El Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO) es, según el artículo N° 6 la Ley Orgánica de Municipalidades, uno de los 5 instrumentos que como mínimo deben tener vigentes las municipalidades en Chile. Los otros instrumentos son el Plan Regulador Comunal, el Presupuesto anual, la Política de Recursos Humanos y el Plan Comunal de Seguridad Pública.
La ley es clara respecto de la importancia que tiene el PLADECO en el desarrollo de nuestras comunas, Sin embargo la ley es poco clara con la estructura del instrumento, su forma de realización y su seguimiento.
A su vez el artículo N° 7 de la misma ley otorga una importancia fundamental al PLADECO, manifestando que es “el instrumento rector del desarrollo en la comuna, contemplará las acciones orientadas a satisfacer las necesidades de la comunidad local y a promover su avance social, económico y cultural”.
Respecto a la estructura, la norma sólo dice: “contemplará las acciones orientadas a satisfacer las necesidades de la comunidad local y a promover su avance social, económico y cultural” (Art. 7, inciso primero)
Respecto a su forma de realización, la norma sólo dice: “la elaboración y ejecución del plan comunal de desarrollo, tanto el alcalde como el concejo deberán tener en cuenta la participación ciudadana y la necesaria coordinación con los demás servicios públicos que operen en el ámbito comunal o ejerzan competencias en dicho ámbito” (Artículo 7, inciso segundo)
Respecto al seguimiento, la norma sólo dice: “Su ejecución deberá someterse a evaluación periódica, dando lugar a los ajustes y modificaciones que correspondan”. (Art. 7, inciso primero).
La ley es clara respecto de la importancia que tiene el PLADECO en el desarrollo de nuestras comunas, Sin embargo la ley es poco clara con la estructura del instrumento, su forma de realización y su seguimiento. Esta laxitud que la ley tiene respecto al PLADECO, convierte al instrumento en algo más bien indicativo, que no genera obligatoriedad ni sanciones para los municipios que no cumplan con las propuestas contenidas en él.
No obstante a lo anteriormente planteado, podemos observar que de los Planes de Desarrollo Comunal consultados para este evento, la gran mayoría presenta un discurso pro-monitoreo, presentando incluso metodologías de seguimiento y evaluación de cumplimiento. Es el caso de Rancagua, Valparaíso, Valdivia, Quillón, San Bernardo, Recoleta, entre otros. Sin embargo, al revisar el estado de estos procesos de monitoreo, no se observa mayor avance.
¿Qué habrá ocurrido, por ejemplo con el Proyecto emblemático definido en el PLADECO de la Comuna de San Bernardo de “Instalar una Delegación Municipal en el sector oriente de la Comuna”? ¿Se llevó a cabo o no? ¿Cuándo se hizo? ¿Qué servicios se entregan actualmente allí? ¿Cuáles fueron los efectos concretos?
¿Qué ocurrió, por ejemplo con el Plan de Educación Ambiental de la comuna de Rancagua definido en el PLADECO, que incluye la creación de una eco-granja educativa, impartir talleres a la comunidad, firmar acuerdos con servicios públicos que tengan educación ambiental? ¿Se llevaron a cabo las acciones? ¿Sufrieron retraso o se hicieron en los tiempos definidos? ¿Existen efectos medibles por la instauración del Plan?
Por ello que es necesario pasar desde el discurso a la acción concreta de evaluar los Planes de Desarrollo Comunal. Hacerlo puede perfectamente catalogarse como una acción inédita e innovadora en nuestro país, ya que lograría pasar la barrera de la buena intención, a la acción de seguir y evaluar el instrumento más importante para el Desarrollo de nuestras comunas.
Los municipios que logren dar el paso desde el discurso a la acción, habrán dado un paso histórico en la Planificación para el desarrollo local, se habrán convertido en municipios innovadores, serán considerados como municipios ejemplo, y habrán terminado con una larga historia de Planes de Desarrollo Comunal tapados de polvo y guardados en algún cajón municipal.
* Invito a que si alguna persona que lea esta columna conoce la experiencia de alguna municipalidad que está llevando un proceso constante de seguimiento y evaluación del PLADECO, por favor comparta esa información. Gracias
Comentarios
18 de abril
El Municipio de San Antonio para este ultimo PLADECO ha considerado monitorear las acciones y lo ha estado haciendo con bastante aplicación de parte de los profesionales a cargo y con bastantes dificultades de poder desarrollar esta tarea que a todos nos cuenta tenerla internalizada como parte de nuestras tareas habituales de estar realizando informes para responder a esta evaluación y monitoreo. Lo anterior para que no quede solo en las buenas intenciones sino para dar cumplimiento a lo planteado. Saludos.
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