la protección de derechos sociales, tales como el trabajo y la vivienda, con el fin de garantizar las condiciones económicas de vida. Regula el ejercicio del poder desde la división de poderes, contemplando las diversas atribuciones de los órganos del Estado.

Constitución Política de 1925, vigente a 1973. 

La Carta de 1925 da cuenta del inicio del presidencialismo en Chile. Un proyecto político sostenido en la presidencia de Arturo Alessandri, exiliado luego del golpe de Estado de 1924, el cual regresa tras el golpe de 1925. La Constitución de 1925 tuvo reformas emblemáticas, como la reforma agraria y la nacionalización del cobre. Su vigencia normativa se interrumpe en 1973.

Constitución Política de 1980
Esta Constitución fue promulgada en 1980, luego de un proceso de redacción que había comenzado pocos días después del Golpe de Estado en 1973, dando cuenta de un proyecto político de corte conservador y autoritario.

Constitución Política de 1980, vigente a 2019
La Constitución vigente fue promulgada en 1980, luego de un proceso de redacción que había comenzado pocos días después del golpe de Estado en 1973, dando cuenta de un proyecto político de corte conservador y autoritario. El texto original ha sido objeto de múltiples reformas, siendo las más significativas las acaecidas en 1989 y 2005.

En suma seis, como textos constitucionales que adoptan la forma de codificación, a partir de 1818.
Según Gabriel Salazar, » la Constitución de 1828,ha sido, en dos siglos de Historia, la única acordada libremente por la Ciudadanía chilena» (En el nombre del Poder Popular Constituyente LOM Ediciones 2011).

Sociedad Civil, Ciudadanía, Poder, Grupos económicos. 

Nuestro breve, Periplo por los hechos históricos no suficientemente estudiados y analizados, nos ubican en la actualidad en consideración además a una ciudadanía más empoderada e informada, por los avances tecnológicos especialmente Internet, ante la situación de enfrentar con conocimiento y prudencia el futuro de Chile, reconociendo la relación vigente aún entre Poder y Dinero, vislumbrando la posibilidad de lograr recuperar el Poder para la Sociedad Civil ,la Ciudadanía, en donde debió estar siempre. Lo que nos muestra que los chilenos esperan más de una Democracia Representativa que muestra signos de agotamiento y clama por mayor participación y compromiso de los ciudadanos.

Destacamos, por tanto, los conceptos de Sociedad Civil, Ciudadanía, Participación Social, Comunitaria y Ciudadana a todo nivel, los cuales estamos seguros contribuirán a fortalecer el Poder para la Ciudadanía y la Sociedad Civil, separándolo en la medida de lo posible en su relación con el Dinero y el Poder Económico, hoy todavía vigente.

Conclusiones y Perspectivas

1.- Chile desde sus orígenes e incluso desde mucho antes, tiene una tradición más que bicentenaria de Autogobierno (Cabildos Ciudadanos desde mucho antes de la Independencia).

2.- Derivado de los procesos económicos de Europa y los propios de América, han predominado en Chile las posiciones mercantilistas, que se expresan en el llamado Patriciado Mercantil antes y después de la Independencia y hoy en el llamado Neo liberalismo o Sociedad de Mercado.

3.- El Poder de la Ciudadanía, solo se ha manifestado en forma cíclica en cortos períodos históricos, en los cuales Chile, ha «tratado de industrializarse y cumplir con etapas históricas de desarrollo del Capitalismo que al parecer no hemos cumplido, a diferencia de países del Sudeste asiático y otros».

4.- El aparecimiento de la llamada Globalización, que no sería otra cosa que un desarrollo superior del Capitalismo, nos ha sumergido en una situación impredecible por ahora de pronosticar el desenlace.
5.-No obstante, los anterior organismos Internacionales y nacionales, concuerdan en que es imprescindible la llamada Participación Ciudadana y Social para avanzar en forma segura hacia el Desarrollo, y evitar convulsiones sociales.

6.- Por último, las inequidades producto del predominio, a mi parecer del Mercantilismo frente al Social productivismo, son incompatibles con lograr el Desarrollo, de acuerdo a los mismos organismos y expertos en la materia.

Como Perspectivas, solo se visualiza el incremento de las Movilizaciones Sociales y la correcta modificación o reestructuración de la clase política civil en Chile, hoy tan desprestigiada.

Solo estas modificaciones prioritarias, a mi parecer, contribuirían a traspasar, aunque sea en parte el Poder desde el Mercantilismo hacia la Sociedad y la Ciudadanía verdaderos destinatarios del Poder Constituyente y de la construcción de Estado y Mercado, consistente con la realidad internacional y nacional vigentes y susceptibles de modificar.

Asimismo, podríamos decir, que justamente no hacer esto a tiempo habría provocado en parte importante el Estallido Social y la Crisis Social que vivimos en estos días.

TAGS: #HistoriaDeChile #Poder #ProcesoConstituyente

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