Dice el profesor Zaffaroni que, la admisión jurídica del concepto de enemigo del derecho penal (que no sea estrictamente de guerra), siempre ha sido, lógica, e históricamente el germen o primer síntoma de la destrucción autoritaria del estado de derecho.
Lastimosamente ese concepto, el de mirar al infractor como un enemigo, es el que inunda y desborda la discusión de nuestra clase política cuando intenta responder al fenómeno de la criminalidad.
Se nos ha inculcado que la única respuesta posible es la cárcel, que ahí merecen estar estos “enemigos de la sociedad” y – dicho sea de paso – mientras más años mucho mejor. Se han repetido hasta el cansancio slogans comunicacionales como “la puerta giratoria” y “la tolerancia cero”, que no tienen base empírica alguna, pero que magnificados por los medios de comunicación social e importantes “líderes de opinión”, se convierten en dogmas incuestionables.
En ese contexto es en el que nos encontrábamos sumergidos cuando ocurrió la tragedia de la Cárcel de San Miguel. Tragedia que, a mi juicio, es producto de este frenesí represivo, avalado por una sociedad, en la que parece más importante el derecho de propiedad que el derecho a la libertad individual.
Ahora nos damos cuenta de que existe hacinamiento en las cárceles y que las condiciones de habitabilidad de las mismas son infrahumanas. Sólo ahora entendemos que no todos los bienes jurídicos protegidos tienen el mismo valor, y por lo mismo nunca la única respuesta de un Estado debe ser la privación de libertad de sus ciudadanos. Porque eso es lo que son, ciudadanos, como cualquiera de nosotros, y que por una sentencia condenatoria han perdido sólo un derecho: su libertad. Ninguno más.
Resulta indignante que los mismos que han incrementado este discurso de la “seguridad ciudadana”, se sientan escandalizados por los niveles de hacinamiento de nuestras cárceles. Ojalá sus conciencias les permitan dormir tranquilos.
Lamentablemente, creo que no hemos aprendido mucho de esta tragedia. Si seguimos pensando que más metros cuadrados construidos de cárceles terminarán con los problemas del régimen penitenciario nacional, estas muertes se convertirán en nada más que una estadística y no en el punto de partida de una nueva visión de la política criminal de nuestro país.
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Comentarios
14 de diciembre
Estimado, estoy de acuerdo con tu opinión principalmente en la obsesión carcalaria de la política criminal chilena y en el uso y abuso de los que denominas slogans comunicacionales. Ahora, no sé si es posible aplicar el concepto de derecho penal del enemigo a todos los internos en las cárceles, por una cuestión conceptual pero que de todas formas entiendo como esta dialéctica perversa de los unos y los otros, donde los últimos sobran.
Saludos, .
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14 de diciembre
Creo que es errado separar libertad individual de derecho de propiedad. Ambos elementos van juntos e incluso aquellos que pretenden rechazar el segundo, lo usan a diario y lo defienden sin darse cuenta.
Mi primero propiedad soy yo mismo, mis esfuerzo y por ende las cosas que obtengo con ello, sea algo pequeño o grande. Quien me arrebata un celular comprado con esfuerzo, es un agresor porque atenta contra mi libertad individual y mi derecho de propiedad. Lo mismo si entra a mi casa.
Decir que se antepone el derecho de propiedad a la libertad individual es errado.
Por otro lado, creo que claramente, el sistema punitivo ha olvidado la clara necesidad y el objetivo primordial que es rehabilitar y reinsertar, y ha caído en la lógica de sancionar cosas irrisorias con penas de cárcel (como atentados a la «propiedad intelectual») .
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