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Ley Emilia 2: tropezar de nuevo con la misma piedra

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Si queremos prevenir en serio estos delitos habrá que educar a la población desde la primera edad en los graves efectos de la ingesta de alcohol tanto para la salud física y síquica de la persona y tratarla como la droga que es, e implementando programas en tal sentido y medidas que desincentiven su consumo, mejorar el sistema de otorgamiento de licencia de conducir o bien aplicar penas no privativas de libertad como la incautación del automóvil.

Hace pocos días se anunció por los medios de comunicación, que la tramitación parlamentaria de la llamada Ley Emilia, que buscaba endurecer las penas para quienes conducen vehículos en estado de ebriedad, había sido abortada en sede legislativa, lo que fue una buena noticia para quienes creemos que el alza de penas no soluciona ni previene los delitos sino que sólo es retribucionismo puro y duro.

Es decir, castigar para inocuizar o para apartar socialmente a quien delinque no para intentar rehabilitarlo, que es el deber de la sociedad, lo que genera aún más daño social que el delito mismo pues no sólo no reintegra al ciudadano a la comunidad, convirtiéndolo en un paria, sino que también afecta a su familia y a su entorno.

Además, es un hecho sabido que la cárcel no rehabilita sino que y la tasa de reincidencia en delitos es notablemente más baja si el condenado cumple su condena en libertad.

Se esperaba que la Ley Emilia fuese definitivamente desechada o bien remplazada por un proyecto más sensato y acorde a los derechos humanos y a la dignidad de la persona y por cierto menos populista, que pusiera el acento en la prevención y en penas eficaces de cara a aquella. Sin embargo se hizo lo contrario.

En efecto, hace 2 días ingresó al parlamento un proyecto patrocinado por los senadores Espina, Larraín  y Harboe, que en forma express acaba de aprobar en la Cámara, que busca no sólo aumentar las penas para quienes conducen es estado de ebriedad causando lesiones graves gravísimas o muerte, sino que además impone al juez la obligación de aplicar la pena que establece la ley, sin que éste pueda modificarla por atenuantes o agravantes, siendo la pena aflictiva, la de 5 años y 1 día a 10 años.

Además el proyecto elimina el derecho del condenado de acceder a beneficios de cumplimiento alternativo de la condena y a beneficios intrapenitenciarios.

El proyecto es del todo criticable pues desconfía del criterio de los jueces. Es una intromisión en sus funciones más allá de lo que la Constitución permite, pues invade el ámbito de competencias del juez tornándolo en un mero aplicador de la condena fijada en la ley, lo que hace a la ley injusta porque evita que el juez pueda regular la pena según las particularidades de cada caso y de cada imputado, tanto para aumentar como para disminuir la pena.

De otro lado, el encierro per se de quien delinque responde a considerarlo como enemigo social y no como un ciudadano que ha cometido delito porque su formación y su entorno lo llevó a ello, eludiendo la responsabilidad de rehabilitarlo, sacándolo de la vista o bien, poniéndolo donde no haga daño, lo que equivale a esconder la basura bajo la alfombra y no hacerse cargo del problema, como debe hacerlo una sociedad cuyo centro son los derechos humanos.

Además, prohibir que un juez otorgue al condenado beneficios alternativos al cumplimiento de la condena e imponer que no pueda obtener beneficios intrapenitenciarios, convierte al delito en inexcarcelable y por tanto inconstitucional además de injusto, pues quien comete este delito teniendo irreprochable conducta anterior pagará la misma pena que quien tenga un extenso prontuario criminal.

Por su parte, no es no es jurídicamente aceptable castigar con 5 años y 1 día a quien decidió conducir ebrio y por accidente o imprudencia temeraria, mató a otro no queriendo hacerlo, e imponer la misma pena a quien mate a otro con la intención de hacerlo. Los grados de culpa son distintos.

Si queremos prevenir en serio estos delitos habrá que educar a la población desde la primera edad en los graves efectos de la ingesta de alcohol tanto para la salud física y síquica de la persona y tratarla como la droga que es, e implementando programas en tal sentido y medidas que desincentiven su consumo, mejorar el sistema de otorgamiento de licencia de conducir o bien aplicar penas no privativas de libertad como la incautación del automóvil.

Sin embargo estas políticas no existen en nuestro país, es más, las señales van en el sentido opuesto pues nuestro parlamento logró que se modificara el proyecto de reforma tributaria rebajando el alza de impuestos a alcoholes chilenos porque se desincentivaba el consumo y se perjudicaba a los productores.

Entonces, parece que no hay voluntad para tomar medidas eficaces en la materia, pero más costosas, sino que se prefieren aquellas que tengan costo cero, más espectaculares pero también menos eficaces como es subir las penas y encerrar a los culpables.

—–

Foto: Cooperativa.cl

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25 de abril

Don Francisco ve este asunto desde una óptica que derechamente a lo blandengue.
Si vemos históricamente, desde los mas remotos tiempo el alcohol a acompañado al ser humano y sus consumo sigue en aumento, no hay ningún sistema exitosos en el mundo que pueda servir para mejorar la situación, es como el tabaco. son vicios que
Lo único mas o menos presentable es el castigo duro a hechos realmente comprobados..
Lo demás es puro bla bla de leguleyos.

Rodolfo Moreno

26 de abril

Todo conductor ebrio que termina dando muerte a otro, ha de haber pasado por llegar a la fiesta manejando sobrio, salir de la misma ebrio y transitar un trecho corto o largo en estado de ebriedad al mando de su vehículo.
Ese tipo de conductor lo hace, lo ha hecho y lo sigue haciendo porque tiene la convicción de que no lo pillarán y que nada le pasará.
De hecho, todos los conductores ebrios que son sorprendidos, lo han hecho muchas veces anteriormente sin que nada les haya sucedido.
Y eso les alimenta la sensación de impunidad y de que ellos si pueden manejar con unas copas de sobra.
Sancionar con cárcel y mas cárcel a conductores ebrios que terminan lesionando o dando muerte a otros, es preocuparse únicamente de la parte del iceberg que se ve y al mismo tiempo ignorar lo que hay debajo del agua.
Son los conductores que salen de la fiesta ebrios y conduciendo su vehículo el objetivo a desnudar y sancionar, mucho antes de que causen daños o muerte.
Hay que desincentivar en sus orígenes la simple ebriedad unida a la conducción .
Hay una solución viable y muy simple, sin aumentar las penas de cárcel.
Se trata del comiso establecido en el Código Penal y Código Procesal Penal, que consiste en que el delincuente pierde en beneficio del Estado los elementos usados para la comisión de un delito cualquiera.
Así, bien podría legislarse decretando el comiso del vehículo usado para todo conductor ebrio o bajo la influencia del alcohol, además de las sanciones actuales, incluyendo el comiso también para el caso de la suspensión condicional del procedimiento.
Si el comiso se aplicara siempre, siendo indiferente el valor del vehículo e incluyendo los casos de que el vehículo sea de un tercero (los padres, un amigo, el empleador o una empresa de arriendo de vehículos), entonces va a doler donde mas nos afecta a todos: el bolsillo y además la sanción será proporcional a los recursos del imputado.
Y los terceros ya no van a prestar su vehículo a quien o quienes no les tienen absoluta confianza.
Las empresas de arriendo de vehículos les van a pedir una fianza a sus clientes y nada perderán.
Los padres ya no le pasarán el auto al hijo que va a una fiesta, van a preferir mil veces pagarle un taxi o trasladarlos ellos mismos.
Etc., etc.
Este tipo de solución, unido a un mas estricto control policial, afectaría de tal manera a no pocos irresponsables, que en poco tiempo van a disminuir en tal grado los conductores ebrios, que ya no habrá lesionados o muertos inocentes que lamentar por este tipo de ilícitos.
No es con mas cárcel que se resuelve este problema.
Esta sería una buena solución, ¿no?.
¿habrá votos en el Congreso para algo así?

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